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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (07/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Domingo 7 de setiembre de 2014 532027 NTP 209.261:2001 ALIMENTOS COCIDOS DE RECONSTITUCIÓN INSTANTÁNEA. Inspección por muestreo. 1 ª Edición Reemplazada por la NTP-ISO 2859-2:1999 (revisada el 2013) Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP IEC 60811-1-1:2011 MÉTODOS DE ENSAYOS COMUNES PARA MATERIALES DE AISLAMIENTO Y CUBIERTA DE CABLES ELÉCTRICOS Y DE FIBRA ÓPTICA. PARTE 1-1: Métodos para aplicaciones generales. Medición de espesores y dimensiones exteriores - Ensayos para la determinación de las propiedades mecánicas. 2ª Edición NTP 208.013:2014 CACAO Y CHOCOLATE. Chocolate compuesto y relleno. Requisitos. 3 ª Edición NTP 209.261:2001 ALIMENTOS COCIDOS DE RECONSTITUCIÓN INSTANTÁNEA. Inspección por muestreo. 1 ª Edición Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Jaime Miranda Sousa Díaz e Ítalo Laca Ramos. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 1134012-1 Aprueban Normas Técnicas Peruanas de gas natural seco y bebidas alcohólicas, y dejan sin efecto 2 NTP RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 89-2014/CNB-INDECOPI Lima, 28 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048- 2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Gas natural seco y b) Bebidas alcohólicas, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron los siguientes Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) y fueron sometidos a Discusión Pública en las fechas indicadas: a) Gas natural seco, 1 PNTP, el 3 de octubre de 2013, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 días contados a partir del 26 de octubre de 2013; b) Bebidas alcohólicas, 1 PNTP, el 27 de setiembre de 2013, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60 días contados a partir del 26 de octubre de 2013; Que, habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, éstas fueron revisadas, evaluadas y aprobadas por los Comités Técnicos mencionados anteriormente, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros. RESUELVE Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP 111.011:2014 GAS NATURAL SECO. Sistema de tuberías para instalaciones internas residenciales y comerciales. 2a Edición Reemplaza a la NTP 111.011:2006 NTP 211.043:2014 BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Ron saborizado. Requisitos. 2a Edición Reemplaza a la NTP 211.043:2004 Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 111.011:2006 GAS NATURAL SECO. Sistema de tuberías para instalaciones internas residenciales y comerciales. NTP 211.043:2004 BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Ron saborizado. Requisitos Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Jaime Miranda Sousa Díaz e Ítalo Laca Ramos. Regístrese y publíquese, AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 1134012-2 Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre abrazaderas, tableros en partículas, fibra de alpaca, catéteres intravasculares y otros RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 90-2014/CNB-INDECOPI Lima, 28 de agosto de 2014