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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2014 (11/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 68

El Peruano Viernes 11 de julio de 2014 527494 01. Alta Dirección 01.1 Jefatura 01.2 Secretaría General 02. Órgano de Control Institucional 02.1 Órgano de Control Institucional 03. Órgano de Defensa Jurídica 03.1 Procuraduría Pública 04. Órganos de Administración Interna 04.1 Órganos de Asesoramiento 04.1.1 Ofi cina de Asesoría Jurídica 04.1.2 Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto 04.1.2.1 Unidad de Planeamiento 04.1.2.2 Unidad de Presupuesto 04.1.3 Ofi cina de Cooperación y Asistencia Técnica 04.1.4 Ofi cina de Gestión de la Calidad y Derechos de las Personas 04.2 Órganos de Apoyo 04.2.1 Ofi cina de Administración 04.2.1.1 Unidad de Economía 04.2.1.2 Unidad de Abastecimiento 04.2.2 Ofi cina de Recursos Humanos 04.2.3 Ofi cina de Tecnologías de la Información 05. Órganos de Línea 05.1 Dirección del Cuidado Integral de la Salud y Redes Integradas 05.2 Dirección de Servicios de Atención Móvil de Urgencias y Emergencias 05.3 Dirección de Servicios de Salud Hospitalarios y de Investigación 05.4 Dirección de Recursos Estratégicos en Salud 06. Órganos Desconcentrados 06.1 Hospitales 06.2 Institutos Especializados 06.3 Direcciones de Red de Salud CAPÍTULO I ÓRGANOS DE LA ALTA DIRECCIÓN Artículo 7º.- Jefatura Es el órgano encargado de la Dirección del IGSS, que conduce la gestión, operación y articulación de las prestaciones de servicio de salud, en el ámbito de su competencia. Está a cargo del Jefe Institucional quien es la más alta autoridad de la entidad, titular del pliego y ejerce la representación legal del Instituto. El Jefe del IGSS es designado mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Salud, su cargo es de confi anza, remunerado y a dedicación exclusiva, con excepción de la docencia. Artículo 8º.- Funciones de la Jefatura Son funciones de la Jefatura: a) Cumplir y hacer cumplir la misión asignada y establecer la visión y estrategias institucionales en el marco de la legislación, políticas y objetivos nacionales de salud. b) Establecer los objetivos, metas, estrategias, planes y programas institucionales de largo, mediano y corto plazo, la responsabilidad de su ejecución y monitoreo así como la asignación de recursos necesarios. c) Proponer al Ministerio de Salud, políticas, lineamientos y normas relacionadas con las materias de su competencia, de acuerdo al marco legal vigente. d) Proponer al Ministerio de Salud la estructura organizacional y funcional así como los documentos de gestión de la entidad a su cargo, para el trámite de aprobación correspondiente. e) Organizar y dirigir el funcionamiento del IGSS para el logro de sus objetivos. f) Gestionar la obtención de cooperación técnica y fi nanciera, nacional e internacional, en el marco de la legislación aplicable. g) Aprobar, modifi car, Implementar y evaluar los objetivos institucionales, el Plan Estratégico, el Plan Operativo, el Presupuesto Institucional, el Plan de Adquisiciones y Contrataciones de bienes y servicios, y otros documentos de gestión institucional que correspondan. h) Conducir la gestión de los recursos humanos, tecnológicos y fi nancieros para el logro de los objetivos y funcionamiento del IGSS. i) Aprobar y supervisar los documentos de gestión de los órganos desconcentrados del IGSS. j) Autorizar la organización y auspicio de eventos de carácter institucional, local o nacional para el cumplimiento de del actividades estratégicas del IGSS. k) Velar por el adecuado manejo de los recursos públicos asignados al pliego. l) Cumplir y hacer cumplir el Código de Ética de la Función Pública. m) Establecer el control interno previo, simultáneo y posterior institucional y aplicar las medidas preventivas y correctivas necesarias en el marco de las normas que rigen el Sistema Nacional de Control. n) Proponer, dirigir y supervisar los programas y proyectos de inversión pública en su ámbito jurisdiccional, en el marco de los lineamientos del MINSA. o) Aprobar y dirigir la asistencia técnica a los Gobiernos Regionales para la aplicación de los lineamientos de la organización de los servicios en salud. p) Aprobar los planes y programas de promoción de la salud, prevención de enfermedades y daños en salud, de sus órganos desconcentrados, en el marco de los lineamientos de la política nacional de salud. q) Aprobar el mapa de procesos de la Entidad. r) Proponer y dirigir la aplicación de protocolos para la prestación de los servicios de salud en los establecimientos de salud s) Aprobar el Plan Multianual de Mantenimiento y equipamiento de los establecimientos de salud. t) Celebrar convenios, contratos y otras gestiones de carácter interinstitucional, en el ámbito de su competencia. u) Organizar en el ámbito de su competencia, y coordinar con el Ministerio de Salud, las acciones relacionadas al Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. v) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo a las disposiciones vigentes. Artículo 9º.- Secretaría General La Secretaría General es un órgano dependiente de la Jefatura que forma parte de la Alta Dirección. Está a cargo del Secretario General, quien es la más alta autoridad administrativa del IGSS. Es responsable de conducir las actividades de los órganos de administración interna; de conducir el proceso de trámite documentario y el sistema de archivo institucional. Actúa como nexo de coordinación entre la Jefatura y los órganos de administración interna. Artículo 10º.- Funciones de la Secretaría General La Secretaría General tiene las siguientes funciones: a) Supervisar la correcta aplicación de los lineamientos y normatividad que regula los sistemas administrativos del IGSS. b) Asesorar a la Jefatura del IGSS en el planeamiento, programación, ejecución y supervisión de la política y estrategias de Seguridad y Defensa Nacional, para su implementación en el ámbito de su competencia; c) Coordinar la implementación del proceso de Modernización de la Gestión Pública en el ámbito de competencia del IGSS. d) Expedir Resoluciones en el ámbito de su competencia, así como en aquellas materias que le sean delegadas.