Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2014 (18/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 29

El Peruano Sábado 18 de enero de 2014 514591 pública al régimen del servicio civil, los cuales tienen por objeto establecer la ruta que las entidades públicas deberán seguir para transitar al régimen que regula la citada ley; Que, el literal a. del numeral 3. de los lineamientos antes referidos, establece que se conformará una Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil, la cual estará encargada de impulsarlo, difundirlo y supervisar cada una de sus etapas; del mismo modo, coordinar en representación de la entidad, con la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, el desarrollo de las etapas de dicho proceso; Que, asimismo, el literal d. del numeral 3 antes citado, establece la conformación que deberá tener la Comisión de Tránsito y que su constitución se formalice a través de resolución del Titular de la entidad; Que, en tal sentido, corresponde se proceda a conformar en el Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General), la Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil; Estando a lo recomendado por la Dirección General de Recursos Humanos y con el visto del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 10°, numeral 37) del Decreto Legislativo Nº 1134 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, por la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil; y, por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 160-2013-SERVIR/PE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Conformar la Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil en el Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General), la cual tendrá a su cargo impulsar, difundir y supervisar el proceso de tránsito en cada una de sus etapas, así como coordinar su desarrollo con la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, conforme a lo previsto en la Ley N° 30057. Dicha Comisión está integrada por los siguientes miembros: - El Viceministro de Recursos para la Defensa, como representante del Titular de la entidad. - El Secretario General. - El Director General de Recursos Humanos. - La Directora General de Planifi cación y Presupuesto. - El Director General de Administración. - El Director de Personal Civil. - La Directora de Racionalización. Artículo 2°.- Disponer la difusión de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa www.mindef.gob.pe . Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1039372-2 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Bolivia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 039-2014-DE/SG Lima, 17 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 30 del 15 de enero de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, sin armas de guerra; Que, con Carta G.500-0142 del 14 de enero de 2014, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República del 18 al 23 de enero de 2014, a fi n de participar en el Viaje de Instrucción en el Litoral Peruano (VILIT-2014); Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia detallado a continuación, del 18 al 23 de enero de 2014, para que participe en el Viaje de Instrucción en el Litoral Peruano (VILIT-2014). 1. Teniente CGON PAVEL RODRIGUEZ PATIÑO 2. Cadete 4º Año HUGO ALEJANDRO APARICIO MARQUEZ 3. Cadete 4º Año DANIEL MICHAEL MEDRANO LA FUENTE 4. Cadete 4º Año MARVIN MONTAÑO TRIVEÑO 5. Cadete 4º Año YUBRIEL AARON CUENTAS FLORES 6. Cadete 4º Año KEVIN CARLOS ARDAYA SANDY 7. Cadete 4º Año EDDY PATTI AYALA 8. Cadete 4º Año FRANCO RODRIGO YUJRA FLORES Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1039374-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban normas reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 DECRETO SUPREMO Nº 016-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA