Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2014 (11/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 70

El Peruano Viernes 11 de julio de 2014 527496 d) Informar al Consejo de Defensa Jurídica del Estado sobre los asuntos a su cargo y acatar sus disposiciones, de acuerdo a la normativa vigente. e) Informar al IGSS, cuando este lo requiera, sobre la situación del ejercicio de la defensa jurídica de los intereses de dicha entidad. f) Las demás funciones establecidas en las normas que rigen el Sistema de Defensa Jurídica del Estado. CAPÍTULO IV ÓRGANOS DE ADMINISTRACION INTERNA Sub Capítulo I ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Artículo 15º.- Ofi cina de Asesoría Jurídica La Ofi cina de Asesoría Jurídica es un órgano de asesoramiento dependiente de la Secretaría General, encargado de prestar asesoría a la Alta Dirección y demás dependencias de la entidad, en asuntos de carácter jurídico-legal así como absolver las consultas que le sean formuladas en el ámbito de su competencia. Artículo 16º.- Funciones de la Ofi cina de Asesoría Jurídica Son funciones de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, las siguientes: a) Asesorar y/o emitir opinión en los asuntos de carácter jurídico legal y administrativo que sean requeridos por la Alta Dirección, emitiendo informes en los casos que corresponda. b) Emitir opinión sobre proyectos de dispositivos legales y administrativos que le competen al IGSS. c) Recopilar, clasifi car, opinar, concordar, sistematizar, difundir y mantener en permanente actualización las disposiciones legales relacionadas con las actividades y fi nes del IGSS, manteniendo informados a los demás órganos sobre la materia. d) Asesorar y emitir opinión legal respecto de los convenios, acuerdos y otros instrumentos de carácter interinstitucional que suscriba el IGSS. e) Revisar y visar los proyectos de contratos, convenios institucionales y cualquier otro documento de carácter legal remitidos por la Alta Dirección. f) Elaborar informes legales y visar los proyectos de Resolución de la Jefatura sobre la aprobación o modifi cación de procedimientos, directivas, normas, convenios, contratos y demás documentos normativos de competencia de la entidad. g) Opinar, informar y absolver consultas que le formulen la Alta Dirección y los Órganos del IGSS, en materia jurídico sanitaria y asuntos jurídicos administrativos. h) Otras que le asigne la Jefatura, en el ámbito de sus competencias. Artículo 17º.- Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto La Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto es un órgano de asesoramiento dependiente de la Secretaría General, encargado de los sistemas de planeamiento estratégico, presupuesto, inversiones y modernización de la gestión del Estado. Tiene a su cargo las Unidades de Planeamiento y de Presupuesto. Artículo 18º.- Funciones de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto Son funciones de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, las siguientes: a) Conducir los procesos de planeamiento, presupuesto, inversión y de modernización de la gestión del Estado en cumplimiento de la normativa vigente. b) Proponer los objetivos, metas, estrategias y programas de largo, mediano y corto plazo institucionales. c) Conducir la formulación y evaluación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI del IGSS, de acuerdo a las normas y lineamientos técnicos vigentes. d) Asesorar en la formulación de estrategias institucionales y propuestas de políticas sectoriales. e) Analizar y proponer a la Alta Dirección, las alianzas público privadas que pudieran ser pertinentes en la jurisdicción de los servicios del IGSS, para la evaluación del Ministerio de Salud. f) Conducir y articular el proceso de formulación, evaluación y actualización de los documentos normativos de gestión institucional del IGSS. g) Informar a la jefatura los resultados de la gestión presupuestaria en el IGSS y sus órganos desconcentrados. h) Formular y proponer proyectos de inversión pública, así como coordinar el estado situacional de la ejecución de los proyectos de inversión pública, de competencia del IGSS. i) Proponer la priorización de los proyectos de inversión pública. j) Proponer la Memoria Anual Institucional del IGSS. k) Otras que le asigne la jefatura, en el ámbito de sus funciones. Artículo 19º.- Unidad de Planeamiento La Unidad de Planeamiento es la unidad orgánica dependiente de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, responsable de las funciones derivadas del sistema administrativo de planeamiento estratégico, conforme a las normas de la materia. Artículo 20º.- Funciones de la Unidad de Planeamiento Son funciones de la Unidad de Planeamiento, las siguientes: a) Elaborar y evaluar, el marco estratégico del IGSS, objetivos, metas, indicadores, organización de actividades e instrumentos de seguimiento conforme a las directivas de CEPLAN. b) Formular, proponer, evaluar y actualizar el plan estratégico institucional y el plan operativo institucional del IGSS, en concordancia con los lineamientos de políticas sectoriales e institucionales. c) Evaluar y proponer la aprobación de los proyectos de normas y procedimientos de gestión interna del sistema de planeamiento estratégico. d) Conducir el seguimiento y evaluación de la gestión institucional y formular el proyecto de Memoria Anual Institucional del IGSS. e) Brindar asistencia técnica en materia de planeamiento operativo y la aplicación de las normas técnicas relacionadas, a las unidades ejecutoras bajo su cargo. f) Otras que le asigne el Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbito de sus funciones. Artículo 21º.- Unidad de Presupuesto La Unidad de Presupuesto es la unidad orgánica dependiente de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, responsable de las funciones derivadas del Sistema Nacional de Presupuesto Público, conforme a la normativa presupuestaria vigente. Artículo 22º.- Funciones de la Unidad de Presupuesto Son funciones de la Unidad de Presupuesto, las siguientes: a) Conducir el proceso de programación, formulación, evaluación y control del presupuesto del IGSS. b) Formular el proyecto de Presupuesto Institucional Anual y gestionar la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), del IGSS. c) Formular los proyectos de normas y directivas necesarios para el proceso de gestión presupuestaria del pliego, en concordancia con las normas y lineamientos técnicos sobre la materia. d) Organizar, consolidar, verifi car y presentar la información presupuestaria aplicando las herramientas y normas establecidas por el MEF. e) Articular el presupuesto institucional con el plan operativo institucional. f) Reportar la ejecución presupuestal, informando sus resultados a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y al órgano rector, en el caso que corresponda. g) Brindar asistencia técnica en las fases del proceso presupuestario y la aplicación de las normas técnicas a las unidades ejecutoras bajo su cargo.