Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2014 (18/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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2013, emitido por la Direccion de Patrimonio Inmaterial, y solicita que, en virtud del expediente tecnico respectivo y las normas vigentes, la Festividad de la Virgen del MORDAZA de Huallhua, distrito de San MORDAZA, provincia de Calca, departamento de MORDAZA, se declare Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, en el referido informe emitido por la Direccion de Patrimonio Inmaterial, abundan referencias historicas sobre la Festividad de la Virgen del MORDAZA de Huallhua, distrito de San MORDAZA, provincia de Calca, departamento de MORDAZA, de las que se concluye que se trata de una manifestacion del patrimonio cultural inmaterial de origen catolico que se lleva a cabo en la jurisdiccion de la comunidad campesina de Ccamahuara, cerca de la capital del distrito de San MORDAZA y se trata de una advocacion de la Virgen MORDAZA proveniente de Europa, que se origino a fines de la Edad Media, estando su fecha fijada el siete de octubre, en celebracion de la decisiva MORDAZA obtenida por los cristianos frente al MORDAZA turco en la batalla de Lepanto (ano 1571), MORDAZA atribuida a la MORDAZA de MORDAZA al ser invocada mediante la oracion del rosario. En el ambito local de Huallhua, MORDAZA, esta celebracion se realiza todos los anos desde el seis hasta el nueve de octubre. La ocasion esta vinculada con el calendario MORDAZA de esta MORDAZA, en tanto despues de la fiesta comienza la plantacion primaveral de MORDAZA y de otros tuberculos andinos; Que, la festividad de la Virgen del MORDAZA de Huallhua es una celebracion anual en que los pobladores de la localidad se organizan no solo para reafirmar su devocion, sino para consolidar su integracion social y cultural mediante la continuidad de las costumbres tradicionales. El sentido mas inmediato que le da el comun de la gente es que la Virgen del MORDAZA es milagrosa si uno responde con fe y brinda su trabajo solventando su fiesta como "mayordomo" o karguyoq. Esta festividad es una importante expresion cultural y espiritual del pueblo de San MORDAZA en tanto se trata de una manifestacion de la cultura tradicional que resulta basica para la integracion de un nucleo social, toda vez que muestra las principales costumbres, habitos y comportamientos; Que, asimismo, la Festividad de la Virgen del MORDAZA de Huallhua, distrito de San MORDAZA, provincia de Calca, departamento de MORDAZA, debe ser declarada Patrimonio Cultural de la Nacion, en virtud que desde tiempos muy lejanos ha cumplido una doble funcion: la devocion y la identidad cultural, y en ese sentido, el profundo fervor a la Virgen del MORDAZA, ungida como patrona del pueblo, constituye el centro de identidad de todos los sectores de la poblacion salvadorena y de su entorno; Que, conjuntamente con las referencias historicas, el Informe N° 173-2013-DPI-DGPC/MC detalla los antecedentes, caracteristicas, importancia, alcance, valor y significado de la Festividad de la Virgen del MORDAZA de Huallhua, distrito de San MORDAZA, provincia de Calca, departamento de MORDAZA, para efectos de ser declarada Patrimonio Cultural de la Nacion, motivo por el cual constituye parte integrante de la presente resolucion, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2 del articulo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Con el visado del Director General (e) de la Direccion General de Patrimonio Cultural, la Directora (e) de Patrimonio Inmaterial y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0112006-ED; la Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial N° 080-2011/MC, modificada por Resolucion Ministerial N° 103-2011/MC; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la Festividad de la Virgen del MORDAZA de Huallhua, distrito de San MORDAZA, provincia de Calca, departamento de MORDAZA, la cual se celebra del seis al nueve de octubre de cada ano, por ser una muestra del fervor religioso que reafirma la devocion y la identidad cultural de todos los

El Peruano Sabado 18 de enero de 2014

sectores de la poblacion salvadorena y de su entorno, consolidando su integracion social y cultural mediante la continuidad de sus costumbres tradicionales. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y la difusion del Informe N° 173-2013-DPI-DGPC/MC de fecha 10 de diciembre de 2013 y de la presente resolucion en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob. pe). Articulo 3°.- Disponer la notificacion de la presente resolucion a la Direccion Desconcentrada de Cultura del MORDAZA, asi como a los organos y unidades organicas que correspondan, para los fines pertinentes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1039120-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial del Ejercito a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 010-2014-DE/ MORDAZA, 17 de enero de 2014 Visto, el Oficio N° 64 ONUPER/OAMP del Consejero para Asuntos de Mantenimiento MORDAZA en la Representacion Permanente del Peru ante la Organizacion de las Naciones Unidas, de fecha 12 de noviembre de 2013. CONSIDERANDO: Que, la Organizacion de las Naciones Unidas (ONU), es una organizacion Internacional fundada en el ano 1945 tras la MORDAZA MORDAZA Mundial por 51 paises que asumieron el compromiso de mantener la paz y la seguridad Internacional, fomentar entre las naciones relaciones de amistad y promover el progreso social, la mejora del nivel de MORDAZA y los derechos humanos, entre otros; Que, el Memorandum de Entendimiento celebrado entre las Naciones Unidas y el Gobierno de la Republica del Peru respecto a la Contribucion al Sistema de Acuerdos de Fuerzas de Reserva de las Naciones Unidas, suscrito con fecha 11 de noviembre de 2003, aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa N° 28342 de fecha 26 de agosto de 2004, y ratificado con Decreto Supremo N° 066-2004-RE de fecha 5 de octubre de 2004; Que, el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, en el inciso 15) de su Articulo 10º establece como una de sus funciones del Despacho Ministerial, la de supervisar y fomentar en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la participacion de las Fuerzas Armadas en operaciones de paz, de conformidad con los objetivos de la Politica de Seguridad y Defensa Nacional; Que, en el articulo 4°, inciso 4.7 del Decreto Legislativo N° 1136 ­ Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se establece que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es el organo encargado de planificar, coordinar y conducir la participacion de las Fuerzas Armadas en las operaciones de paz y en su articulo 7º, inciso 7.21, dispone normar y supervisar la participacion de las Fuerzas Armadas en los acuerdos y compromisos nacionales e internacionales asumidos por el Estado; Que, mediante OF. RE (DGM-DSD) N° 2-20-E/294 de fecha 20 de setiembre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha informado sobre los preparativos para las reuniones del Grupo de Trabajo 2014, reforma de las tasas de reembolsos del equipo de propiedad de los contingentes,

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