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El Peruano Sábado 1 de marzo de 2014 517929 indicado en el artículo segundo, lo dispuesto por la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 25 de febrero de 2014 HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1055285-3 Modifican Plano de Zonificación del distrito de Puente Piedra ORDENANZA Nº 1776 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de febrero de 2014 el Dictamen Nº 10-2014-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- Modifi car el Plano de Zonifi cación del Distrito de Puente Piedra, aprobado mediante Ordenanza Nº 1105-MML, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 05 de enero del 2008, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Otros Usos (OU), para el predio inscrito a nombre de la Municipalidad de Puente Piedra; ubicado en el Jr. La Victoria Mz. 53 Lt. 1 Cercado de Puente Piedra, debiéndose incluir en el proyecto del Palacio de la Juventud la instalación del Centro de Educación Inicial en funciones. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Distrito de Puente Piedra, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 25 de febrero de 2014 HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1055285-2 Modifican Plano de Zonificación del distrito de Pueblo Libre ORDENANZA Nº 1777 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de febrero de 2014 el Dictamen Nº 11-2014-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE Artículo Primero.- Declarar desfavorables las peticiones de cambio de zonificación, que a continuación se indican, manteniendo la vigencia del plano de zonificación de los usos del suelo correspondiente al distrito de Pueblo Libre, aprobado por Ordenanza Nº 1017-MML, publicada el 16 de mayo del 2007 y modificatorias. Nº EXP. Nº SOLICITANTE 1 220456-13 Bernardo Raul Herrera Morillo 2 PROTERM Perú S.A.C Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios del predio indicado en el artículo primero lo dispuesto por la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 25 de febrero de 2014 HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1055285-1 Disponen publicar documentos que la Gerencia de Transporte Urbano no ha podido notificar a los administrados RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 074-2014-MML/GTU Lima, 25 de febrero de 2014 VISTO: el Memorando Nº 013-2014-MML/GTU- SETT de fecha 09 de enero de 2014 y el Memorando Nº 438-2014-MML/GTU-A de fecha 20 de febrero de 2014; y CONSIDERANDO: Que, con los documentos del visto, la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte y el Área de Administración-GTU remiten a la Gerencia de Transporte Urbano una relación de documentos, solicitando que los mismos sean publicados, en razón de no haberse logrado realizar la respectiva notificación, por ser inubicables las direcciones de los administrados. Que, asimismo, se advierte la existencia de una serie de documentos que la Gerencia de Transporte Urbano no ha podido notifi car por la misma razón esgrimida en el anterior párrafo. Que, los numerales 21.1 y 21.2 del artículos 21º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; señalan que: La notifi cación personal se hará en el domicilio que conste en el expediente, o en el último domicilio que la persona haya señalado en otro procedimiento ante la propia entidad dentro del último año; en caso que éste no haya indicado domicilio, la autoridad deberá emplear el domicilio señalado en el Documento Nacional de Identidad del administrado, agotada la búsqueda procederá a la notifi cación mediante la publicación de conformidad en el numeral 23.1.2 del artículo 23º de la acotada Ley. Que, en ese sentido al advertirse la imposibilidad de practicar una notifi cación personal; resulta necesario proceder a la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21º de la Ley Nº 27444.