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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (18/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 58

El Peruano Jueves 18 de setiembre de 2014 532796 Que, con el Informe Nº 35-2014-MP-FN-ETI-NCPP/ST, de fecha 10 de setiembre de 2014, la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, eleva a la Fiscalía de la Nación el diseño para la creación de plazas fi scales y Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio y Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en el marco de la implementación de la citada Ley N° 30077. Que, estando a la necesidad de creación de nuevos despachos y plazas fi scales, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, y en cumplimiento al Acuerdo Nº 3583, adoptado por unanimidad en sesión extraordinaria en Junta de Fiscales Supremos de fecha 10 de setiembre de 2014. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear las siguientes fi scalías superiores: • Tercera Fiscalía Superior Nacional Especializada Contra la Criminalidad Organizada. • Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Segundo.- Crear las siguientes fi scalías supraprovinciales: • Tercera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada. • Cuarta Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Tercero.- Crear las siguientes fi scalías provinciales: • Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Bagua, con sede en la ciudad de Bagua y con competencia en el Distrito Fiscal de Amazonas. • Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada deAbancay, con sede en la ciudad de Abancay y con competencia en el Distrito Fiscal de Apurímac, excepto las provincias de Andahuaylas y Chincheros. • Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Andahuaylas, con sede en la ciudad de Andahuaylas y competencia en las provincias de Andahuaylas y Chincheros. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Arequipa. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ayacucho. • Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Cajamarca. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Huancavelica. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Huaura. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ica, con competencia en los Distritos Fiscales de Ica y Cañete. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Junín. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la CriminalidadOrganizada de La Libertad, con competencia en los Distritos Fiscales de La Libertad y las provincias de Chiclayo, Lambayeque y Ferreñafe del Distrito Fiscal de Lambayeque. • Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Jaén, con sede en la ciudad de Jaén y competencia en las provincias de Jaén, San Ignacio y Cutervo. • Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Madre de Dios. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Piura, con competencia en los Distritos Fiscales de Piura y Sullana. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Puno. • Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de San Martín - Tarapoto, con sede en la ciudad de Tarapoto, provincia de San Martín y con competencia en el Distrito Fiscal de San Martín. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Tumbes. Artículo Cuarto.- Crear las siguientes fi scalías provinciales: • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Arequipa. • Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Cañete. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huaura. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ica. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Piura. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Puno. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Sullana. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Tumbes. Artículo Quinto.- Crear las siguientes fi scalías provinciales: • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio de Arequipa. • Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio de San Román - Juliaca, con sede en la ciudad Juliaca, provincia de San Román y competencia en el Distrito Fiscal de Puno. Artículo Sexto.- Crear las plazas fiscales para los Despachos Fiscales que se señalan en los artículos precedentes, así como en las fiscalías convertidas y fortalecidas; además, de las plazas de personal administrativo, confórmese detalla en los 05 Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Sétimo.- Facultar al Fiscal de la Nación para la distribución y/o redistribución de las plazas fi scales que conforman los Despachos creados en la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio. Artículo Octavo.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Noveno.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Amazonas, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cañete, Huancavelica, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín, Sullana y Tumbes, Presidentes de la Juntas de Fiscales Superiores delos DistritosFiscalesde Lima, Amazonas, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cañete, Huancavelica, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín, Sullana y Tumbes, Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Fiscal Superior Nacional Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Fiscal Superior Nacional Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la