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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2014 (12/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 36

El Peruano Domingo 12 de enero de 2014 514186 Que, igualmente, según lo dispuesto por el artículo 165º de la misma Ley Orgánica, la ONPE tiene a su cargo el diseño de la cédula de sufragio correspondiente al proceso electoral en curso, debiendo publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizaciones políticas, agrupaciones independientes y candidatos, dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas; Que, con Resolución N° 882-2013-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 21 de setiembre de 2013, el Jurado Nacional de Elecciones estableció, en el marco de las Nuevas Elecciones Municipales 2014, que el 16 de diciembre es la fecha límite para la presentación de listas de candidatos; Que, de las disposiciones citadas, queda claro que se establece un plazo de publicación del diseño de cédula de sufragio que, en este caso, corresponde a las Nuevas Elecciones Municipales 2014; Que, de conformidad con los literales f) y g) del artículo 45º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado con Resoluciones Jefaturales N° 030 y N° 137-2010-J/ ONPE, respectivamente, es función de la Gerencia de Gestión Electoral elaborar las especifi caciones técnicas de los tipos de cédula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral; así como proponer el contenido de los materiales electorales a ser utilizados en el sufragio, para su aprobación por la Jefatura Nacional; Que, teniendo en consideración las citadas normas legales, mediante Resolución Jefatural N° 248-2013- J/ONPE, publicada en el diario ofi cial El Peruano el pasado 18 de diciembre, se aprobó y publico el diseño de la cédula de sufragio, para las Nuevas Elecciones Municipales 2014; Que, de acuerdo a lo informado por la Secretaría General del JNE, mediante el ofi cio de vistos de fecha 24 de diciembre de 2013, se informa que ante las mesas de parte del JNE y de los JEE, no se ha presentado ninguna impugnación; Que, en tal sentido, la Gerencia de Gestión Electoral, con el informe de vistos, remite el modelo y las especifi caciones técnicas defi nitivas de las cédulas de sufragio correspondiente a las NEM 2014; Que, conforme a los considerandos precedentes, teniendo en cuenta el artículo 168° de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859, corresponde la aprobación y divulgación de los modelos defi nitivos de las cédulas de sufragio a utilizarse en las elecciones convocadas para el domingo 16 de marzo de 2014; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, así como, los literales e) y cc) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado con Resoluciones Jefaturales N° 030 y N° 137-2010- J/ONPE, respectivamente; y con el visado de la Gerencia de Gestión Electoral, de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el modelo defi nitivo de la cédula de sufragio para las Nuevas Elecciones Municipales 2014, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 2, y sus especifi caciones técnicas contenidas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de las organizaciones políticas participantes, el contenido de la presente resolución, con sus anexos correspondientes. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe ANEXO 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO PARA LAS NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2014 I. MEDIDAS: 1.1 La cédula de sufragio tendrá las siguientes medidas: Cuando incluya de 01 a 04 organizaciones políticas esta será de 16.00 cm de largo x 21.00 cm de ancho, es de formato horizontal. A partir de 05 organizaciones políticas la cédula será de formato vertical el largo tendrá un mínimo de 21.00 cm y hasta un máximo de 26.00 cm. El ancho se mantendrá constante, siendo este de 16.00 cm. II. ANVERSO: 2.1 Encabezado: Consta de una línea de texto, consignando el nombre del distrito al que pertenece escrito en negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE en el extremo derecho. 2.2 Subtítulo: Conformado por un recuadro en fondo de color negro, con el texto: “NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2014”, en letras blancas. 2.3 Instrucciones al elector: Conformado por un recuadro en fondo gris, con el texto: “MARQUE CON UNA CRUZ (+) O UN ASPA (X) DENTRO DEL RECUADRO DEL SIMBOLO O NUMERO DE SU PREFERENCIA”, en letras negras. 2.4 Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, se ha considerado un diseño que contempla la participación de siete (07) Organizaciones Políticas, impresas en fondo color celeste con una trama diagonal de color blanco formada por las siglas “JNE ONPE RENIEC” repetidas de manera uniforme sobre el área de la fi la. Cada una de estas fi las presenta 2 secciones claramente diferenciadas: 2.4.1. Nombre de las Organizaciones Políticas, impresas en color negro. 2.4.2. Símbolo o número de las Organizaciones Políticas, los símbolos están impresos a todo color y los números impresos en color negro, dentro de un recuadro con fondo blanco. 2.5 Pie de página: Franja horizontal en fondo color gris, con el texto del nombre del departamento al que corresponde en color blanco, ubicado al lado derecho. III. REVERSO: 3.1 Fondo gris, con texto calado en blanco con las siglas “JNE ONPE RENIEC”. En el encabezado va el texto: “NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2014”, y debajo de este los “ORGANISMOS ELECTORALES” con las siglas JNE - ONPE - RENIEC, bajo estas siglas va el escudo nacional en color negro. 3.2 Se ha consignado el Título: “CEDULA DE SUFRAGIO” en color negro, centrado debajo del escudo, y precisando las indicaciones para los miembros de mesa: “FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE INSTALACION”. 3.3 A continuación se encuentra el espacio destinado a la fi rma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para la fi rma de los personeros de las organizaciones políticas. Los Partidos Políticos, Movimientos y Organizaciones Políticas Locales (provincial y distrital) están agrupados en bloques, los mismos que fueron defi nidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 03 de diciembre de 2013, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural N.º 238-2013-J/ONPE. Sólo para efectos de la publicación de la cédula se ha considerado el diseño que contempla siete (07) organizaciones políticas y mide 21.00 cm. de largo x 16.00 cm. de ancho, es de formato vertical a full color en el anverso y un color en el reverso.