Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2014 (09/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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personal policial y el extraditable, seran asumidos por el Poder Judicial; Que, el ultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30114-Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las senaladas en los literales del articulo en mencion, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619-Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley N° 29158-Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114-Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0102013-IN y el Decreto Legislativo N° 1148-Ley de la Policia Nacional del Peru. SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comision del servicio del 11 al 15 de MORDAZA de 2014, del Capitan de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHAPARRO y del Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUIBAJO, para que ejecuten la extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA CORAZON MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la MORDAZA Sexual-Violacion Sexual, en agravio de la persona identificada con iniciales O. R. S. U., a realizarse en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, con costo para el Estado peruano. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Dias Pers. T/C Viaticos US$ 370.00 05 x 2 = 3,700.00 2.804 Total S/. 10,374.80

El Peruano Miercoles 9 de MORDAZA de 2014

Designan Asesor 1 del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0800-2014-IN MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo publico de confianza de Asesor 1 del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior, por lo que resulta conveniente designar a la persona que ocupe el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior y el Decreto Supremo N° 010-2013-IN, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al MORDAZA EP (r) MORDAZA MORDAZA Bertetti Carazas, en el cargo publico de confianza de Asesor 1 del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1107485-1

PRODUCE
Aprueban el Plan de Accion Nacional para la Conservacion y Ordenamiento de Tiburones, Rayas y Especies Afines en el Peru (PAN Tiburon - Peru)
DECRETO SUPREMO Nº 002-2014-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 68 de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado esta obligado a promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, mediante Decreto Ley N° 25977, se aprobo la Ley General de Pesca, que tiene por objeto normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, optimizando los beneficios economicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 9 de la referida Ley y su modificatoria, el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determina, segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo, senala que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, asimismo, en los articulos 11 y 12 de la precitada Ley, se senala que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion), segun el MORDAZA de pesqueria y la situacion de los recursos que se explotan, establecera el sistema de ordenamiento que concilie el MORDAZA de sostenibilidad de los recursos pesqueros o conservacion en el largo plazo,

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado para la comision del servicio, debera presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada por los viaticos asignados. Articulo 4º.- La presente resolucion suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1108083-5

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