Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2014 (14/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA 14 de setiembre de 2014

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de ITSE, la cual debera ser cumplida estrictamente por el inspector o grupo inspector y el organo ejecutante. 16.8. Los funcionarios y personal de los organos ejecutantes, con independencia del regimen laboral o contractual al que pertenezcan, son pasibles de sancion administrativa por el incumplimiento de los plazos senalados en los numerales precedentes y en los demas previstos en el presente Reglamento, de conformidad con las normas sobre la materia, con independencia de las acciones civiles y/o penales que correspondan. Articulo 17.- De la calificacion de las ITSE 17.1. El organo ejecutante determinara el MORDAZA de ITSE que corresponde al objeto de inspeccion, de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento, luego de verificarse los datos proporcionados por el administrado. 17.2. Si durante la diligencia de ITSE, se identifica que por razones de complejidad le corresponde otro MORDAZA de ITSE, el inspector o grupo inspector debera emitir un informe sustentatorio, que sera puesto en consideracion del organo ejecutante para que califique el MORDAZA de ITSE que corresponde, y de ser el caso adecuarlo al respectivo procedimiento, debiendo el administrado cumplir con adicionar los requisitos establecidos para el MORDAZA MORDAZA de ITSE. En caso que la ITSE deba ser ejecutada por otro organo ejecutante, se da por finalizado el procedimiento de acuerdo al articulo 34; correspondiendo al administrado solicitar la devolucion del pago efectuado y de los documentos presentados; el cual procedera siempre que no MORDAZA inducido a la administracion a error en la calificacion. CAPITULO II DEL PROCEDIMIENTO DE INSPECCION TECNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES BASICA Articulo 18.- De la convocatoria 18.1. El organo ejecutante debera convocar a los Inspectores Tecnicos de Seguridad en Edificaciones, en un plazo que no podra exceder de dos (02) dias habiles de iniciado el procedimiento de ITSE, a fin que ejecuten la ITSE Basica Ex Post o Basica Ex Ante, segun corresponda. 18.2. Para el caso de la ITSE Basica Ex Post se debe convocar a solo un (01) Inspector. Asimismo, para el caso de la ITSE Basica Ex Ante, se debera convocar a dos (02) Inspectores Tecnicos de Seguridad en Edificaciones. Articulo 19.- De la Verificacion de las condiciones de Seguridad Declaradas y de la diligencia de ITSE 19.1. La diligencia de verificacion de condiciones de seguridad declaradas o la diligencia de ITSE, se ejecutara dentro de los tres (03) dias habiles de iniciado el procedimiento de ITSE, segun sea el caso. 19.2. A la finalizacion de la diligencia, el inspector o grupo inspector, procedera con la elaboracion y suscripcion del Informe de verificacion de condiciones de seguridad declaradas o del informe de ITSE, segun corresponda. 19.3. En caso de verificarse aspectos que representen riesgo alto o muy alto para la MORDAZA humana, el organo ejecutante debera remitir al MORDAZA Distrital o Provincial y/ o al titular de la entidad competente MORDAZA del mencionado informe, segun corresponda, en un plazo que no podra exceder de veinticuatro (24) horas, con la finalidad que adopte las acciones que el caso amerite. 19.4. El inspector o grupo Inspector debera acudir a verificar la reduccion del riesgo alto o muy alto identificado en el objeto de inspeccion, en un plazo que no podra exceder de dos (02) dias habiles contados desde la diligencia; debiendo emitir y entregar, en el mismo acto el Informe correspondiente. Articulo 20.- De la emision del informe 20.1. El inspector o grupo Inspector, segun corresponda, procedera con la elaboracion del informe de verificacion de condiciones de seguridad declaradas

las ITSE Basica, las ITSE de Detalle y las ITSE previa a evento y/o espectaculo publico de hasta tres mil (3000) espectadores. 14.2. El organo ejecutante de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el ambito de la provincia, ejecuta las ITSE Multidisciplinaria y las ITSE previa a evento y/o espectaculo publico con mas de tres mil (3000) espectadores. 14.3. El organo ejecutante de las Municipalidades Distritales de la provincia de MORDAZA, en el ambito de sus jurisdicciones, ejecuta las ITSE Basicas, las ITSE de Detalle y las ITSE previa a evento y/o espectaculo de hasta tres mil (3000) espectadores. CAPITULO III INSPECCION TECNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES UBICADAS EN LUGARES DE CARACTERISTICAS ESPECIALES Articulo 15.- De las edificaciones ubicadas en lugares estrategicos o reservados 15.1. Aquellas edificaciones que por seguridad nacional o por su naturaleza esten calificadas como estrategicos o reservados, y se encuentren exceptuados de solicitar la licencia de funcionamiento de conformidad con lo senalado en la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, Ley N° 28976, deberan cumplir con la normativa en materia de seguridad en edificaciones. Se incluye en este MORDAZA de edificacion a los puestos policiales, cuarteles militares, centros penitenciarios, o similares. 15.2. El titular de dicha entidad o la autoridad competente de la misma, debera cumplir con presentar, ante el organo ejecutante una Declaracion Jurada consignando el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad en edificaciones; no siendo necesario solicitar la ITSE. TITULO III DE LA EJECUCION DE LAS INSPECCIONES TECNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES CAPITULO I INICIO DEL PROCEDIMIENTO Y CALIFICACION Articulo 16.- De la solicitud, inicio del procedimiento y plazo maximos de ITSE 16.1. La Solicitud de ITSE es un documento de distribucion gratuita por los organos ejecutantes, en MORDAZA se consigna la informacion referente al objeto y a la diligencia de inspeccion. 16.2. El organizador y/o promotor debera solicitar la ITSE previa al evento y/o espectaculo o la VISE, segun corresponda, en un plazo que no podra ser menor a siete (07) dias habiles, MORDAZA de la fecha de la realizacion del evento y/o espectaculo. 16.3. El procedimiento de ITSE se inicia con la MORDAZA de la solicitud respectiva, debidamente suscrita, adjuntado los requisitos senalados en el MORDAZA del organo ejecutante. En el caso de la ITSE Basica Ex Post para objetos de inspeccion que ya cuenten con Licencia de Funcionamiento, se inicia con la MORDAZA de la solicitud y la respectiva Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad. 16.4. Para el caso de las ITSE Basica Ex Post el procedimiento de ITSE se inicia al dia siguiente de otorgado la Licencia de Funcionamiento por la autoridad competente. 16.5. Para el caso de las ITSE Basica Ex Ante se inicia el procedimiento de ITSE con la MORDAZA conjunta de la solicitud de licencia de funcionamiento. 16.6. El plazo MORDAZA para la finalizacion del procedimiento de las ITSE Basica es de doce (12) dias habiles, de la ITSE de Detalle y Multidisciplinaria es de treinta (30) dias habiles y de la ITSE previa a evento y/o espectaculo es de seis (06) dias habiles, los mismos que son contados desde el inicio del procedimiento. 16.7. El organo ejecutante debe hacer constar la fecha programada para la inspeccion en el formato de Solicitud

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