Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2014 (03/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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- Viaticos Internacionales US$ 35.00 -------TOTAL US$ 60.00 =====

El Peruano Miercoles 3 de setiembre de 2014

Articulo Tercero.- AUTORIZAR el viaje en comision de servicios del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Defensorial de Tacna de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D5A, a fin que participe como representante de la entidad, en la Reunion del III Comite de Integracion y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Peru - MORDAZA, evento que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, los dias 04 y 05 de setiembre de 2014. Articulo Cuarto.- Los gastos que implique el viaje del referido funcionario se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional, segun el siguiente detalle: Por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios: - Pasajes Terrestre Internacional US$ 25.00 (Incluye T.U.U.A.) - Viaticos Internacionales US$ 92.00 --------TOTAL US$ 117.00 ===== Articulo Quinto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, los abogados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presentaran al Defensor del Pueblo (e), un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos producto de la comision de servicios. Asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo Sexto.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo Septimo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia de la Defensoria del Pueblo (www. defensoria.gob.pe), posteriormente a su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e) 1131331-1 RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 013-2014/DP MORDAZA, 29 de agosto de 2014 VISTO: El Informe Nº 119-2014-DP/OGDH que adjunta los memorandos, Nº 588-2014-DP/PAD y Nº 108-2014-DP/ ADHPD y el Memorando Nº 498-2014-DP/OAF, mediante el que se solicita la emision de la resolucion que autorice el viaje al exterior en comision de servicios de la abogada MORDAZA MORDAZA Cavalie Apac, a fin de que participe en calidad de representante de la institucion, en la Reunion del III Comite de Integracion y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Peru - MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Chile; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru se aprobo la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, modificada por la Ley Nº 29882 y mediante la Resolucion Defensorial Nº 0012-2011/DP se aprobo su vigente Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 030-2014/ DP se designo a la abogada MORDAZA MORDAZA Cavalie Apac, en el cargo de Jefa de Area de la Adjuntia para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D5-B, a partir del 1º de agosto de 2014; Que, de acuerdo al documento de visto, se comunica que la abogada MORDAZA MORDAZA Cavalie Apac, Jefa de Area de la Adjuntia para los Derechos Humanos y las

Personas con Discapacidad de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D5-B, realizara un viaje en comision de servicios a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, a fin de participar como representante de la entidad, en la Reunion del III Comite de Integracion y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Peru - MORDAZA, evento a realizarse los dias 04 y 05 de setiembre de 2014; Que, resulta relevante la participacion de la abogada MORDAZA MORDAZA Cavalie Apac en la Reunion del III Comite de Integracion y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Peru - MORDAZA, a fin de que participe en las sub comisiones de la "Comision de Control Integrado y Facilitacion Fronteriza", en donde se abordaran temas relacionados con los derechos a la salud, educacion, asi como politica en desarrollo y genero; Que, asimismo, conforme al documento de visto, el viaje de la abogada MORDAZA MORDAZA Cavalie Apac implicara gastos al presupuesto institucional, correspondiendo que la institucion financie los gastos de pasajes y viaticos, segun lo senalado mediante Memorando Nº 498-2014DP/OAF; Que, los articulos 2º y 3º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado que irroguen gastos al tesoro publico, y los articulos 2º y 4º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0562013-PCM, establecen que las resoluciones que autoricen los viajes deberan sustentarse en el interes nacional o institucional; e indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos del desplazamiento, viaticos y tarifa CORPAC. Asimismo, el articulo 3º de la Ley N° 27619, dispone la obligacion de publicar la referida resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", con anterioridad al viaje; Que, por otro lado, el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, senala que los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado en el caso de los Organismos Constitucionalmente Autonomos son autorizados excepcionalmente mediante resolucion del titular de la Entidad; Que, el numeral 5.2 del titulo 5 "Definiciones Basicas" de la Directiva Nº 03-2013-DP/OAF, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 157-2013-DP/OAF, que regula los "Procedimientos para el requerimiento, autorizacion, pago y rendicion de cuentas por comisiones de servicio", establece que la comision de servicios consiste en la accion de desplazamiento temporal del comisionado, fuera de la localidad o de la sede habitual de labores o donde presta sus servicios, con autorizacion del Jefe de la dependencia, para cumplir con actividades relacionadas a la ejecucion de las finalidades y/o objetivos de la Defensoria del Pueblo; Que, asimismo el numeral 6.2 del titulo 6 "Disposiciones Generales", el numeral 7.1 del titulo 7 del "Monto de los Viaticos", los numerales 8.1, 8.4, 8.5 y 8.6 del titulo 8 "Disposiciones Especificas" de la precitada Directiva, regulan los procedimientos para el requerimiento y autorizacion para viajes al exterior del territorio nacional, el mismo que debera encontrarse debidamente sustentado en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion y cumplir con los plazos, formatos establecidos y rendicion de cuentas; Que, el literal d) del articulo 58º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Administrativa Nº 042-2010/DP, modificado mediante Resolucion Administrativa Nº 002-2011/DP, Nº 009-2011/DP, Nº 027-2012/DP y Nº 007-2013/DP, en adelante Reglamento Interno de Trabajo, establece que la comision de servicios es el desplazamiento temporal del trabajador fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar labores que esten directamente vinculadas con los objetivos institucionales; Que, asimismo, el articulo 60º del citado Reglamento dispone que todos los desplazamientos, con excepcion de las encargaturas previstas en el Capitulo X, referido a los desplazamientos de personal, deberan ser propuestos y sustentados por el Jefe de la Dependencia en la que presta servicios el trabajador, o por el/la Primer Adjunto/a o el/la Secretario/a General, por necesidad del servicio o por las razones previstas en el articulo 101º del Reglamento Interno de Trabajo;

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