Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2014 (05/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Viernes 5 de setiembre de 2014

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CAPITULO V Articulo 22º.- Del Taller para la MORDAZA de la propuesta de Plan de Monitoreo Ambiental Participativo 22.1 El Taller para la MORDAZA de la propuesta de Plan de Monitoreo Ambiental Participativo se llevara a cabo en el plazo MORDAZA de tres (3) meses contado desde la realizacion de la induccion. 22.2 El OEFA conducira dicho taller en castellano, debiendo contarse con la participacion de interpretes en caso el idioma o lengua predominante en el lugar en el que se realiza sea distinto del castellano. La comunicacion durante el desarrollo del taller sera realizada en un lenguaje MORDAZA y sencillo. 22.3 El representante del OEFA designado para dirigir el taller lo iniciara explicando sus objetivos y las reglas basicas aplicables para su desarrollo. 22.4 El taller se realizara en un solo dia, salvo que existan causas para su extension o postergacion. En este ultimo caso se procedera a la reprogramacion del taller. 22.5 El desarrollo del taller debera quedar registrado, salvo que por causas excepcionales no se MORDAZA podido contar con los medios necesarios para tal fin. Articulo 23º.- De la MORDAZA de la propuesta de Plan de Monitoreo Ambiental Participativo 23.1 En el Taller para la MORDAZA de la propuesta de Plan de Monitoreo Ambiental Participativo, el representante del OEFA informara lo siguiente: (i) Labores de monitoreo que realizara el OEFA en campo. (ii) Metodologia para la recoleccion de las muestras y determinacion de los puntos de monitoreo en los cuales se plantea llevar a cabo el muestreo, asi como las acciones a realizar. (iii) Metodologia que se aplicara para la evaluacion de los resultados obtenidos. (iv) Alcances de la participacion ciudadana durante las labores de monitoreo a realizarse. (v) Otros aspectos de interes. 23.2 Concluida la exposicion del representante del OEFA, se invitara a los participantes e instituciones interesadas a formular comentarios y sugerencias. Luego, el representante del OEFA invitara a los participantes a entregar la documentacion que considere relevante para la realizacion del monitoreo ambiental. 23.3 El representante del OEFA solicitara a los asistentes al taller que designen a las personas que participaran en el monitoreo ambiental a realizar. Articulo 24°.- Del contenido final del Plan de Monitoreo Ambiental Participativo 24.1 El contenido final del Plan de Monitoreo Participativo se determinara tomando en cuenta los comentarios, sugerencias y documentacion elaborados por los participantes y las instituciones interesadas. 24.2 El OEFA informara el contenido final del Plan de Monitoreo Participativo a los participantes e instituciones interesadas, con anterioridad a la realizacion del monitoreo ambiental. Para tal efecto, publicara dicho Plan en el medio de comunicacion de mayor audiencia o tiraje de la MORDAZA donde se llevara a cabo el monitoreo ambiental participativo. Adicionalmente, publicara dicho Plan en el MORDAZA web del OEFA, asi como en otros lugares o medios que permitan difundirla de manera adecuada, sin perjuicio de que pueda realizar su difusion de manera directa. CAPITULO VIII DE LA EJECUCION DEL MONITOREO AMBIENTAL PARTICIPATIVO Articulo 25°.- De la ejecucion del monitoreo ambiental participativo 25.1 La ejecucion del monitoreo ambiental participativo se llevara a cabo en el plazo MORDAZA de un (1) mes contado a partir de la realizacion del Taller para la MORDAZA de la propuesta de Plan de Monitoreo Ambiental Participativo.

DE LA INSCRIPCION EN LOS PROGRAMAS DE INDUCCION Articulo 15°.- De la inscripcion a la induccion Los ciudadanos e instituciones interesadas en participar en los monitoreos ambientales participativos deben previamente inscribirse en el programa de induccion que el OEFA organice para tal efecto. Articulo 16°.- De las modalidades de inscripcion La inscripcion para asistir a la induccion sera personal y se llevara a cabo en el lugar, fecha y hora fijada en el aviso de la convocatoria. Adicionalmente, los ciudadanos e instituciones podran inscribirse a traves del MORDAZA institucional del OEFA, o mediante otros medios que dicha entidad implemente para tal efecto. CAPITULO VI DE LA INDUCCION Articulo 17°.- De la realizacion de la induccion 17.1 El OEFA desarrollara periodicamente programas de induccion dirigidos a la ciudadania en general y a las instituciones interesadas. En dicha induccion, el OEFA informara sobre las competencias de fiscalizacion ambiental a su cargo, los lineamientos y procedimientos para la toma de muestras, entre otros temas relacionados con la ejecucion de dichas actividades. 17.2 La induccion se realizara en castellano, debiendo contarse con la participacion de interpretes en caso el idioma o lengua predominante en el lugar en el que se realiza sea distinto del castellano. Articulo 18°.- Del certificado Las personas que asistan a la induccion recibiran un certificado, el cual tendra una vigencia de dos (2) anos. Las personas que cuenten con este certificado podran participar posteriormente en el Taller para la MORDAZA de la propuesta del Plan de Monitoreo y en la ejecucion del monitoreo ambiental participativo. No resulta exigible contar con este certificado para participar en el Taller para la MORDAZA de los resultados del monitoreo realizado. CAPITULO VII DEL TALLER PARA LA MORDAZA DE LA PROPUESTA DE PLAN DE MONITOREO AMBIENTAL PARTICIPATIVO Articulo 19º.- Del Plan de Monitoreo Ambiental Participativo El Plan de Monitoreo Ambiental Participativo debera contener informacion relacionada con el objetivo del monitoreo, su ubicacion, la metodologia de monitoreo a usar, el cronograma preliminar de actividades y el numero de participantes, entre otra informacion relevante. Articulo 20º.- De la inscripcion para participar en el taller 20.1 Los ciudadanos e instituciones interesadas en participar en el Taller para la MORDAZA de la propuesta de Plan de Monitoreo Ambiental Participativo deben contar necesariamente con el certificado de asistencia a la induccion que el OEFA MORDAZA realizado para tal efecto. 20.2 La inscripcion para asistir al taller sera personal y se llevara a cabo en el lugar, fecha y hora fijada en el aviso de la convocatoria. Adicionalmente, los ciudadanos e instituciones podran inscribirse a traves del MORDAZA institucional del OEFA, o mediante otros medios que dicha entidad implemente para tal efecto. Articulo 21º.- Criterios de priorizacion Si se inscriben un numero mayor de personas al establecido en el Plan de Monitoreo Ambiental Participativo, el OEFA priorizara la participacion de quienes residan, pernocten, trabajen, presten servicios, estudien o realicen otra actividad en el area de influencia del proyecto o actividad donde se realizara el monitoreo.

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