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El Peruano Jueves 6 de marzo de 2014 518314 21.2 Supervisor 2.- Profesionales con experiencia de por lo menos cuatro (4) años en las actividades de los sectores supervisados. 21.3 Supervisor 3.- Profesionales o técnicos con experiencia de por lo menos un (1) año en las actividades de los sectores supervisados. 21.4. Supervisor 4.- Profesionales que hayan aprobado el “Curso Anual de Extensión Universitaria” organizado por Osinergmin, de preferencia dentro del tercio superior, y que como consecuencia de su desempeño satisfactorio en el Programa de Prácticas Profesionales, se contratarán específi camente para las labores de supervisión o fi scalización que determine la Gerencia de Fiscalización o área equivalente. Se considera profesionales a quienes cuenten con título profesional o grado académico. En las Bases del proceso de selección se determinarán los perfi les requeridos en función de las actividades de supervisión o fi scalización a realizar. Cuando se requiera experiencia profesional, ésta se computará considerando aquella adquirida desde que cuenta con el grado de bachiller.” Artículo 2º.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Autorizar la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y con su Exposición de Motivos, en el portal electrónico de Osinergmin (www. osinergmin.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe). JESÚS FRANCISCO TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 1057339-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Designan Intendente de la Intendencia Regional II – Norte, con sede en la Región Lambayeque, de la SUCAMEC RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 047-2014-SUCAMEC Lima, 5 de marzo de 2014 VISTO: El Memorando Nº 042-2014-SUCAMEC-GG de fecha 26 de febrero de 2014, el Informe Técnico Nº 006-2014-SUCAMEC-OGPP de fecha 04 de febrero de 2014, y por las siguientes consideraciones: 1. Mediante Decreto Legislativo Nº 1127, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 07 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones. 2. Con fecha 04 de abril de 2013 se publicó en el diario ofi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, vigente a partir del 04 de mayo de 2013. 3. Mediante Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 12 de diciembre de 2013, se modifi có el Reglamento de Organización y Funciones de la entidad, en relación al Capítulo VII – Órganos Desconcentrados, estableciendo en el artículo 43 que la SUCAMEC contará con cuatro (04) Intendencias Regionales a nivel nacional, siendo una de ellas la Intendencia Regional II – Norte, con sede en la Región Lambayeque. 4. Mediante Resolución de Superintendencia Nº 027- 2014-SUCAMEC, de fecha 06 de febrero de 2014, se encargó a la señora Elena Elizabeth Vásquez Exebio la Intendencia Regional II – Norte, con sede en la Región Lambayeque. 5. Según el Informe Técnico Nº 006-2014-SUCAMEC- OGPP, de fecha 04 de febrero de 2014, el Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la SUCAMEC plantea delegar ciertas funciones a las Intendencias Regionales, en tanto éstas cuenten con los recursos humanos, operativos y logísticos adecuados. 6. Conforme al literal g) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, es función del Gerente General proponer al Superintendente Nacional las acciones de personal que considere pertinentes. 7. Según Memorando Nº 042-2014-SUCAMEC-GG de fecha 26 de febrero de 2014, el Gerente General de la SUCAMEC propone a esta Superintendencia Nacional a un profesional para que ocupe el cargo de Intendente de la Intendencia Regional II – Norte, con sede en la Región Lambayeque. 8. El artículo 15, literal p) del Decreto Legislativo Nº 1127, establece como una de las funciones del Superintendente Nacional, ejercer las funciones y atribuciones que le corresponda con arreglo a la normatividad aplicable. 9. De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127, la Resolución Suprema Nº 064-2013-IN y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 017-2013-IN. SE RESUELVE: 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución de Superintendencia, la encargatura de la señora Elena Elizabeth Vásquez Exebio en el cargo de Intendente de la Intendencia Regional II – Norte, con sede en la Región Lambayeque, contenida en el numeral 2 de la parte resolutiva de la Resolución de Superintendencia Nº 027-2014-SUCAMEC, de fecha 06 de febrero de 2014. 2º.- Designar, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución de Superintendencia, al señor Jorge Enrique Vera Penachi en el cargo de Intendente de la Intendencia Regional II – Norte, con sede en la Región Lambayeque, de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, con las funciones que se detallan a continuación: - Representar a la SUCAMEC ante los órganos del Estado e instituciones públicas y privadas nacionales, en el ámbito de su competencia territorial. - Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo, del Superintendente Nacional y de la Gerencia General. - Velar por el adecuado manejo de los recursos. - Promover la prestación de servicios de calidad a través de una gestión administrativa efi ciente, priorizando el buen trato a los usuarios y la buena imagen del país. - Proponer a la Gerencia de Políticas medidas para la mejora continua de la institución y el diseño de las políticas públicas en las materias de competencia de la SUCAMEC. - Recibir y derivar a la Sede Central los recursos impugnativos correspondientes en el ámbito de su competencia territorial. - Recibir, verifi car y derivar a la Sede Central los expedientes de los administrados vinculados a procedimientos administrativos y servicios prestados por la SUCAMEC en exclusividad, en el ámbito de su competencia territorial. - Colaborar y brindar apoyo a la Gerencia de Control y Fiscalización cuando le sea requerido en las acciones de control y fi scalización, programadas e inopinadas, en el marco de las competencias de la SUCAMEC y dentro de su ámbito territorial.