TEXTO PAGINA: 84
El Peruano Jueves 6 de marzo de 2014 518330 de prueba que obran en autos, los ya señalados en la presente resolución, con el fi n de que el concejo pueda determinar si las autoridades cuestionadas incurrieron en la causal de vacancia que se les imputa. 6. Finalmente, este Supremo Tribunal Electoral dispone que el Concejo Distrital de San José de Lourdes, en la sesión extraordinaria de concejo en la que se resolverá la solicitud de vacancia interpuesta en contra de los regidores Ysabel Avellaneda Vargas y Ricardo Villegas Domínguez, valore, además, la información registrada en el Portal de Transparencia económica de la página web del Ministerio de Economía y Finanzas, a través del cual se aprecia que Comercial CAMEL S.R.L. suministró bienes y servicios a la Municipalidad Distrital de San José de Lourdes, durante los años 2011, 2012, 2013, por un total de S/. 59 776,78 (cincuenta y nueve mil setecientos setenta y seis y 78/100 nuevos soles); Alvin Audias Villegas Calle, los años 2012, 2013 y 2014, por el importe total de S/. 542 912,33 (quinientos cuarenta y dos mil novecientos doce y 33/100 nuevos soles); y Magno Iván Camacho Villegas, los años 2012 y 2013, por el monto total de S/. 146 674,25 (ciento cuarenta y seis mil seiscientos setenta y cuatro y 25/100 nuevos soles). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NULO todo lo actuado en el procedimiento de vacancia seguido en contra de Ysabel Avellaneda Vargas y Ricardo Villegas Domínguez, regidores de la Municipalidad Distrital de San José de Lourdes, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de San José de Lourdes, a efectos de que renueve los actos procedimentales a partir de la convocatoria a la sesión extraordinaria de concejo y vuelva a emitir pronunciamiento respecto de los hechos imputados, conforme a lo dispuesto en los considerandos segundo, tercero y sexto de la presente resolución, exhortándose al alcalde, regidores y funcionarios de la citada entidad edil, a actuar con la debida celeridad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRVOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1057489-4 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco RESOLUCIÓN Nº 0177-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00233 COLQUEPATA - PAUCARTAMBO - CUSCO Lima, veintiocho de febrero de dos mil catorce VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Cristóbal Ccacya Ayqui, teniente alcalde de la Municipalidad Distrital de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco, al haberse declarado la vacancia de Santos Quispe Hacho, del cargo de alcalde de dicha comuna, por la causal de muerte prevista en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES El 14 de febrero de 2014, Cristóbal Ccacya Ayqui, teniente alcalde del Concejo Distrital de Colquepata, convocó a sesión extraordinaria de concejo para el 21 de febrero de 2014 (fojas 14 a 18), con la fi nalidad de tratar la vacancia del alcalde Santos Quispe Hacho por la causal de muerte, contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). En virtud de ello, conforme se aprecia del acta de la sesión extraordinaria (fojas 8 y 9), de fecha 21 de febrero de 2014, el Concejo Distrital de Colquepata aprobó, por unanimidad, la vacancia del alcalde Santos Quispe Hacho, por la causal de muerte, en tanto se verifi có el fallecimiento de la referida autoridad, acaecido el 13 de febrero de 2014, según certifi cado de defunción Nº 001217 (fojas 10 y 11). En razón de dicha declaratoria de vacancia es que el teniente alcalde Cristóbal Ccacya Ayqui, solicita que el Jurado Nacional de Elecciones deje sin efecto la credencial otorgada a Santos Quispe Hacho y proceda a convocar al accesitario correspondiente, de conformidad con lo establecido en la LOM. CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada en sesión extraordinaria por el correspondiente concejo municipal, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros. 2. En tal sentido, en vista de que se ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo antes mencionado, y se ha acreditado la causal contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, corresponde emitir las credenciales correspondientes. 3. De conformidad con el artículo 24, numeral 2, de la LOM, en caso de vacancia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde. Así, corresponde convocar a Cristóbal Ccacya Ayqui, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 42502360, como alcalde de la Municipalidad Distrital de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco. De otro lado, a efectos de completar el número de regidores de la Municipalidad Distrital de Colquepata, corresponde convocar Fortunata Pari Avendanio, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 25128763, candidata no proclamada del Movimiento Regional Qosqollay, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial del Quispicanchi, con motivo de las Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR el acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria del 21 de febrero de 2014, que declaró la vacancia de Santos Quispe Hacho, alcalde de la Municipalidad Distrital de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Santos Quispe Hacho como alcalde de la Municipalidad Distrital de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco, emitida con motivo de las elecciones municipales del año 2010. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Cristóbal Ccacya Ayqui, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 42502360, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgará la respectiva credencial. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Fortunata Pari Avendanio, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 25128763, para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Colquepata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco, para