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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2014 (18/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Sábado 18 de enero de 2014 514590 Portsmouth, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 30 al 31 de enero de 2014; así como, autorizar su salida del país el 28 de enero y su retorno el 1 de febrero de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - ciudad de Portsmouth (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima US$. 3,540.00 US$. 3,540.00 Viáticos: US$. 540.00 x 3 días US$. 1,620.00 -------------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 5,160.00 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Ofi cial Almirante comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1039798-7 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 036-2014-DE/SG Lima, 16 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 012 del 7 de enero de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, sin armas de guerra; Que, con Carta G.500-0141 del 14 de enero de 2014, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 19 de enero al 18 de febrero de 2014, a fi n de participar en la Vigésima Segunda Campaña Científi ca del Perú a la Antártida – ANTAR XXII, a bordo del B.I.C. “HUMBOLDT”; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Teniente de Fragata Manuel BRAVO Lojas de la República del Ecuador, del 19 de enero al 18 de febrero de 2014, para que participe en la Vigésima Segunda Campaña Científi ca del Perú a la Antártida – ANTAR XXII, a bordo del B.I.C. “HUMBOLDT”. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1039372-1 Conforman la Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil en el Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 038-2014-DE/SG Lima, 16 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30057 “Ley del Servicio Civil”, se aprobó un nuevo régimen del servicio civil con la fi nalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de efi cacia, efi ciencia y presten efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía, así como para promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la referida Ley, establece que las entidades públicas comprendidas en su ámbito, entre las que se encuentra el Ministerio de Defensa, deberán pasar al nuevo régimen del servicio civil, de manera progresiva, en el plazo de seis (6) años; Que, igualmente, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley antes mencionada, dispone que para el proceso de transición de las entidades públicas al nuevo régimen del servicio civil, se aprobarán las reglas, procesos y metodologías que dichas entidades deberán observar, conforme a los términos normativos previstos en dicho dispositivo legal; Que, con este marco normativo, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 160-2013-SERVIR/PE del 27 de setiembre de 2013, aprobó los lineamientos para el tránsito de una entidad