Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2014 (14/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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El Peruano MORDAZA 14 de setiembre de 2014

Aceptan renuncias y designan miembros de los Comites Especiales de PROINVERSION
RESOLUCION SUPREMA Nº 050-2014-EF MORDAZA, 13 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 674 concordado con el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado de las Normas con Rango de Ley que regulan la entrega en Concesion al Sector Privado de las Obras Publicas de Infraestructura y de Servicios Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, establecen que los Comites Especiales se constituyen por Resolucion Suprema; Que, el articulo 16º del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROINVERSION, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 083-2013-EF/10 de fecha 21 de marzo de 2013, dispone que los Comites Especiales son organos colegiados, integrados por tres (3) miembros, constituidos por resolucion suprema, a propuesta del Consejo Directivo de PROINVERSION; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 010-2012EF, modificada por Resolucion Suprema N° 0212013-EF, se constituyeron los Comites Especiales de PROINVERSION: PRO INTEGRACION, PRO CONECTIVIDAD Y PRO DESARROLLO, designando a la vez en tal dispositivo a los miembros integrantes, los mismos que fueron modificados por Resolucion Suprema N° 021-2013-EF; Que, mediante Resolucion Suprema N° 010-2013-EF, modificada por Resolucion Suprema N° 020-2014-EF, se constituyo el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Seguridad Energetica - PRO SEGURIDAD ENERGETICA y se designo a sus miembros; Que, el 12 de setiembre de 2014 han presentado su renuncia los siguientes miembros de los Comites Especiales de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION: MORDAZA Ortigas Cuneo, MORDAZA MORDAZA Pomareda, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, aceptandose las mismas en Sesion del Consejo Directivo de PROINVERSION de dicha fecha; Que, en la citada sesion del Consejo Directivo, se acordo recomponer los mencionados Comites Especiales, designando a sus nuevos miembros; Que, asimismo en la dicha sesion de Consejo Directivo se acordo desactivar el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Seguridad Energetica - PRO SEGURIDAD ENERGETICA, por haber concluido los procesos a su cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promocion de la Inversion Privada en las Empresas del Estado y el Reglamento de Organizacion y Funciones de PROINVERSION, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 083-2013-EF/10; y; Estando lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar las renuncias de los siguientes miembros de los Comites Especiales de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION: MORDAZA Ortigas Cuneo, MORDAZA MORDAZA Pomareda, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Modificar la constitucion del Comite Pro Conectividad, de acuerdo al siguiente detalle: - MORDAZA Titto Almora Ayona, Presidente - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Articulo 3.- Designar integrantes del Comite Pro Integracion, de acuerdo al siguiente detalle:

- MORDAZA MORDAZA Urrunaga Pasco-Font, Presidente - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Articulo 4.- Desactivar el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Seguridad Energetica - PRO SEGURIDAD ENERGETICA, por haber concluido los procesos a su cargo, dandoseles las MORDAZA a sus integrantes por los servicios prestados. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1137271-3

SALUD
Aprueban la "Guia Tecnica para la Investigacion y Control de Brotes de Enfermedad Transmitida por Alimentos"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 683-2014/MINSA MORDAZA, 12 de setiembre del 2014 Visto, el Expediente Nº 14-055560-001, que contiene los Memorandos Nºs 1167-2014-DGE-DVE-JAR/MINSA y 1294-2014-DGE-DVE-JAR/MINSA, de la Direccion General de Epidemiologia del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la proteccion de la salud es de interes publico. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el articulo 76 de la precitada Ley establece que la Autoridad de Salud de nivel nacional es responsable de dirigir y normar las acciones destinadas a evitar la propagacion y lograr el control y erradicacion de las enfermedades transmisibles en todo el territorio nacional, ejerciendo la vigilancia epidemiologica e inteligencia sanitaria y dictando las disposiciones correspondientes; Que, los numerales 1), 4) y 5) del articulo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas, en salud ambiental e inocuidad alimentaria e inteligencia sanitaria; Que, los literales a) y b) del articulo 5 del precitado Decreto Legislativo dispone que es funcion rectora del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial de Promocion de la Salud, Prevencion de Enfermedades, Recuperacion y Rehabilitacion en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; asi como "Dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales y sectoriales, (...)"; Que, el Decreto Legislativo Nº 1062, que aprueba la Ley de Inocuidad de los Alimentos tiene por objeto garantizar la inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano, a fin de proteger la MORDAZA y la salud de

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