Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2014 (18/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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III. Objetivo 3.1. Objetivo General a) Cumplir con el MORDAZA de implementacion y mantenimiento de las Capacidades Basicas Requeridas por el RSI (2005). 3.2. Objetivos Especificos b) Cumplir con el MORDAZA de implementacion y mantenimiento de los indicadores de ocho (08) de las trece (13) Capacidades Basicas establecidas en el "Cuestionario de Seguimiento del Montaje de las Capacidades Basicas Requeridas por el RSI en los Estados Partes". c) Cumplir con el MORDAZA de implementacion y mantenimiento de los indicadores de los Puntos de Entrada establecidos en el "Cuestionario de Seguimiento del Montaje de las Capacidades Basicas Requeridas por el RSI en los Estados Partes". d) Cumplir con el MORDAZA de implementacion y mantenimiento de los indicadores de los cuatro riesgos establecidos en el "Cuestionario de Seguimiento del Montaje de las Capacidades Basicas Requeridas por el RSI en los Estados Partes". IV. Base legal · Ley Nº 26842 Ley General de la Salud y sus modificatorias. · Ley Nº 26889 Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa.

El Peruano Miercoles 18 de junio de 2014

· Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud. · Reglamento Sanitario Internacional (2005). · Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, que aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Salud y sus modificatorias. · Decreto Supremo Nº 008-2006-JUS, que aprueba el Reglamento de la Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa. · Resolucion Suprema Nº 025-2013-SA, que conformo la Comision Multisectorial Sectorial de naturaleza temporal, encargada de elaborar un Plan de Mejoramiento de Capacidades Basicas de la Vigilancia y Respuesta en el MORDAZA, incluyendo los puntos de entrada, en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion del Reglamento Sanitario Internacional (2005). · Resolucion Ministerial Nº 526-2011/MINSA, que aprobo las "Normas para la Elaboracion de Documentos Normativos del Ministerio de Salud". · Resolucion Ministerial Nº 793-2006/MINSA, que crea el Centro Nacional de Enlace para el Reglamento Sanitario Internacional, aprobado en la 58ª Asamblea Mundial de la Salud. V. Ambito de aplicacion El presente Plan tiene un ambito de aplicacion nacional, a traves de las dependencias de las diferentes entidades de los sectores: Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Salud, Ministerio de Agricultura y Riego, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Ministerio de la Produccion, Ministerio de Transportes y Comunicaciones,

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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