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El Peruano Sábado 15 de febrero de 2014 516903 ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción del convenio; y en el caso que el proyecto de inversión pública sea ejecutado por empresas públicas, los recursos son transferidos fi nancieramente, mediante decreto supremo, en cualquier fuente de fi nanciamiento, previa suscripción de convenio, los cuales se administran en las cuentas del Tesoro Público, conforme a lo que disponga la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, el numeral 11.2 del referido dispositivo, señala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y que sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año fi scal 2014; asimismo, que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verifi cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos, así como del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catoria, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modifi caciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas transferencias se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante Memorándums Nºs 033 y 034-2014- VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo(s) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley Nº 30114, solicita gestionar dispositivos legales que autoricen una transferencia de partidas para fi nanciar la continuidad de veinte (20) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, a favor de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Pasco y Ucayali y diversos Gobiernos Locales; asimismo, solicita gestionar transferencias fi nancieras a favor de la EPS Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de la Libertad S.A. y la EPS EMAPISCO S.A., para fi nanciar la continuidad de un (01) proyecto de inversión pública de saneamiento urbano y la elaboración y supervisión de expedientes técnicos de otros cuatro (04) proyectos; los mismos que se encuentran viables en el marco de la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), contando para ello con las adendas a los convenios suscritos y con los recursos para el fi nanciamiento con cargo a los previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Memorándums Nºs 086 y 097-2014/VIVIENDA- OGPP, informa sobre la disponibilidad presupuestal con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento de las transferencias de recursos referidas en el considerando precedente y precisa que los proyectos a fi nanciar se encuentran declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP, y que se han suscrito los convenios y las adendas correspondientes; en mérito de lo cual, a través de los Ofi cios Nºs 048 y 049-2014-VIVIENDA/SG, el referido Ministerio solicita dar trámite a la transferencia de los recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Pasco y Ucayali y diversos Gobiernos Locales hasta por la suma total de OCHENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 82 326 801,00), para fi nanciar la continuidad de veinte (20) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, así como transferencias fi nancieras a favor de la EPS Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de la Libertad S.A. y la EPS EMAPISCO S.A., hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 219 973,00), para fi nanciar la continuidad de un (01) proyecto de inversión pública de saneamiento urbano y la elaboración y supervisión de expedientes técnicos de otros cuatro (04) proyectos, con cargo al presupuesto institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catoria; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de OCHENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 82 326 801,00), para el fi nanciamiento de la ejecución de veinte (20) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PRODUCTO 3.000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5.001777 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 82 326 801,00 =========== TOTAL EGRESOS 82 326 801,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 43 115 962,00 PLIEGOS Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano