Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2014 (12/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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recibos, ordenes de servicio, comprobantes de pago, memorandos u otros que acrediten la existencia del vinculo laboral o civil entre el municipio y el trabajador), asi como el tiempo o los periodos de dicha relacion, a efectos de demostrar el vinculo MORDAZA referido, MORDAZA si al tratarse de documentacion del municipio, deben obrar en los archivos de esta, debiendo tambien senalar, en los referidos informes documentados, la relacion que dicha contratacion tuvo con la Ordenanza Municipal Nº 0252006-MPCI, de fecha 25 de octubre de 2006, asi como con la propuesta del comite de transparencia MORDAZA alta 2012, correspondiente al mes de MORDAZA de 2012, el acta de sorteo para el cupo, de fecha 20 de marzo de 2012, y el Acuerdo de Concejo Nº 002-2012-C/MPCI, de fecha 9 de enero de 2012. b) Recabe los informes que den cuenta sobre si la autoridad cuestionada tuvo la posibilidad de conocer la mencionada contratacion, o si la autoridad MORDAZA presento algun documento por el que se opuso a la contratacion de su pariente, o alguna solicitud pidiendo informacion sobre la relacion de personal que presto servicios, mediante el cual pudo haber tomado conocimiento que dicho familiar trabajaba para el municipio, asi como sobre el tramite y atencion que estos pedidos habrian recibido por parte de la citada entidad MORDAZA, ello a fin de que el concejo municipal pueda determinar si la referida autoridad ejercio injerencia en la mencionada contratacion, debiendose pronunciar tambien con relacion a la Resolucion de Alcaldia Nº 5462012-MPCI/A, de fecha 8 de MORDAZA de 2012, mediante la cual se encarga el despacho de alcaldia al cuestionado regidor, esto es, tiempo de vigencia de dicha encargatura, asi como labores que desarrollo y el lugar de las mismas. De igual manera, requiera un informe documentado al area u organo competente, sobre la distancia que existio, en el mes de MORDAZA del ano 2012, entre el domicilio del regidor Job MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el domicilio de su hermano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Navarro. c) Una vez que se cuente con toda esta informacion, debera correrse traslado de la misma a los solicitantes de la vacancia y al regidor Job MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para salvaguardar su derecho a la defensa y el MORDAZA de igualdad entre las partes, asi como a todos los integrantes del concejo municipal. Sobre la falta de debida motivacion de la decision adoptada por el Concejo Provincial de El Collao-Ilave 23. Ciertamente, conforme se advierte del acta de la sesion extraordinaria llevada a cabo el 7 de marzo de 2013 (fojas 137 a 149), el concejo municipal de la Municipalidad Provincial de El Collao-Ilave, al resolver la referida solicitud de vacancia con respecto al cuestionado regidor no realizo un analisis de los elementos que configuran la causal de vacancia por nepotismo y, en consecuencia, no se pronuncio sobre i) si se encontraba acreditada la existencia de una relacion de parentesco en los terminos previstos en la MORDAZA, entre el regidor Job MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ii) la existencia de una relacion laboral o civil entre la citada entidad MORDAZA y la persona contratada, asi como, iii) si existio injerencia por parte del regidor para el nombramiento o contratacion de tal persona, o si omitio realizar acciones de oposicion, pese al conocimiento que tenia sobre la contratacion de su pariente. 24. En efecto, la decision del concejo municipal de la Municipalidad Provincial de El Collao-Ilave de rechazar el pedido de vacancia, interpuesto en contra de Job MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no estuvo precedida de un analisis exhaustivo sobre el hecho que se le imputaba, ni mucho menos de una valoracion conjunta de los medios probatorios aportados por las partes. Asi pues, en la citada acta no consta que todos los miembros del concejo hayan debatido y valorado los medios probatorios adjuntados a las solicitudes de vacancia, y en su caso, senalados, puesto que eran documentos que obraban en poder de la municipalidad, asi como tampoco se observa que el concejo municipal MORDAZA actuado y valorado medios probatorios que pudiera haber recabado de oficio, a efectos de determinar si los hechos atribuidos a la autoridad cuestionada constituia causal de nepotismo, puesto que los regidores se limitaron a emitir su MORDAZA sin el analisis y sustentacion correspondiente sobre los hechos planteados, es decir, si tales hechos se subsumian en la causal de vacancia invocada, ni observandose tampoco el razonamiento logico juridico que sustenta su decision. 25. En merito a ello, este Supremo Tribunal Electoral considera oportuno recordar que los medios probatorios

El Peruano MORDAZA 12 de enero de 2014

aportados por los solicitantes, la autoridad cuestionada, asi como aquellos recabados de oficio por el concejo municipal, deben cumplir con su finalidad, que es la de brindar certeza al concejo municipal sobre los puntos controvertidos. Por MORDAZA, ello no debe entenderse como que el concejo municipal esta en la obligacion de considerar en sus decisiones la totalidad de los argumentos de los administrados, sino solo aquellos que se encuentren relacionados con el MORDAZA o controversia materia de analisis, de tal manera que la decision que se emita sea conclusion logica de los argumentos esgrimidos en el acta de sesion. 26. Siendo ello asi, al Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones corresponde declarar la nulidad, conforme ya se ha senalado, de la sesion extraordinaria, de fecha 7 de marzo de 2013, y de su respectivo acuerdo de concejo, debiendo, en consecuencia, disponerse que el concejo municipal se pronuncie nuevamente sobre el pedido de vacancia en contra de Job MORDAZA MORDAZA MORDAZA, teniendo a la vista no solo los medios probatorios aportados por las partes, sino tambien aquellos que hubiera recabado de oficio, y que MORDAZA suficientes para permitir dilucidar la causal de nepotismo invocada, los cuales deben ser objeto de una valoracion conjunta por parte del organo colegiado administrativo, esto es, un analisis exhaustivo de los mismos, con el fin de que el concejo municipal pueda determinar si la autoridad MORDAZA cuestionada incurrio o no en la causal de vacancia que se le atribuye. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo Nº 012-2013-CMPCI, de fecha 27 de marzo de 2013, que, pronunciandose sobre el solicitud de declaratoria de vacancia en contra de Job MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Provincial de El Collao-Ilave, departamento de MORDAZA, por la causal de nepotismo, prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, resolvio rechazar la solicitud de declaratoria de vacancia MORDAZA mencionada. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al concejo municipal de la Municipalidad Provincial de El Collao-Ilave, departamento de MORDAZA, a fin de que en un plazo MORDAZA de treinta dias habiles, luego de notificada la presente resolucion, vuelva a emitir pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia, teniendo en consideracion lo expuesto en los considerandos del presente pronunciamiento, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de MORDAZA, a fin de que las remita al fiscal provincial penal que corresponda, para que evalue la conducta de los integrantes de dicho concejo, con relacion al articulo 377 del Codigo. Articulo Tercero.- EXHORTAR al concejo municipal de la Municipalidad Provincial de El Collao-Ilave, departamento de MORDAZA, para que, en lo sucesivo, durante la tramitacion de los procedimientos de vacancia que conozca, incorpore, a fin de resolver la controversia juridica, los documentos y medios probatorios que, por su naturaleza, obren en su poder, y cumpla con el tramite dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1036609-2

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