Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2014 (03/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Miercoles 3 de setiembre de 2014

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comision de servicios es el desplazamiento temporal del trabajador fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar labores que esten directamente vinculadas con los objetivos institucionales; Que, asimismo, el articulo 60º del citado Reglamento dispone que todos los desplazamientos, con excepcion de las encargaturas previstas en el Capitulo X, referido a los desplazamientos de personal, deberan ser propuestos y sustentados por el Jefe de la Dependencia en la que presta servicios el trabajador, o por el/la Primer Adjunto/a o el/la Secretario/a General, por necesidad del servicio o por las razones previstas en el articulo 101º del Reglamento Interno de Trabajo; Que, segun el documento de visto, la Oficina de Gestion y Desarrollo Humano, mediante el Informe Nº 115-2014-DP/OGDH, ha emitido su opinion favorable a fin que se otorgue la autorizacion del viaje en comision de servicios a los abogados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Defensorial de MORDAZA de la Defensoria del Pueblo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Defensorial de Tacna de la Defensoria del Pueblo y asistan como representantes de la entidad a la Reunion del III Comite de Integracion y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Peru - MORDAZA, evento que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, los dias 04 y 05 de setiembre de 2014; Que, habiendose cumplido con el procedimiento exigido por la normatividad vigente y siendo de interes institucional que los abogados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Defensorial de MORDAZA de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D5A y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Defensorial de Tacna de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D5-A, asistan como representantes de la entidad a la Reunion del III Comite de Integracion y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Peru - MORDAZA, evento que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, los dias 04 y 05 de setiembre de 2014; Con los visados de la Primera Adjuntia, de la Secretaria General y de las oficinas de Gestion y Desarrollo Humano y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; y de conformidad con lo establecido en los literales d) y p) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante Resolucion Defensorial Nº 0122011/DP; asi como a lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002PCM; de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; de acuerdo con la Directiva Nº 03-2013-DP/OAF, que regula los "Procedimientos para el requerimiento, autorizacion, pago y rendicion de cuentas por comisiones de servicio", aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 157-2013-DP/OAF; conforme a lo establecido en el literal d) del articulo 58º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 042-2010/DP, modificado mediante Resoluciones Administrativas Nº 002-2011/DP, N° 0092011/DP, N° 027-2012/DP y N° 007-2013/DP y en atencion al encargo efectuado mediante Resolucion Defensorial Nº 004-2011/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comision de servicios del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Defensorial de MORDAZA de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D5-A, a fin que participe como representante de la entidad, en la Reunion del III Comite de Integracion y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Peru - MORDAZA, evento que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, los dias 04 y 05 de setiembre de 2014. Articulo Segundo.- Los gastos que implique el viaje del referido funcionario se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional, segun el siguiente detalle: Por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios: - Pasajes Terrestre Internacional US$ 25.00 (Incluye T.U.U.A.)

Nº 0012-2011/DP se aprobo su vigente Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 008-2007/ DP se designo al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Oficina Defensorial de MORDAZA de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D5-A, a partir del 1º de marzo de 2007; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 0462010/DP se designo al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Jefe de la Oficina Defensorial de Tacna de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D5-A, a partir del 1º de enero de 2011; Que, de acuerdo al documento de visto, se comunica que los abogados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Defensorial de MORDAZA de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D5-A y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina Defensorial de Tacna de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D5-A, realizaran un viaje en comision de servicios a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, a fin de participar como representante de la entidad, en la Reunion del III Comite de Integracion y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Peru - MORDAZA, evento a realizarse los dias 04 y 05 de setiembre de 2014; Que, resulta relevante la participacion de los abogados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la Reunion del III Comite de Integracion y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Peru - MORDAZA, a fin de que participen en las Subcomisiones de Trabajo de las cuales formaran parte; Que, asimismo, conforme al documento de visto, el viaje de los abogados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA implicaran gastos al presupuesto institucional, correspondiendo que la institucion financie los gastos de pasajes y viaticos, segun lo senalado mediante Memorando Nº 499-2014-DP/OAF; Que, los articulos 2º y 3º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado que irroguen gastos al tesoro publico, y los articulos 2º y 4º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0562013-PCM, establecen que las resoluciones que autoricen los viajes deberan sustentarse en el interes nacional o institucional; e indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos del desplazamiento, viaticos y tarifa CORPAC. Asimismo, el articulo 3º de la Ley N° 27619, dispone la obligacion de publicar la referida resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", con anterioridad al viaje; Que, por otro lado, el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, senala que los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado en el caso de los Organismos Constitucionalmente Autonomos son autorizados excepcionalmente mediante resolucion del titular de la Entidad; Que, el numeral 5.2 del titulo 5 "Definiciones Basicas" de la Directiva Nº 03-2013-DP/OAF, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 157-2013-DP/OAF, que regula los "Procedimientos para el requerimiento, autorizacion, pago y rendicion de cuentas por comisiones de servicio", establece que la comision de servicios consiste en la accion de desplazamiento temporal del comisionado, fuera de la localidad o de la sede habitual de labores o donde presta sus servicios, con autorizacion del Jefe de la dependencia, para cumplir con actividades relacionadas a la ejecucion de las finalidades y/o objetivos de la Defensoria del Pueblo; Que, asimismo el numeral 6.2 del titulo 6 "Disposiciones Generales", el numeral 7.1 del titulo 7 del "Monto de los Viaticos", los numerales 8.1, 8.4, 8.5 y 8.6 del titulo 8 "Disposiciones Especificas" de la precitada Directiva, regulan los procedimientos para el requerimiento y autorizacion para viajes al exterior del territorio nacional, el mismo que debera encontrarse debidamente sustentado en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion y cumplir con los plazos, formatos establecidos y rendicion de cuentas; Que, el literal d) del articulo 58º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Administrativa Nº 042-2010/DP, modificado mediante Resolucion Administrativa Nº 002-2011/DP, Nº 009-2011/DP, Nº 027-2012/DP y Nº 007-2013/DP, en adelante Reglamento Interno de Trabajo, establece que la

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