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El Peruano Domingo 4 de mayo de 2014 522274 Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública; Que, en el marco de sus funciones, el Consejo Directivo mediante Sesión N° 14-2014 acordó aprobar la Directiva presentada por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, encargando a la Presidencia Ejecutiva emitir la Resolución correspondiente; Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva Nº 002-2014- SERVIR/GDCRSC “Directiva que regula el desarrollo del diagnóstico de conocimientos de las personas al servicio del Estado en los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública, cuyo texto en Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe), y de la Directiva en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTES CARCELÉN Presidente Ejecutivo DIRECTIVA Nº 002-2014-SERVIR/GDCRSC DIRECTIVA QUE REGULA EL DESARROLLO DEL DIAGNÓSTICO DE CONOCIMIENTOS DE LAS PERSONAS AL SERVICIO DEL ESTADO EN LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DE PRESUPUESTO PÚBLICO, PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA. I. OBJETO Disponer la implementación del Diagnóstico de Conocimientos de las personas al servicio del Estado en las Ofi cinas de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública en las entidades públicas, con el fi n de obtener información para medir las brechas de conocimientos y orientar las estrategias de capacitación a las necesidades que se identifi quen, en coordinación con sus entes rectores, sobre la base de lo establecido en la Directiva Nº 001-2010-SERVIR/GDCR. II. BASE LEGAL - Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. - Decreto Legislativo Nº 1025, que aprueba normas de capacitación y rendimiento para el Sector Público. - Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 058-2010- SERVIR-PE, que aprueba la Directiva Nº 001-2010- SERVIR/GDCR, que regula el desarrollo del Diagnóstico de Conocimientos de las personas que prestan servicios en los Sistemas Administrativos del Estado. - Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil y sus modifi catorias. - Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico. - Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. - Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. - Ley Nº 27658, Ley de Modernización de la Gestión del Estado. III. ALCANCE La presente Directiva es de aplicación y cumplimiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en adelante SERVIR, en su calidad de ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado así como de los responsables de las ofi cinas de recursos humanos. Asimismo, es de aplicación y cumplimento por los Entes de Rectores: Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, Dirección General de Presupuesto Público y Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; así como por los operadores que conforman los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Modernización de la Gestión Pública y Planeamiento Estratégico en las entidades públicas de los tres niveles de gobierno. La Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil como responsable de implementar políticas de desarrollo de capacidades y evaluación del desempeño en el marco de la gestión del rendimiento, es la unidad responsable en SERVIR de la programación y desarrollo del diagnóstico de conocimientos. IV. CARACTERÍSTICAS GENERALES El presente diagnóstico de conocimientos tiene como fi nalidad medir la brecha de conocimientos existente, defi nida como la diferencia entre lo que los operadores de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública deberían conocer para desempeñarse en los puestos que ocupan y lo que conocen actualmente. Las características del diagnóstico de conocimientos son: • Universalidad: se aplica a todos los operadores que ocupan puestos en las entidades con quienes los entes rectores de los 3 Sistemas Administrativos mantienen relación técnico funcional en: o Presupuesto Público. o Planeamiento Estratégico. o Modernización de la Gestión Pública o las funciones que haga sus veces. • Objetividad: se mide específica y precisamente los conocimientos necesarios para desempeñar las funciones identificadas para cada Sistema Administrativo de todos los operadores censados por cada Sistema Administrativo. • Pertinencia: las pruebas de conocimientos son diseñadas para medir la aptitud de las personas al servicio del Estado respecto a los requerimientos especificados para las funciones de cada Sistema Administrativo. No se evaluará conocimientos más allá de los necesarios para cumplir eficientemente con las funciones identificadas. • Transparencia: se cuida la transparencia del proceso y de sus resultados, a fi n de que permita construir confi anza y reputación sobre el proceso de fortalecimiento del Servicio Civil. • Efi ciencia: el proceso es sencillo, accesible y efi ciente, puesto que se soporta en las tecnologías de información y comunicación (TIC) para desarrollar las evaluaciones. V. PROCEDIMIENTO PARA IMPLEMENTAR EL DIAGNÓSTICO DE CONOCIMIENTOS DE LAS PERSONAS AL SERVICIO DEL ESTADO EN LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DE PRESUPUESTO PÚBLICO, PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA. 5.1 El Censo (registro de las personas que presten servicios como operadores los Sistemas Administrativos: de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública de las entidades públicas en los tres niveles de gobierno) está a cargo del Director General, Director, Jefe o responsable de la Ofi cina 1 En caso no exista este cargo en la entidad, la responsabilidad del censo recaerá en el Director General, Director, Jefe o responsable de la Ofi cina de Presupuesto Público o el que haga sus veces.