Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2014 (23/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Miercoles 23 de MORDAZA de 2014

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de Ate, al senor Magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Supernumerario del MORDAZA Juzgado Penal Transitorio (Modulo Basico de Justicia de Huaycan) de Ate, en adicion a sus funciones y mientras dure la licencia del senor Magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con cargo a dar cuenta a la Sala Plena de esta Corte Superior de Justicia. Tercero.- PONER en conocimiento de la presente Resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, comuniquese, registrese y cumplase. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA ALTABAS KAJATT Presidenta

Supernumeraria del Juzgado de Trabajo de San MORDAZA de Lurigancho. Tercero.- PONER en conocimiento de la presente Resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA ALTABAS KAJATT Presidenta

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Encargan el despacho del Primer Juzgado Penal (Modulo Basico de Justicia de Huaycan) de Ate a magistrado
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA ESTE RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 72 -2014-P-CSJLE/PJ
Chaclacayo, veintidos de MORDAZA del ano dos mil catorce. VISTO: El escrito del senor Magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Primer Juzgado Penal (Modulo Basico de Justicia de Huaycan) de Ate, por el cual solicita licencia con goce de haber por motivo de salud, del veintidos de MORDAZA al ocho de agosto del ano dos mil catorce; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, el Juez MORDAZA citado solicita licencia con goce de haber por enfermedad, del veintidos de MORDAZA al ocho de agosto del ano dos mil catorce, adjuntando la documentacion correspondiente, expedida por el Ministerio de Salud. Segundo.- Que, el articulo 241º, inciso 1 del Texto Unico Ordenado de La Ley Organica del Poder Judicial establece que: "Las licencias con goce de haber solo pueden ser concedidas en los siguientes casos: 1. Por enfermedad comprobada..."; MORDAZA que concuerda con lo establecido en el articulo 19º del Reglamento de Licencias Para Magistrados del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 018-2004-CE-PJ, de fecha cinco de febrero de dos mil cuatro, que dispone: "La licencia por enfermedad se otorga al magistrado que sufre una dolencia que le impide el normal desempeno de sus funciones judiciales, sus efectos se retrotraen al dia en que inicio su inasistencia al despacho y no afecta el regimen retributivo o remunerativo de quien la obtenga". Tercero.- Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Primer Juzgado Penal (Modulo Basico de Justicia de Huaycan) de Ate, por tanto, debe encargarse el despacho a otro Magistrado en adicion a sus funciones. Por las consideraciones expuestas, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, en uso de las facultades conferidas en Articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, incisos 3° y 9°. RESUELVE: Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER por enfermedad al senor Magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Primer Juzgado Penal (Modulo Basico de Justicia de Huaycan) de Ate, del veintidos de MORDAZA al ocho de agosto del ano dos mil catorce. Segundo.- ENCARGAR el despacho del Primer Juzgado Penal (Modulo Basico de Justicia de Huaycan)

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ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Aprueban Directiva "Comunicacion al Ministerio Publico de hechos evidenciados durante el desarrollo de servicios de control posterior"
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 349-2014-CG
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2014 VISTOS, la Hoja Informativa N° 00008-2014-CG/ APROD del Departamento de Administracion de Productos y la Hoja Informativa N° 00028-2014-CG/PRON del Departamento de Gestion de Procesos y Normativa de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 82° de la Constitucion Politica del Peru, la Contraloria General de la Republica es el organo superior del Sistema Nacional de Control, encargado de supervisar la legalidad de la ejecucion del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda publica y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, el articulo 6° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que el control gubernamental consiste en la supervision, vigilancia y verificacion de los actos y resultados de la gestion publica, en atencion al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economia en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, asi como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de politica y planes de accion, evaluando los sistemas de administracion, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a traves de la adopcion de acciones preventivas y correctivas pertinentes; Que, el articulo 14° de la citada Ley Organica, establece que el ejercicio del control gubernamental por el Sistema en las entidades, se efectua bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloria General, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos tecnicos correspondientes a su MORDAZA, en funcion a la naturaleza y/o especializacion de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecucion; Que, a fin de dar atencion oportuna a los requerimientos de informacion del Ministerio Publico sobre hechos evidenciados durante el desarrollo de los servicios de control posterior, que versan o estan vinculados a una investigacion fiscal, resulta necesario establecer disposiciones que regulen dicho proceso; Que, conforme a los documentos de vistos, se propone la aprobacion de la proyecto normativo denominado

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