Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2014 (01/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Sabado 1 de marzo de 2014

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SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de MORDAZA de las declaraciones juradas de autovaluo, asi como el plazo para el pago anual y/o de la primera cuota 2014 del Impuesto Predial hasta el 31 de Marzo del presente ano. Articulo Segundo.- PRORROGAR el plazo para el pago anual y/o de la primera cuota trimestral (Enero, Febrero y Marzo) para los predios con diferentes usos economicos correspondientes a los Arbitrios Municipales 2014 y excepcionalmente a los predio Uso MORDAZA habitacion el pago anual y/o del primer, MORDAZA y tercer mes, hasta el 31 de Marzo del presente ano. Articulo Tercero.- PRORROGAR el plazo del regimen de incentivos por Pronto Pago establecido en el Articulo 2º de la Ordenanza Nº 299-2013-MDI, hasta el 31 de Marzo del presente ano. Articulo Cuarto.- De acuerdo a lo dispuesto en la presente MORDAZA no se aplicaran los intereses moratorios ni multas establecidos en el Art. 33º del TUO del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-13EF; por el periodo comprendido entre el 28 de Febrero al 31 de Marzo del 2014, fecha de Prorroga que establece el presente Decreto. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Tecnologia de la Informacion y la Comunicacion, Subgerencia de Imagen Institucional y Subgerencia de Tesoreria, de acuerdo al ambito de sus funciones que les corresponde. Articulo Sexto.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1055813-1

Subgerencia de Tesoreria, de acuerdo al ambito de sus funciones que les corresponde. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1055816-1

Prorrogan plazo de MORDAZA de las declaraciones juradas de autovaluo, asi como el plazo para el pago anual y/o primera cuota 2014 del Impuesto Predial
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2014-MDI Independencia, 26 de febrero del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: El Memorandum Nº 140-2014-GR/MDI emitido por la Gerencia de Rentas, Memorandum Nº 119-2014GAL/MDI, emitido por la Gerencia de Asesoria Legal, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Que, el Articulo 15º del Decreto Supremo Nº 1562004-EF TUO de la Ley de Tributacion Municipal senala: "Que el impuesto podra cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas; al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota sera equivalente a un MORDAZA del impuesto total resultante y debera pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero. Las cuotas restantes seran pagadas hasta el ultimo dia de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre. Que, el ultimo parrafo del Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que el plazo para el pago de la obligacion tributaria podra ser prorrogado con caracter general, por la Administracion Tributaria. Que, mediante la MORDAZA disposicion de la Ordenanza Nº 299-2014-MDI, el Concejo Municipal faculto al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar las fechas de vencimiento, si la gestion operativa asi lo amerita, estableciendo como fecha de vencimiento hasta el 28 de Febrero del presente ano la primera cuota y excepcionalmente enero y febrero a los predios con uso MORDAZA Habitacion, en concordancia al Articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, siendo politica de esta actual gestion otorgar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la finalidad de reducir los margenes de morosidad y ampliar la cultura tributaria a fin de contribuir con el Desarrollo Integral del Distrito, es conveniente ampliar la prorroga de la fecha de MORDAZA de las declaraciones juradas de autovaluo, asi como el plazo del vencimiento para el pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial y el plazo para el pago anual y/o de la primera cuota trimestral (Enero, Febrero y Marzo) para los predios con diferentes usos economicos correspondientes a los Arbitrios Municipales 2014 y excepcionalmente a los predio Uso MORDAZA habitacion el pago anual y/o del primer, MORDAZA y tercer mes, de los Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fiscal 2014. Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades";

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Extienden la Ciclovia Recreativa Distrital de La MORDAZA - "Corredor Saludable"
DECRETO DE ALCALDIA N° 013-2014 La MORDAZA, 28 de febrero de 2014 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MOLINA. VISTO; el Memorando N° 079-2014-MDLM-GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe N° 021-2014MDLM-GSC-SGTT de la Subgerencia de Transporte y MORDAZA y el Informe N° 105-2014-MDLM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica sobre la ampliacion de la Ciclovia Recreativa Distrital de La Molina- "Corredor Saludable"; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 18) del articulo 82° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972, las municipalidades en materia de educacion, cultura deporte y recreacion, tiene como competencias y funciones especificas compartidas con el gobierno nacional y regionales, normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreacion de la ninez, juventud y el vecindario en general, mediante el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas, para los fines MORDAZA indicados; Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 006-2011 de fecha 02 de Febrero del 2011 se declaro como

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