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El Peruano Viernes 11 de julio de 2014 527488 Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida / Llegada de la Línea Transmisión Tensión (kV) N° de Terna Longitud (km) Ancho de faja de servidumbre que corresponde (m) S.E. FRANCOISE – S.E. ANIMON 50 01 5 16 Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 447- 2014 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa de Generación Eléctrica Río Baños S.A.C., el cual consta de 19 cláusulas y 04 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 447-2014 referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1109203-15 Otorgan concesión definitiva de generación con recursos energéticos renovables a favor de Parque Eólico Tres Hermanas S.A.C. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en central eólica ubicada en el departamento de Ica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 049-2014-EM Lima, 10 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 17337013 sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables, presentado por Parque Eólico Tres Hermanas S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12730034 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral Nº IX Sede Lima, Ofi cina Registral Lima; CONSIDERANDO: Que, Parque Eólico Tres Hermanas S.A.C. presentó el documento con registro Nº 2339916 de fecha 04 de noviembre de 2013, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Eólica “Parque Eólico Tres Hermanas”, con una potencia instalada de 97,15 MW, ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM que fi guran en el Expediente; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 251-2013- MEM/AAE de fecha 28 de agosto de 2013, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico Tres Hermanas”; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 319-2014-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de Parque Eólico Tres Hermanas S.A.C., que se identifi cará con el código Nº 17337013, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica “Parque Eólico Tres Hermanas”, con una potencia instalada de 97,15 MW, ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Suprema y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 451- 2014 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Parque Eólico Tres Hermanas S.A.C., que consta de 19 cláusulas y 4 anexos. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origene el Contrato de Concesión Nº 451-2014, referido en el artículo 2 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1109203-16 INTERIOR Aceptan renuncia y designan Director General de la Dirección General de Administración del Ministerio del Interior RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0817-2014-IN Lima, 9 de Julio de 2014