NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (05/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 60
El Peruano Viernes 5 de setiembre de 2014 531862 digital, deducción de intereses, transparencia fi scal internacional, prácticas tributarias dañinas, prevención del uso abusivo de los tratados tributarios y documentación de precios de transferencia; Que se ha hecho extensiva la invitación para los países no miembros de la OCDE a la reunión preliminar del día 24 de setiembre de 2014, en la que se tratará el impacto del Plan de Acción BEPS en los países en vías de desarrollo como el Perú; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 006- 2014-SUNAT/500000 del 29 de agosto de 2014, resulta necesario autorizar la participación en el citado evento de los trabajadores Alberto Juan Masías Astengo, Jefe (e) de la Ofi cina de Negociaciones, Cooperación Técnica y Convenios y Giovanni Gonzalo Cerrón López, Profesional III de la Gerencia de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Alberto Juan Masías Astengo y Giovanni Gonzalo Cerrón López del 22 al 27 de setiembre de 2014, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del Artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores Alberto Juan Masías Astengo, Jefe (e) de la Ofi cina de Negociaciones, Cooperación Técnica y Convenios y Giovanni Gonzalo Cerrón López, Profesional III de la Gerencia de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, del 22 al 27 de setiembre de 2014, para que participen en la 19 Reunión Anual sobre Tratados Tributarios de la OCDE y en la reunión preliminar del día 24 de setiembre de 2014, a realizarse en la ciudad de París, República Francesa. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Alberto Juan Masías Astengo Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 1 912,48 Viáticos US $ 2 700,00 Señor Giovanni Gonzalo Cerrón López Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 1 912,48 Viáticos US $ 2 700,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional (e) 1132697-1 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 267-2014/SUNAT Lima, 3 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 229-2014-EF/15.01 de fecha 12 de agosto de 2014, el Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, remite invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, para participar en la Segunda Ronda de Negociaciones sobre Convenio para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal con Singapur, a realizarse en la ciudad de Singapur, República de Singapur, del 15 al 19 de setiembre de 2014; Que en la citada ronda de negociaciones, se expondrá la imposición a la renta en el Perú, el sistema impositivo de la República de Singapur y también el procedimiento que aplica el Perú para el intercambio de información; Que asimismo, se tratarán temas pendientes de la primera ronda de negociaciones como las defi niciones de establecimiento permanente y residencia, el tratamiento de las rentas empresariales, de personas naturales y de las empresas vinculadas, la distribución de potestades tributarias y el mecanismo de intercambio de información entre Administraciones Tributarias; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 004- 2014-SUNAT/500000 del 27 de agosto de 2014, resulta necesario autorizar la participación en el citado evento del trabajador Enrique Pintado Espinoza, Intendente (e) de la Intendencia Nacional Jurídica; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de