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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2014 (23/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 75

El Peruano Miércoles 23 de julio de 2014 528421 armonía con las políticas, planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en el artículo 80º de la Ley antes glosada, se establece que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales, el proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, se aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014 y la Resolución Directoral Nº 003-2014-EF/50.01, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”, el 31 de Enero del presente año, aprueba los Instructivos para el cumplimiento de las Metas en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2014. Dicha normativa, con respecto al plan de modernización municipal establece en su anexo 02 como Meta 03: Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 25% de las Viviendas Urbanas del Distrito; Que, mediante Informe Nº 044-2014-MDA/GP/SGPMI, la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Institucional señala que el proyecto remitido con Memorándum Nº 469-2014-MDA/GSAC/SGLPO, respecto al Programa de Segregación y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en la Fuente se encuentra orientado a los objetivos institucionales de la Corporación Municipal del año fi scal 2014; Que, mediante Informe Nº 249-2014-MDA/GSAC/ SGLPO, la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Ornato remite el proyecto del Programa de Segregación y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en la Fuente 2014, señalando que tiene como objeto cumplir con las metas asignadas en el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014, el mismo que deberá ser aprobado por Decreto de Alcaldía; Que, el artículo 84º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como Funciones exclusivas de las municipalidades distritales; entre otros, Planifi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, establece que uno de los roles de las Municipalidades es implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposición fi nal diferenciada y técnicamente adecuada; Que, mediante Informe Nº 729-2014-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que resulta importante apoyar y contar con un Programa de Segregación y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en la Fuente, toda vez que el mismo contribuye con el proceso de saneamiento ambiental, favoreciendo la utilización de materiales con fi nes de preservación y uso racional de los recursos naturales; recomendando se dé la conformidad al Programa de Segregación y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en la Fuente 2014; debiendo ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 267-2014-MDA/GSAC/ SGLPO, la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Ornato, remite los actuados respecto al Programa de Segregación y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en la Fuente 2014, solicitando su aprobación mediante la emisión del Decreto de Alcaldía respectivo; Que, mediante Proveído Nº 1257-2014-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º, Artículo y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR; el PROGRAMA DE SEGREGACIÓN Y RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS EN LA FUENTE 2014 de la Municipalidad Distrital de Ate, el mismo que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía; en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 2º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el íntegro del Anexo antes referido, y que Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones se encargue de su difusión. Artículo 3º.- ENCARGAR; el cumplimiento de la presente disposición municipal a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad, Sub Gerencia de Limpieza Pública y Ornato, Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, y demás Unidades Orgánicas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1113560-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos ACUERDO DE CONCEJO Nº 047-2014/MDLV La Victoria, 17 de julio de 2014 El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA POR CUANTO: Visto; en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de julio de 2014 el Dictamen Nº 004-2014-CPPPAL/MDLV de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –– los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, teniendo además como fi nalidad representar al vecindario y promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales; Que, la Subgerencia de Logística y Gestión Patrimonial informa que de la verifi cación de los antecedentes y las etapas del proceso de selección Concurso Público N° 001- 2014-MLV existiría un alto riesgo de desabastecimiento de la denominada “Contratación del servicio de recolección, transporte y disposición fi nal de residuos sólidos del distrito de La Victoria”, toda vez que podría existir una brecha de tiempo de prestación de servicio entre la culminación del contrato complementario y el inicio de la nueva contratación derivada del proceso de selección en curso; concluyendo que es necesario declarar en situación de desabastecimiento el servicio de recolección, transporte y disposición fi nal de residuos sólidos de La Victoria; Que, la Gerencia de Servicios a la Ciudad informa que de acuerdo al cronograma y de no existir descalifi cación de la (s) propuesta (s), la buena pro se otorgaría el 14 de julio de 2014, de existir impugnaciones el proceso estaría retrocediendo hasta donde lo indique el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), esto es, treinta (30) días (14 de agosto de 2014), por lo