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El Peruano Domingo 12 de enero de 2014 514192 a) Elaborar su Plan de Trabajo y Reglamento Interno dentro del plazo de treinta (30) días calendario contados desde su instalación. b) Diseñar y establecer el Plan de Acción para la Implementación de la Estrategia Regional de Adaptación al Cambio Climático en la jurisdicción del Gobierno Regional de Lima, a través de un proceso participativo regional. c) Monitorear, supervisar y evaluar la ejecución del Plan de Acción tendiente a la implementación de la Estrategia Regional de Adaptación al Cambio Climático en la jurisdicción del Gobierno Regional de Lima. d) Presentar al Presidente Regional y al Consejo Regional, un informe semestral detallado, producto del desarrollo de sus funciones. e) Presentar y exponer ante el Consejo Regional, un Informe Final Anual, en donde se sustente el cumplimiento de las funciones y objetivos materia de la presente Ordenanza. f) Sus integrantes tienen el deber de asistir a las reuniones convocadas por el Secretario Técnico, constituyendo la inasistencia injustifi cada falta grave sujeta a sanción. La imposibilidad de asistencia justifi cada del representante titular, supone la gestión de ésta para la participación de su alterno. Artículo Sexto.- El Grupo Técnico creado, tendrá dos (02) años iniciales de duración, contados a partir de su instalación, al término de los cuales deberá presentar al Consejo Regional los productos resultantes del desarrollo de sus funciones; pudiendo prolongarse su duración por motivos justifi cados. Artículo Séptimo.- DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Noveno.- La presente Ordenanza Regional se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). En Huacho, a los veintiocho días del mes de noviembre del dos mil trece. POR TANTO: Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. ANSELMO E. VENTOCILLA VILLARREAL Consejero Delegado Consejo Regional de Lima Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los nueve días del mes de enero del dos mil catorce. JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE Presidente Regional 1036809-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Imponen sanción de suspensión sin goce de remuneraciones a ex funcionarios del Gobierno Regional de Tacna RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 970-2013-G.G.R./GOB.REG.TACNA Fecha, 27 de diciembre de 2013 VISTO: El Informe Nº 003-2013-CEPAD-GOB.REG.TACNA de fecha 16 de diciembre del 2013, emitido por el Presidente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Tacna, designada mediante Resolución 486-2013-GGR/GOB.REG.TACNA de fecha 04 de julio del 2013 y reconformada mediante Resoluciones Nros. 592 y 787-2013-G.G.R/GOB.REG. TACNA, siendo esta última de fecha 21 de noviembre del 2013, integrada en calidad de Presidente por el Ing. NICANDRO MACHACA MAMANI-Gerente Regional de Desarrollo Económico; en calidad de Secretario por Ing. LUIS ALBERTO VEGA NIETO- Gerente Regional de Infraestructura y como Miembro por el Econ. ELVIO PEDRO VALDIVIA ZEVALLOS-Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; han cumplido con evaluar el Expediente Administrativo derivado por Resolución Gerencial General que los designa, a efecto de determinar el deslinde de responsabilidades en que hubieren incurrido los Ex Funcionarios Abog. DAVID FRANCISCO ZEGARRA BERRIOS- Ex Director de la Ofi cina Regional de Administración y Abog. MARIELA ESTHER JIMENEZ FLORES-Ex Director de la Ofi cina Ejecutiva de Recursos Humanos del Gobierno Regional de Tacna por no haber cumplido con los pagos respectivos a ESSALUD y AFP’s 2011, generando se imponga multas al Gobierno Regional de Tacna, conforme se indica en el Informe N° 44-2012- ORA-OECONT/GOB.REG.TACNA. Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios cumplió con elevar a la Gerencia General Regional el Informe Nº 002-2013-CEPAD-GRT, en el cual se pronuncia recomendando Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario, en contra de los Ex Funcionarios Abog. DAVID FRANCISCO ZEGARRA BERRIOS y Abog. MARIELA ESTHER JIMENEZ FLORES por encontrarse inmerso en lo señalado en el párrafo anterior, asimismo la Gerencia General Regional expide la Resolución Gerencial General Regional de Instauración N° 751-2013-GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 11 de noviembre del 2013 en contra de los antes mencionados, por consiguiente se desprende de autos los emplazados han sido debidamente notifi cados de acuerdo a Ley. Que, conforme se tiene del Informe Nº 003-2013-CEPAD/ GOB.REG.TACNA, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a cumplido con evaluar el caso y luego del análisis y verifi cación de los actuados, se ha llegado a determinar que, mediante Ofi cio N° 613-2013- ORA/GOB.REG.TACNA, de fecha 12 de marzo del 2013, el Director de la Ofi cina Regional de Admistración elevada a la Gerencia General el Expediente sobre pago de multa a SUNAT e Intereses a AFP 2011,correspondiente a Proyectos de Inversión de la Gerencia Regional e Infraestructura, con la fi nalidad de que sea derivado a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios e efectos de que determinen la Presunta Responsabilidad de los involucrados, que la CPPAD cumplió con emitir su Informe N° 019-2013-CPPAD/GOB.REG.TACNA en el cual concluye recomendando que se remitan los actuados a la CEPAD por tener la calidad de funcionarios. Que de los hechos se desprende que mediante Informe N° 177-ORA-OETES/ GOB.REG.TACNA emitido por la Ofi cina Ejecutiva de Tesorería, se desprende que no se pagó oportunamente las aportaciones a la SUNAT y AFP’s correspondiente al mes de marzo del 2011, lo cual generó una deuda a la SUNAT de s/. 31,234.00 nuevos soles y a la AFP’s por s/.13,403.65 nuevos soles, haciendo un total de s/. 44,637.65 nuevos soles, por concepto de interés y multa por la mora en el cumplimiento de las obligaciones, de igual manera informó que si bien según los antecedentes administrativos se ha cumplido con el pago total de los intereses y multa a la SUNAT Y AFP’s existe responsabilidad de los funcionarios cuya conducta originó el pago de multa e intereses. Que asimismo a (fojas 94) obra el Ofi cio N° 2280-2012- GRI/GOB.REG.TACNA de fecha 02..07.2012 mediante el cual la Gerencia Regional de Infraestructura remite a la Ofi cina Regional de Administración copia de los Ofi cios remitidos con los Tareos de las 13 Obras correspondientes al mes de Marzo del 2011, esto conforme a lo recomendado por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica en el Informe N° 675-2012- ORAJ/GOB.REG.TACNA y de los cuales se aprecia la fecha en que fueron recepcionados los mismos por la Ofi cina Regional de Administración cuando se encontraba en funciones el Ex Director de la Ofi cina Regional de Administración Abog. David Francisco Zegarra Berrios, pudiéndose establecer que de la 13 obras en referencia, los Tareos de 04 de ellas fueron recepcionados en fecha 23.03.2011 (Ofi cios 1018,1020,1023 y 1024); y en las otras 09 obras los Tareos fueron recepcionados en fecha 24.03.2011(Ofi cios 1041,1044,1051,1069,1072 ,1073,1074,1078 y 1084), por lo que dichos documentos fueron recibidos por la Ofi cina Regional de Administración cuando se encontraba en ejerciendo sus funciones el Abog.