NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (07/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 44
El Peruano Domingo 7 de setiembre de 2014 532034 Artículo Tercero.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura, ejecute las siguientes acciones administrativas: a) Disponga la redistribución de expedientes principales al 7° Juzgado de Paz Letrado de Piura, a fi n que presente carga procesal sufi ciente y cumpla con la meta asignada. b) Evalúe la asignación de personal de los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia con la fi nalidad de reubicar el personal requerido a los Juzgados de Paz Letrados de Familia, entre los que podrían estar dos (2) plazas del Juzgado de Paz Letrado Mixto de la Provincia de Huancabamba, Distrito Canchaque, para lo cual deberá coordinar con la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General las acciones correspondientes Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidente de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, Jefe de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1134058-5 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 299-2014-CE-PJ Lima, 27 de agosto de 2014 VISTOS: El Ofi cio N° 275-2014-ETI-CPP-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; Ofi cios N° 4058, 4059, 4060-2014-P-CSJAN/PJ, N° 7556-2014-P- CSJCU/PJ, N° 4382-2014-P-CSJLA/PJ, N° 983-2014-P- CSJHN/PJ, N° 2273-2014-P-CSJIC/PJ, N° 127-2014-P- CSJPU/PJ y N° 1144-2014-P-CSJSM-PJ, remitidos por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Cusco, Lambayeque, Huánuco, Ica, Puno y San Martín. CONSIDERANDO: Primero. Que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Cusco, Lambayeque, Huánuco, Ica, Puno y San Martín, solicitan a este Órgano de Gobierno la prórroga y conversión de órganos jurisdiccionales transitorios, para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, sustentadas en razones de carga procesal. Segundo. Que por lo expuesto en los informes y reportes estadísticos remitidos por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Tercero. Que los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 735-2014 de la trigésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, sin la intervención del señor De Valdivia Cano, por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios, a partir del 1 de setiembre del año en curso: Hasta el 30 de setiembre de 2014 DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO • 4° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Huánuco. Hasta el 31 de octubre de 2014 DISTRITO JUDICIAL DE ICA • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Ica. DISTRITO JUDICIAL DE PUNO • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de San Román. Hasta el 30 de noviembre de 2014 DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Yungay. DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO • Juzgado Penal Liquidador Transitorio Supraprovincial Itinerante de Lauricocha - Yarowilca. Hasta el 31 de diciembre de 2014 DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH • Juzgado Penal Liquidador Transitorio Supraprovincial de la Provincia de Mariscal Luzuriaga. Hasta el 31 de enero de 2015 DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO • 2° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Huánuco. Hasta el 28 de febrero de 2015 DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH • Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Huaraz. DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO • Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de Cusco. DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE • 2° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Chiclayo. DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN • Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de San Martín en adición de funciones Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial. Artículo Segundo.- Convertir los siguientes órganos jurisdiccionales, conforme se dispone a continuación: A partir del 1 de setiembre de 2014 y hasta el 28 de febrero de 2015: DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Huamalíes, en Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio de la misma provincia y distrito judicial, en adición de funciones Juzgado Penal Liquidador; con competencia territorial en toda la Provincia de Huamalíes.