Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2014 (23/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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El Peruano Miercoles 23 de MORDAZA de 2014

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de consejeros del Consejo Regional de San MORDAZA
RESOLUCION N° 678-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00667 SAN MORDAZA MORDAZA, dieciocho de MORDAZA de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 1132-2014-GRSM/SCR, presentado el 19 de junio de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretaria del consejo regional, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a MORDAZA Ivone MORDAZA MORDAZA, consejera del Consejo Regional de San Martin. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de MORDAZA de 2014, fecha de cierre de inscripcion de candidatos; la misma que gozara de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) dias MORDAZA de la fecha de elecciones. 2. Esta disposicion tambien es de aplicacion para el caso de los vicepresidentes y consejeros regionales, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del ano 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios publicos por ser elegidos mediante MORDAZA popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 6 de junio de 2014 (fojas 003), MORDAZA Ivone MORDAZA MORDAZA, consejera del Consejo Regional de San MORDAZA, con motivo de su participacion en las Elecciones Municipales 2014, presento su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo Regional Nº 032-2014GRSM/CR, de fecha 6 de junio de 2014 (fojas 002), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. En el presente caso se aprecia que la consejera regional presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el consejo regional, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, asi como de la aplicacion supletoria del ultimo parrafo del articulo 31 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, resulta procedente convocar a Cinthya MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 43729939, accesitaria de la consejera regional MORDAZA Ivone MORDAZA MORDAZA, conforme al acta de proclamacion de resultados emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Moyobamba, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010, para que asuma temporalmente el cargo de consejera regional. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA Ivone MORDAZA MORDAZA, consejera del Consejo Regional de San MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a Cinthya MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 43729939, para que asuma provisionalmente el cargo de consejera del Consejo Regional de San MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida a MORDAZA Ivone MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

1114276-11 RESOLUCION Nº 679-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00668 SAN MORDAZA MORDAZA, dieciocho de MORDAZA de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 1132-2014-GRSM/SCR, presentado el 19 de junio de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretaria del consejo regional, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consejero del Consejo Regional de San Martin. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de MORDAZA de 2014, fecha de cierre de inscripcion de candidatos; la misma que gozara de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) dias MORDAZA de la fecha de elecciones. 2. Esta disposicion tambien es de aplicacion para el caso de los vicepresidentes y consejeros regionales, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del ano 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios publicos por ser elegidos mediante MORDAZA popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 6 de junio de 2014 (fojas 003), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consejero del Consejo Regional de San MORDAZA, con motivo de su participacion en las Elecciones Municipales 2014, presento su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo Regional Nº 033-2014-GRSM/CR, de fecha 6 de junio de 2014 (fojas 002), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. En el presente caso se aprecia que la consejera regional presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el consejo regional, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, asi como de la aplicacion supletoria del ultimo parrafo del articulo 31 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, resulta procedente convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 80291792, accesitario del consejero regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme al acta de proclamacion de resultados emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Moyobamba, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010, para que asuma temporalmente el cargo de consejera regional. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consejero

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