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El Peruano Sábado 18 de enero de 2014 514586 2013, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, y solicita que, en virtud del expediente técnico respectivo y las normas vigentes, la Festividad de la Virgen del Rosario de Huallhua, distrito de San Salvador, provincia de Calca, departamento de Cusco, se declare Patrimonio Cultural de la Nación; Que, en el referido informe emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, abundan referencias históricas sobre la Festividad de la Virgen del Rosario de Huallhua, distrito de San Salvador, provincia de Calca, departamento de Cusco, de las que se concluye que se trata de una manifestación del patrimonio cultural inmaterial de origen católico que se lleva a cabo en la jurisdicción de la comunidad campesina de Ccamahuara, cerca de la capital del distrito de San Salvador y se trata de una advocación de la Virgen María proveniente de Europa, que se originó a fi nes de la Edad Media, estando su fecha fi jada el siete de octubre, en celebración de la decisiva victoria obtenida por los cristianos frente al imperio turco en la batalla de Lepanto (año 1571), victoria atribuida a la Madre de Dios al ser invocada mediante la oración del rosario. En el ámbito local de Huallhua, Cusco, esta celebración se realiza todos los años desde el seis hasta el nueve de octubre. La ocasión está vinculada con el calendario agrícola de esta zona, en tanto después de la fi esta comienza la plantación primaveral de papas y de otros tubérculos andinos; Que, la festividad de la Virgen del Rosario de Huallhua es una celebración anual en que los pobladores de la localidad se organizan no solo para reafi rmar su devoción, sino para consolidar su integración social y cultural mediante la continuidad de las costumbres tradicionales. El sentido más inmediato que le da el común de la gente es que la Virgen del Rosario es milagrosa si uno responde con fe y brinda su trabajo solventando su fi esta como “mayordomo” o karguyoq. Esta festividad es una importante expresión cultural y espiritual del pueblo de San Salvador en tanto se trata de una manifestación de la cultura tradicional que resulta básica para la integración de un núcleo social, toda vez que muestra las principales costumbres, hábitos y comportamientos; Que, asimismo, la Festividad de la Virgen del Rosario de Huallhua, distrito de San Salvador, provincia de Calca, departamento de Cusco, debe ser declarada Patrimonio Cultural de la Nación, en virtud que desde tiempos muy lejanos ha cumplido una doble función: la devoción y la identidad cultural, y en ese sentido, el profundo fervor a la Virgen del Rosario, ungida como patrona del pueblo, constituye el centro de identidad de todos los sectores de la población salvadoreña y de su entorno; Que, conjuntamente con las referencias históricas, el Informe N° 173-2013-DPI-DGPC/MC detalla los antecedentes, características, importancia, alcance, valor y signifi cado de la Festividad de la Virgen del Rosario de Huallhua, distrito de San Salvador, provincia de Calca, departamento de Cusco, para efectos de ser declarada Patrimonio Cultural de la Nación, motivo por el cual constituye parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Con el visado del Director General (e) de la Dirección General de Patrimonio Cultural, la Directora (e) de Patrimonio Inmaterial y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011- 2006-ED; la Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011/MC, modifi cada por Resolución Ministerial N° 103-2011/MC; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Festividad de la Virgen del Rosario de Huallhua, distrito de San Salvador, provincia de Calca, departamento de Cusco, la cual se celebra del seis al nueve de octubre de cada año, por ser una muestra del fervor religioso que reafi rma la devoción y la identidad cultural de todos los sectores de la población salvadoreña y de su entorno, consolidando su integración social y cultural mediante la continuidad de sus costumbres tradicionales. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y la difusión del Informe N° 173-2013-DPI-DGPC/MC de fecha 10 de diciembre de 2013 y de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob. pe). Artículo 3°.- Disponer la notifi cación de la presente resolución a la Dirección Desconcentrada de Cultura del Cusco, así como a los órganos y unidades orgánicas que correspondan, para los fi nes pertinentes. Regístrese y comuníquese. LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1039120-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial del Ejército a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 010-2014-DE/ Lima, 17 de enero de 2014 Visto, el Ofi cio N° 64 ONUPER/OAMP del Consejero para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas, de fecha 12 de noviembre de 2013. CONSIDERANDO: Que, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), es una organización Internacional fundada en el año 1945 tras la Segunda Guerra Mundial por 51 países que asumieron el compromiso de mantener la paz y la seguridad Internacional, fomentar entre las naciones relaciones de amistad y promover el progreso social, la mejora del nivel de vida y los derechos humanos, entre otros; Que, el Memorándum de Entendimiento celebrado entre las Naciones Unidas y el Gobierno de la República del Perú respecto a la Contribución al Sistema de Acuerdos de Fuerzas de Reserva de las Naciones Unidas, suscrito con fecha 11 de noviembre de 2003, aprobado por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa N° 28342 de fecha 26 de agosto de 2004, y ratifi cado con Decreto Supremo N° 066-2004-RE de fecha 5 de octubre de 2004; Que, el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, en el inciso 15) de su Artículo 10º establece como una de sus funciones del Despacho Ministerial, la de supervisar y fomentar en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de paz, de conformidad con los objetivos de la Política de Seguridad y Defensa Nacional; Que, en el artículo 4°, inciso 4.7 del Decreto Legislativo N° 1136 – Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se establece que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es el órgano encargado de planifi car, coordinar y conducir la participación de las Fuerzas Armadas en las operaciones de paz y en su artículo 7º, inciso 7.21, dispone normar y supervisar la participación de las Fuerzas Armadas en los acuerdos y compromisos nacionales e internacionales asumidos por el Estado; Que, mediante OF. RE (DGM-DSD) N° 2-20-E/294 de fecha 20 de setiembre de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha informado sobre los preparativos para las reuniones del Grupo de Trabajo 2014, reforma de las tasas de reembolsos del equipo de propiedad de los contingentes,