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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2014 (06/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 72

El Peruano Jueves 6 de marzo de 2014 518318 contratos por locación de servicios que se han adjuntado en la solicitud de vacancia. Finalmente, en cuanto la injerencia, señala el recurrente que la autoridad municipal tenía conocimiento de la contratación de sus sobrinos; sin embargo, no presentó de manera oportuna y reiterada su oposición, incumpliendo de esta manera su deber de fi scalización. b) En relación con Efraín Pérez Cárdenas, regidor de la Municipalidad Distrital de Kimbiri En cuanto a este extremo se refi ere, el solicitante de la vacancia señala que Efraín Pérez Cárdenas incurrió en la causal de nepotismo, toda vez que ejerció injerencia directa e indirecta en el proceso de contratación de su hermano Wilfredo Pérez Cárdenas, tal como se acredita con las partidas de nacimiento que obran en autos, encontrándose, en consecuencia, dentro del segundo grado de consanguinidad. En relación a la existencia del vínculo laboral o contractual, el solicitante de la vacancia señala que Wilfredo Pérez Cárdenas, hermano del regidor Efraín Pérez Cárdenas, se desempeñó como asistente administrativo en el proyecto de fortalecimiento de capacidades para la prestación de servicios de seguridad ciudadana en los poblados de Kimbiri, tal como se demuestra con las copias de los contratos por locación de servicios, desde el 1 de marzo al 29 de diciembre de 2011. Finalmente, en cuanto a la injerencia por parte del regidor Efraín Pérez Cárdenas, se tiene que el proyecto de fortalecimiento de capacidades para la prestación de servicios de seguridad ciudadana en los poblados de Kimbiri, fue ejecutada directamente por la Municipalidad Distrital de Kimbiri; en consecuencia, la autoridad municipal tenía conocimiento de ello, y por lo tanto, tuvo injerencia directa como miembro del concejo municipal, al infl uenciar ante el gerente municipal para la celebración de los contratos celebrados en favor del hermano del antes citado, no existiendo oposición alguna. Respecto a los descargos presentados por el regidor Efraín Pérez Cárdenas El 22 de agosto de 2013, y ante el concejo municipal, el regidor Efraín Pérez Cárdenas presentó su escrito de descargos (fojas 118 a 120), bajo los siguientes argumentos: a) Wilfredo Pérez Cárdenas es, en efecto, su hermano, encontrándose en segundo grado de consanguinidad. b) Los contratos suscritos entre la entidad edil y su hermano fueron fi rmados por el gerente municipal, demostrándose que dicho funcionario fue autorizado para tal fi n y bajo responsabilidad. c) No existe documento alguno que evidencie la injerencia directa o indirecta realizada por su persona, toda vez que para que ello sea así, es necesario que se pruebe de manera real y tangible, y sin lugar a dudas, que, efectivamente, el funcionario que tiene competencia para contratar haya recibido injerencia de alguna forma para contratar a su familiar. d) Las irregularidades en las contrataciones fueron cometidas por los funcionarios de turno, quienes ejercieron sus funciones transgrediendo toda normativa legal, por lo que deberían ser denunciados por omisión de actos funcionales. e) Agrega que el solicitante de la vacancia ha presentado medios probatorios que podrían ser falsifi cados o adulterados, por lo que Francisco Gutiérrez Nalvarte, autoridad también cuestionada, ha interpuesto la correspondiente denuncia penal ante la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Ayna (San Francisco), el 24 de julio de 2013. Respecto a los descargos presentados por el actual alcalde distrital Francisco Gutiérrez Nalvarte En la misma sesión de concejo realizada el 23 de agosto de 2013, la autoridad cuestionada y hoy alcalde, presentó de manera oral sus argumentos de descargos, en los siguientes términos: a) Durante la gestión del anterior alcalde distrital, Pelayo