Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2014 (14/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA 14 de setiembre de 2014

532487
SECCION MORDAZA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos SUB TOTAL TOTAL EGRESOS 25 464 035,00 --------------------25 464 035,00 ============ 34 534 565,00 ============

y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, a propuesta de este ultimo y con sujecion a la informacion contenida en el citado Informe Conjunto; Que, en aplicacion de lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 30137, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a traves del Consejo de Defensa Juridica del Estado y el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Contabilidad Publica, han emitido los Informes Conjuntos Nºs. 01 y 02, los que contienen, la relacion de pliegos y montos comprendidos bajo los alcances senalados en el considerando precedente, sobre la base de las sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada que fueron evaluadas por la mencionada Comision Multisectorial Evaluadora de Sentencias Judiciales; Que, en el MORDAZA de lo indicado en los considerandos precedentes, mediante Oficio N° 831-2014-JUS/SG, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos presenta el proyecto de Decreto Supremo que autoriza la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 34 534 565,00), destinados al pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecucion, en el MORDAZA de la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 30137; Que, los recursos autorizados por la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 30137, provienen de los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre del ano 2013, que fueron depositados en una cuenta del Tesoro Publico por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, por lo que en aplicacion de lo establecido por la citada Disposicion Transitoria y teniendo en cuenta que se han emitido los respectivos informes conjuntos elaborados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Economia y Finanzas, resulta necesario incorporar los recursos correspondientes; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 30137, Ley que establece criterios de priorizacion para la atencion del pago de sentencias judiciales; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 34 534 565,00), destinados al pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecucion, en el MORDAZA de la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 30137, de acuerdo a lo siguiente:
INGRESOS En Nuevos Soles

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1. Los Titulares de los Pliegos Habilitados en el presente Credito Suplementario, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4.- Anexos Los Pliegos habilitados en la seccion primera y seccion MORDAZA del articulo 1 del presente dispositivo y los montos del Credito Suplementario por Pliego, se detallan en el Anexo 1 "Credito Suplementario a diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Asimismo, la relacion de sentencias judiciales a que se refiere el mencionado articulo 1, se detallan en el Anexo 2 "Sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecucion", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Los Anexos 1 y 2 MORDAZA mencionados se publican en los Portales Institucionales del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de setiembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 34 534 565,00 -------------------TOTAL INGRESOS 34 534 565,00 ============ EGRESOS En Nuevos Soles

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos SUB TOTAL

9 070 530,00 ------------------9 070 530,00 ===========

MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1137271-2

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