Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2014 (07/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA 7 de setiembre de 2014

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Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que mediante Directiva N° 001-2012CE-PJ, denominada "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de 2012, y sus modificatorias, se establecen normas para la organizacion y funcionamiento de la Comision Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fin de alcanzar una efectiva descongestion de expedientes. Tercero. Que por Resolucion Administrativa Nº 2452012-CE-PJ, del 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia, aplicandose dichos criterios a los organos jurisdiccionales laborales permanentes y transitorios que liquidan procesos judiciales al MORDAZA de la Ley N° 26636. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el articulo MORDAZA de dicha resolucion, se establece que las posibles necesidades de incremento de organos jurisdiccionales deberan ser cubiertas prioritariamente mediante la reubicacion y/o conversion de otros organos jurisdiccionales permanentes o transitorios, o mediante la creacion de nuevos organos jurisdiccionales siempre que se tenga el respectivo financiamiento. Cuarto. Que mediante Resolucion Administrativa N° 162-2014-CE-PJ, de fecha 7 de MORDAZA del ano en curso, se aprobaron los "Estandares de Expedientes Resueltos de los organos jurisdiccionales que se encuentran bajo la aplicacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo", con cargo a estudios posteriores. Asimismo, dicha resolucion establece que se complementa con lo dispuesto en la Resolucion Administrativa N° 245-2012-CE-PJ, del 5 de diciembre de 2012, en lo que corresponda. Quinto. Que mediante Resoluciones Administrativas Nros. 222, 226, 255 y 283-2014-CE-PJ, de fechas 27 de junio, 23 de MORDAZA y 12 de agosto de 2014, respectivamente, se dispuso la prorroga de funcionamiento hasta el 31 de los corrientes, de diversos organos jurisdiccionales transitorios de la Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA y Piura. Sexto. Que por Oficio Nº 784-2014-P-CSJLL-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, remite la propuesta del Presidente del Equipo Tecnico Distrital de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, respecto a que la 2º Sala Laboral Permanente de MORDAZA, en adicion a sus funciones, conozca procesos bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con la misma competencia territorial que tiene la 1º Sala Laboral Permanente de Trujillo. Setimo. Que la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal ha consolidado las solicitudes presentadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, realizando la evaluacion de sus propuestas en base a la informacion estadistica registrada y disponible en los Sistemas Informaticos del Poder Judicial, correspondiente al periodo de enero a junio del ano en curso. Octavo. Que, mediante Informe N° 097-2014-GOCNDP-CE/PJ, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal da cuenta de lo siguiente: a) El Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA solicita la conversion del 3º Juzgado de Trabajo Transitorio de MORDAZA como 8º Juzgado de Trabajo Permanente para la Nueva Ley Procesal del Trabajo, o en su defecto, la prorroga del mismo por ocho (8) meses; sin embargo, al observarse la baja carga procesal y resolucion de expedientes que aun mantienen tanto los Juzgados de Trabajo permanentes como el transitorio, se considera conveniente la prorroga del 3º Juzgado de Trabajo Transitorio por un plazo de dos (2) meses. b) El Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, solicita la prorroga del 5º y 23º Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios por un plazo no menor a veinte (20) meses; sin embargo, se considera conveniente prorrogar estos organos jurisdiccionales transitorios por un plazo de tres (3) meses, teniendo en cuenta su reciente conversion a la sub especialidad previsional; asi como, a lo informado mediante Oficio Nº

RESUELVE APROBAR las siguientes Corrigendums de la Normas Tecnicas Peruanas:
NTP 204.062:2009 (revisada el 2014)/COR 1:2014 BLOQUE DE PESCADO EN FILETES Y CARNE PICADA CONGELADO. Requisitos. 1ª Edicion NTP 011.119:2010/COR 1:2014 PAPA Y DERIVADOS. Papa. Definiciones y requisitos. 1ª Edicion FRUTAS. Melones. 1ª Edicion FRUTAS. Sandias. 1ª Edicion

NTP 011.014:1975/COR 1:2014 NTP 011.017:1975/COR 1:2014

NTP 011.101:1992 (revisada el 2012)/COR 1:2014 HORTALIZAS. Ajos. Requisitos. 1ª Edicion NTP 011.111:1974 (revisada el 2011)/COR 1:2014 HORTALIZAS. Vainita. 1ª Edicion NTP 011.114:1975 (revisada el 2012)/COR 1:2014 HORTALIZAS. Zapallo MORDAZA macre. 1ª Edicion NTP 011.108 1974 (revisada el 2012)/COR 1:2014 HORTALIZAS. Col crespa. 1ª Edicion NTP 011.105:1984/COR 1:2014 HORTALIZAS. Choclos. 1ª Edicion

Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Ruiloba Rossel, MORDAZA MORDAZA Sousa MORDAZA, Eldda MORDAZA MORDAZA e MORDAZA Laca Ramos. Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias 1134012-5

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Prorrogan funcionamiento de organos jurisdiccionales en diversos distritos judiciales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 296-2014-CE-PJ MORDAZA, 27 de agosto de 2014 VISTO: El Oficio N° 704-2014-GO-CNDP-CE-PJ, cursado por la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa Nº 0292008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modificatorias, se establece que la finalidad de la Comision Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; asi como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga

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