Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2014 (09/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Miercoles 9 de MORDAZA de 2014

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Establecer, para efecto del numeral 5.3 del articulo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que el monto de la inversion a cargo de EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA CANCHAYLLO S.A.C. asciende a la suma de US$ 11 667 450,00 (Once Millones Seiscientos Sesenta y Siete Mil Cuatrocientos Cincuenta y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a ser ejecutado en un plazo total de un (01) ano y siete (07) meses, contado a partir del 30 de MORDAZA de 2013, fecha de suscripcion del Contrato de Inversion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 10°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1108083-4

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1106900-1

ENERGIA Y MINAS
Establecen monto de la inversion a cargo de la Empresa de Generacion Electrica Canchayllo S.A.C. para efecto de lo dispuesto en el numeral 5.3 del articulo 5 del D. Leg. Nº 973
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 311-2014-MEM/DM MORDAZA, 30 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973 establece que mediante Resolucion Ministerial del sector competente se aprobara a las personas naturales o juridicas que califiquen para el goce del Regimen, asi como los bienes, servicios y contratos de construccion que otorgaran la Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada Contrato; Que, el articulo 2 del Decreto Supremo N° 0842007-EF, Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, concordado con los numerales 7.1 y 7.3 del articulo 7 del Decreto Legislativo N° 973, modificado por la Ley N° 30056, establece que mediante Resolucion Ministerial se precisara, entre otros aspectos, la cobertura del Regimen de Recuperacion Anticipada del IGV; Que, con fecha 30 de MORDAZA de 2013, EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA CANCHAYLLO S.A.C. celebro, en su calidad de inversionista, un Contrato de Inversion con el Estado por el Proyecto denominado "Central Hidroelectrica Canchayllo", para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, tal y como lo dispone el articulo 3 de la referida MORDAZA legal; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 321-2013MEM/DM, publicada el 17 de agosto del 2013, se aprobo la calificacion para el goce del Regimen a EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA CANCHAYLLO S.A.C.; Que, con fecha 02 de junio de 2014, se suscribio una Adenda al Contrato de Inversion, modificandose el primer parrafo de la Clausula MORDAZA del Contrato de Inversion, con el objeto de incrementar el monto de inversion comprometida de US$ 10 500 250,00 (Diez Millones Quinientos Mil Doscientos Cincuenta y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA ) a la suma de US$ 11 667 450,00 (Once Millones Seiscientos Sesenta y Siete Mil Cuatrocientos Cincuenta y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America); Estando a lo dispuesto en el numeral 3.3 del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973, el inciso i) del articulo 6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas y en los incisos h) y o) del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007-EM; Con el visto MORDAZA del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Requisitos y caracteristicas del Contrato de Inversion

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policia Nacional del Peru a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 118-2014-IN MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2014 VISTO, el mensaje con referencia EX 2567/11/G9/ AFPA del 17 de junio de 2014, mediante el cual la Oficina Central Nacional INTERPOL-Buenos Aires hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional INTERPOLLima, que las autoridades argentinas han concedido definitivamente la extradicion del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA CORAZON VELASQUEZ; por tal motivo solicitan los planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargaran de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA hacia territorio peruano. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 067-2014JUS del 19 de marzo de 2014, se resolvio acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA CORAZON MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la MORDAZA Sexual-Violacion Sexual, en agravio de la persona identificada con iniciales O. R. S. U., y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinion Nº 216-2014DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 19 de junio de 2014, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, estima conveniente que el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru, autorice el viaje al exterior en comision del servicio del 11 al 15 de MORDAZA de 2014, del Capitan de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHAPARRO y del Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUIBAJO, a la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, a fin de que ejecuten la extradicion activa del ciudadano peruano mencionado en el considerando precedente; Que, mediante Memorandum Multiple Nº 275-2014DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 20 de junio de 2014, el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru, dispuso la formulacion del proyecto de resolucion autoritativa de viaje al exterior en comision del servicio de los funcionarios policiales MORDAZA mencionados; cuyos gastos por concepto de viaticos seran sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 de la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru del Pliego 007-Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el

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