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El Peruano Miércoles 18 de junio de 2014 525574 mercancías y paquetes postales, así como los organismos y áreas que presten servicios para dicha entrada o salida. Paso fronterizo terrestre.- Punto de entrada terrestre a un Estado Parte, inclusive los utilizados por vehículos de carretera y trenes. Tráfico Internacional.- Movimiento de viajeros, equipajes, cargas, contenedores, medios de transporte, mercancías o paquetes postales a través de una frontera internacional, con inclusión del comercio internacional. Libre plática.- Autorización, en el caso de una embarcación, para entrar en un puerto, embarcar o desembarcar, descargar o cargar suministros o carga; en el caso de una aeronave, después del aterrizaje, la autorización para embarcar o desembarcar, descargar o cargar suministros o carga; y en el caso de un vehículo de transporte terrestre, después de su llegada, la autorización para embarcar o desembarcar, descargar o cargar suministros o carga. IX. Anexos Anexo Nº 1 Puntos de entrada a nivel nacional según región, administración, responsable de vigilancia epidemiológica y priorización en el plan Lugar Región Autoridad administrativa Dependencia de vigilancia epidemiológica Responsable de la vigilancia epidemiológica Cargo Priorizado en el Plan Puerto Paita Piura Terminales Portuarios Euroandinos Hospital II-1 Nuestra Sra. de la Merced Dr. Jerllym Guzman Ibarra Responsable de Sanidad Marítima Internacional -.- Zona frontera con Ecuador Tumbes Centro Binacional de Paso Fronterizo C.S Aguas Verdes Dr. Jorge Laboriano Responsable de vigilancia epidemiológica -.- Aeropuerto José Abelardo Quiñones Loreto Consorcio Aeropuertos del Perú CS. San Juan - Microred Iquitos Sur Dr. Harold M. Cervantes Bastidas Jefe del CS San Juan -.- Puerto Salaverry La Libertad Terminales Portuarios Euroandinos GERESA Sra. Consuelo Carpio Responsable de vigilancia epidemiológica Si Puerto Pisco Ica Empresa Nacional de Puertos Hospital San Juan de Pisco Dr. Ricardo Cabrera Casillo Director de Sanidad Marítima -.- Puerto Ilo Moquegua Empresa Nacional de Puertos Red de Salud Ilo Dra. Lucía Medina Responsable de epidemiología -.- Aeropuerto Internacional Jorge Chávez Lima Lima Airport Partner DIRESA Callao Dra. Gladys Berrocal Calixto Directora de Sanidad Aérea Si Puerto Callao Lima Autoridad Marítima Portuaria DIRESA Callao Dr. Rigoberto Robles Camarena Director Ejecutivo de Sanidades Internacionales Si Puerto Chimbote Ancash Autoridad Portuaria Regional Red de Salud Pacífi co Norte Lic. Delmer Lara Quezada Director de Sanidad Marítima -.- Puerto de Matarani Arequipa TISUR S.A. (Terminal Internacional del Sur S.A.) Red Islay Dr. Walther Oporto Pérez Director de la Red Islay Si 1098453-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Okey Brevete Escuela de Conductores Integrales S.A.C. modificación de términos de autorización contenida en R.D. Nº 2318-2011-MTC/15, cambiando la ubicación de local RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2317-2014-MTC/15 Lima, 30 de mayo de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 054688, 073073 y 083598, presentados por la empresa denominada OKEY BREVETE ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 2318-2011- MTC/15 de fecha 28 de junio de 2011, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 05 de agosto de 2011, se autorizó a la empresa denominada OKEY BREVETE ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES S.A.C., con RUC N° 20392672096 y domicilio en Av. Bolognesi N° 472, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una Licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III, y de la Clase B Categoría II-c; Que, mediante Resolución Directoral Nº 3553-2011- MTC/15 de fecha 22 de setiembre de 2011, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 06 de noviembre de 2011, se autorizó a La Escuela, para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoría I; Que, Parte Diario N° 054688 de fecha 26 de marzo de 2014, La Escuela solicitó la modificación de los términos de su autorización, contenida en la Resolución Directoral N° 2318-2011-MTC/15, cambiando la ubicación de las oficinas administrativas, aulas de enseñanza para las clases teóricas y el taller de enseñanza teórico - práctico de mecánica, por el ubicado en: Calle Torres Paz N° 199 – esquina con Av. Luis Gonzales, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; Que, mediante Ofi cio N° 2618-2014-MTC/15.03 de fecha 08 de abril de 2014, notifi cado el 12 de abril de 2014, la Autoridad Administrativa formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Parte Diario N° 073073 de fecha 26 de abril de 2014, La Escuela solicita termino ampliatorio de 10 días hábiles para subsanar las observaciones conferidas en el Ofi cio N° 2618-2014-MTC/15.03; Que, mediante Ofi cio N° 3238-2014-MTC/15.03 de fecha 05 de mayo de 2014, notifi cado el 06 de mayo