Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2014 (03/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Miercoles 3 de setiembre de 2014

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y publico la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Chota, departamento de MORDAZA, presentada por el partido politico El Frente Amplio por Justicia, MORDAZA y MORDAZA, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014, y declaro improcedente la inscripcion de las candidaturas de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no haber cumplido con subsanar la observacion relacionada con la licencia sin goce de haber, pues los cargos originales de solicitud de licencia sin goce de haber presentados, tienen sello de recepcion con fecha posterior al cierre de inscripciones de listas de candidatos (7 de MORDAZA de 2014), lo que incumple lo prescrito en el articulo noveno de la Resolucion N° 140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014. Sobre el recurso de apelacion

Articulo Segundo.- DISPONER que el MORDAZA Electoral Especial de Camana continue con el tramite correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1132194-1

Confirman resolucion en el extremo que declaro improcedente inscripcion de candidaturas al Concejo Provincial de Chota, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 1037-2014-JNE Expediente N° J-2014-01267 CHOTA - MORDAZA JEE CHOTA (EXPEDIENTE N° 0171-2014-027) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, uno de agosto de dos mil catorce

El 23 de MORDAZA de 2014, el personero legal titular de la organizacion politica, interpuso recurso de apelacion en contra de la Resolucion N° 0003-2014-JEE-CHOTA/JNE (fojas 2 a 3), en el extremo que declaro improcedente la inscripcion de las candidaturas de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, bajo los siguientes argumentos: - Los candidatos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitaron la licencia respectiva ante las instituciones donde laboran, con fecha 7 de MORDAZA de 2014. - Por error involuntario del personero legal se adjuntaron copias xerograficas simples de las solicitudes de licencia, sin goce de haber, con fecha posterior al 7 de MORDAZA del presente ano, cuando en realidad ya se habia agenciado MORDAZA de los cargos con dicha fecha. - Se adjuntan los dos cargos de solicitud de licencia sin goce de haber, con sello de recepcion de fecha 7 de MORDAZA de 2014. CUESTION EN DISCUSION

VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico El Frente Amplio por Justicia, MORDAZA y MORDAZA, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Chota, en contra de la Resolucion N° 0003-2014-JEE-CHOTA/JNE, de fecha 18 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Chota, en el extremo en que declaro improcedente la inscripcion de las candidaturas de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, integrantes de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Chota, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES El procedimiento de inscripcion de lista de candidatos El 7 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico El Frente Amplio por Justicia, MORDAZA y MORDAZA, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Chota, presento la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos de la referida agrupacion politica para el Concejo Provincial de Chota, departamento de MORDAZA, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014 (fojas 45 a 46). El MORDAZA Electoral Especial de Chota (en adelante JEE), mediante Resolucion N° 0002-2014-JEE-CHOTA/ JNE, de fecha 9 de MORDAZA de 2014 (fojas 41 a 43), declaro inadmisible la referida solicitud de inscripcion de la lista de candidatos, y otorgo a dicha organizacion politica el plazo de dos dias naturales, a fin de subsanar las observaciones advertidas respecto a los candidatos a regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, requiriendoseles que adjunten, en original o MORDAZA legalizada, la solicitud de licencia, sin goce de haber, ante la institucion publica en la que trabajan. Con fecha 15 de MORDAZA de 2014, el personero legal titular de la referida organizacion politica, presento su escrito de subsanacion (fojas 18 a 21), adjuntando los cargos originales de solicitud de licencia, sin goce de haber, de los candidatos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 32 y 35), ambos de fecha 15 de MORDAZA de 2014. Mediante Resolucion N° 0003-2014-JEE-CHOTA/JNE, de fecha 18 de MORDAZA de 2014 (fojas 11 y 15), el JEE admitio

A partir de lo senalado, este Supremo Tribunal Electoral considera que se debe establecer si los candidatos a regidores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han cumplido con solicitar su licencia, sin goce de haber, de conformidad con lo establecido en la norma. CONSIDERANDOS Con relacion a la solicitud de licencia sin goce de haber 1. De acuerdo con lo establecido por el articulo 8, numeral 8.1, literal e, de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM), en concordancia con el articulo 25.9 de la Resolucion N° 271-2014-JNE, Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, las organizaciones politicas deben presentar, al momento de solicitar la inscripcion de listas de candidatos, el original, o la MORDAZA legalizada del cargo de la solicitud de licencia, sin goce de haber, en el caso de los ciudadanos que deban cumplir con dicha exigencia para postular. 2. El articulo noveno de la Resolucion N° 140-2014JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, prescribe lo siguiente: "Articulo noveno.- DISPONER que los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, que soliciten licencia sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Municipales 2014, procedan de acuerdo a las siguientes disposiciones: 1. Las solicitudes de licencia deben ser presentadas por escrito ante la entidad publica correspondiente hasta el 7 de MORDAZA de 2014 (fecha de cierre de inscripcion de candidatos) y deben ser eficaces a partir del 5 de setiembre de 2014 como MORDAZA (treinta dias MORDAZA de las elecciones). 2. El original o MORDAZA legalizada del cargo de la solicitud de licencia debe ser presentado ante el MORDAZA Electoral Especial correspondiente al momento que la organizacion politica solicite la inscripcion de la candidatura respectiva." 3. Lo que se pretende con las disposiciones citadas, en abstracto y objetivamente, es salvaguardar los

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