Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2014 (11/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Viernes 11 de MORDAZA de 2014

527491
VISTO: El Oficio Nº 150-2014-PRODUCE/OGPP-OCTE de fecha 2 de MORDAZA de 2014, del Ministerio de la Produccion (PRODUCE) por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de las cuotas correspondientes al ano 2014, a la Comision Interamericana del Atun Tropical (CIAT) y a la Organizacion Latinoamericana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA); CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago de las cuotas correspondientes al ano 2014, a la Comision Interamericana del Atun Tropical (CIAT) y a la Organizacion Latinoamericana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA), con cargo al presupuesto del Ministerio de la Produccion; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto segun Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012EF; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar al Ministerio de la Produccion a efectuar el pago de S/. 137,224.00 (Ciento Treinta y Siete Mil Doscientos Veinticuatro y 00/100 Nuevos Soles) a la Comision Interamericana del Atun Tropical (CIAT), correspondiente a la cuota del ano 2014; y de S/. 129,863.00 (Ciento Veintinueve Mil Ochocientos Sesenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles) a la Organizacion Latinoamericana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA), correspondiente a la cuota del ano 2014. Articulo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de la Produccion. Articulo 3°.- La equivalencia en moneda extranjera sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1109203-20

SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar termino al nombramiento del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Viceministro de Relaciones Exteriores. Articulo 2°.- Darle las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion en el desempeno de sus funciones. Articulo 3°.- La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1109201-6

Nombran Viceministro de Relaciones Exteriores
RESOLUCION SUPREMA Nº 111-2014-RE MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, el articulo 26º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, dispone que el cargo constituye la funcion real y efectiva que se encomienda al funcionario del Servicio Diplomatico de acuerdo a su categoria y a los requerimientos de la politica exterior del Estado; Que, la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece que dentro de su estructura organica basica, la Alta Direccion esta conformada por tres funcionarios: Ministro, Viceministro y Secretario General; Que, la Ley Nº 29357, dispone que el Viceministro de Relaciones Exteriores es un Embajador del Servicio Diplomatico de la Republica en situacion de actividad, y, entre otras, tiene la funcion de formular, coordinar, ejecutar y supervisar, por encargo del Ministro de Relaciones Exteriores, la politica general del Estado, y, cumplir con las obligaciones propias del cargo de Jefe del Servicio Diplomatico; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley Nº 29318; asi como con su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA Ribeyro, Viceministro de Relaciones Exteriores. Articulo 2º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1109201-7

Autorizan al Ministerio de Transportes y Comunicaciones efectuar pago de cuotas a organismos internacionales
RESOLUCION SUPREMA Nº 113-2014-RE MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio N° 626-2014-MTC/09.01 de fecha 12 de junio de 2014 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el

Autorizan al Ministerio de Produccion efectuar pago de cuotas a organismos internacionales
RESOLUCION SUPREMA N° 112-2014-RE MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2014

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