Chávez Núñez (autroridad que fue vacada por el Jurado Nacional de Elecciones), se procedió, en efecto, a contratar a los familiares mencionados por el solicitante de la vacancia. Sin embargo, dichas contrataciones fueron realizadas por los funcionarios de la entidad edil y sin que los regidores tuvieran conocimiento de ello. b) Señala que en su calidad de regidor fue víctima, al igual que los demás regidores, de los engaños y errores producidos por el alcalde vacado Pelayo Chávez Núñez, toda vez que los familiares de los miembros del concejo distrital fueron contratados. c) Los regidores no tienen la competencia para contratar a los trabajadores, ya que dicha competencia es excluxiva del alcalde, del gerente municipal y otros funcionarios. d) La solicitud de vacancia responde a una venganza política. Respecto al trámite en el Concejo Distrital de Kimbiri En la sesión del 23 de agosto de 2013 (fojas 148 a 149), los miembros del Concejo Distrital de Kimbiri se reunieron para tratar la solicitud de vacancia presentada. En la citada sesión se acordó suspender el debate hasta el 2 de setiembre del mismo año. El día 2 de setiembre de 2013, se llevó a cabo una nueva sesión extraordinaria (fojas 141 a 147), con la fi nalidad de debatir y decidir sobre la solicitud de vacancia presentada por Mario Pérez Huamán; sin embargo, en la citada sesión, se dio cuenta de que el primer regidor y autoridad cuestionada, Efraín Pérez Cárdenas, al recibir la solicitud de vacancia, se inhibió de conocer del caso, por lo que mediante Carta N.º 001-2013- MDK/PTE, transfi rió la documentación a la regidora Norma Gonzales Enríquez, miembro de la Comisión Permanente de Asuntos Legales, la misma que se rehusó a recibir el expediente. En mérito de ello, y estando a que no se remitió el expediente de la solicitud de vacancia a la Comisión Permanente de Asuntos Legales, se acordó, en la sesión extraordinaria, del 2 de setiembre de 2013, declarar nulo todo lo actuado, disponiéndose que el primer regidor, Efraín Pérez Cárdenas, transfi era el expediente de vacancia a la regidora Norma Gonzales Enríquez, miembro de la Comisión Permanente de Asuntos Legales, con las formalidades establecidas. Respecto del pronunciamiento del Concejo Distrital de Kimbiri en relación con la causal de vacancia Teniendo en cuenta la decisión municipal, con fecha 20 de setiembre de 2013, se emitió el Informe Legal N.º 017-2013-MDK/OAI (fojas 107 a 117), elaborado por el asesor legal de la entidad edil, a la regidora Norma Gonzales Enriquez, miembro de la Comisión Permanente de Asuntos Legales. En el citado informe se sugiere a la comisión fi jar fecha para la realización de la sesión extraordinaria y/o, de lo contrario, remitir el expediente al Jurado Nacional de Eleciones, a fi n de que se resuelva la solicitud, conforme a ley. Posteriormente, mediante el Informe N.º 001-2013- MDK-COMISION ESPECIAL AD HOC REGIDORAS, del 11 de octubre de 2013 (fojas 104 a 106), elaborado por la Comisión Especial Ad Hoc Regidores, se pone en conocimiento de los miembros del concejo municipal que se ha procedido a convocar a sesión extraordinaria para tratar la solicitud de vacancia para el 14 de octubre de 2013, a fi n de que se delibere la solicitud de vacancia presentada por Mario Pérez Huamán. En efecto, con fecha 27 de setiembre de 2013, se procedió a convocar a sesión extraordinaria para el día 14 de octubre del mismo año, tal como se puede apreciar en las citaciones que obran de fojas 89 a 93. En la sesión extraordinaria, del 14 de octubre de 2013 (fojas 121 a 140), se trató la solicitud de vacancia, la cual fue resuelta de la siguiente manera: ¾ En relación con el actual alcalde distrital, Francisco Gutiérrez Nalvarte, los miembros del concejo distrital acordaron la abstención de la declaratoria o rechazó de la vacancia presentada por Mario Pérez Huamán. La votación de dicha decisión fue la siguiente: dos votos rechazando la solicitud de vacancia y cuatro abstenciones.