Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2014 (06/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR la remuneracion mensual del Presidente Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA en cinco y media (5.5) Unidades de Ingreso del Sector Publico fijada para el presente ano 2014, ascendente a la suma de S/. 2,600.00 Nuevos Soles, que se otorgara a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del Ano Fiscal 2014. Articulo Segundo.- FIJAR la remuneracion mensual de la Vicepresidenta Regional en cinco (5) Unidades de Ingreso del Sector Publico fijada para el presente ano 2014, ascendente a la suma de S/. 2,600.00 Nuevos Soles, que se otorgara a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del Ano Fiscal 2014. Articulo Tercero.- FIJAR la dieta mensual de los senores Consejeros Regionales en el 30% de lo que percibe el Presidente Regional, montos que se otorgaran a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del Ano Fiscal 2014. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Administracion y a la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, en lo que les correspondan segun sus competencias. Articulo Quinto.- FACULTAR a la Secretaria del Consejo Regional efectue la publicacion del presente Acuerdo Regional en el diario oficial "El Peruano". POR TANTO: Registrese, notifiquese y cumplase. HEBERT MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1056821-1

El Peruano Jueves 6 de marzo de 2014

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban Plan de Desarrollo Regional Concertado San MORDAZA al 2021
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2013-GRSM/CR Moyobamba, 27 de diciembre del 2013 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su Titulo I, Capitulo 1, Articulo 1º proclama la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como fin supremo de la sociedad y el Estado; en su articulo 2º, numeral 2.2 establece expresamente el MORDAZA de igualdad ante la Ley, segun el cual, nadie puede ser objeto de discriminacion por razon de edad, condicion economica o social, ni de cualquier indole que afecte el pleno disfrute de sus derechos y el respeto de estos por el Estado y los particulares; siendo de interes publico y nacional su promocion y vigilancia; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2012GRSM/CR, de fecha 09 de MORDAZA del presente ano, el Consejo Regional de San MORDAZA, aprobo el inicio del

MORDAZA de actualizacion y/o formulacion del Plan Estrategico de Desarrollo Regional Concertado San MORDAZA hacia el 2021; habiendo considerado para el ello el numeral 71.1, articulo 71º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto el cual senala que las entidades, para la elaboracion de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales , deben de temar en cuanta su Plan Estrategico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) y los Planes de desarrollo Local concertados, segun sea el caso y el Plan Concertado de Desarrollo Departamental 2008 ­ 2015 de San MORDAZA ; Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley de reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que los gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; asimismo, el inciso 2 del citado articulo senala que son competentes para "Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional concertado con las municipalidades y la sociedad civil"; Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 21º, literal p), numeral 1, establece que es atribucion del Presidente Regional presentar ante el Consejo Regional el Plan de Desarrollo Regional Concertado, asimismo, en su articulo 32º, senala que la gestion del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de Mediano y Largo Plazo, asi como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con las politicas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento juridico vigente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2011PCM, de fecha 22 de junio del 2011 se aprobo el Plan Bicentenario Peru al 2021, disponiendo que las entidades conformadas del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico ajustan sus Planes Estrategicos a los objetivos estrategicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Peru hacia el 2021; con Decreto Supremo Nº 089-2011-PCM, del 29 de noviembre del 2011, se autoriza al Centro Nacional de Planeamiento Estrategico ­ CEPLAN, iniciar el MORDAZA de actualizacion del Plan Estrategico de Desarrollo Nacional, Plan Bicentenario 2021, senalando asimismo que el MORDAZA de actualizacion, se realizara mediante la coordinacion multisectorial, interinstitucional e intergubernamental; Que, mediante Nota Informativa Nº 455-2013-GRSM/ GRPyP, de fecha 10 de diciembre del 2013, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de San MORDAZA, remite el Plan de Desarrollo Regional Concertado San MORDAZA al 2021, para que el Consejo Regional lo apruebe, previa opinion de la Oficina de Asesoria Legal; Que, mediante Informe Legal Nº 970-2013-GRSM/ ORAL de fecha 11 de diciembre del 2013, la Oficina Regional de Asesoria Legal opina porque se apruebe mediante Ordenanza Regional el Plan de Desarrollo Regional Concertado San MORDAZA al 2021; Que, mediante Informe Legal Nº 094-2013-GRSM/ CR, de fecha 16 de diciembre del presente ano, el Asesor Legal Externo opina porque el Consejo Regional apruebe el Plan de Desarrollo Regional Concertado San MORDAZA al 2021; documento referente para los Planes Estrategicos Institucionales, Planes Operativos Institucionales del Gobierno Regional de San MORDAZA, Planes Sectoriales, Planes de Desarrollo concertado de los Gobiernos Locales, Mancomunidades Municipales, Planes Tematicos y los Planes de diferente naturaleza que MORDAZA elaborados en el ambito territorial del Departamento de San Martin; asimismo opina porque se encargue a la Gerencia General Regional, regular y ejecutar los procesos de monitoreo y evaluacion del cumplimiento de metas y resultados del PDRC San MORDAZA al 2021 asi como su difusion y socializacion; se recomienda que los Gobiernos Locales - provinciales y distritales ­ conformantes del sistema nacional de

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