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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2015 (06/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Martes 6 de enero de 2015 544014 aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR. Esta facultad no incluye la de realizar nombramientos y ceses en ninguno de los niveles hasta el Nivel F-3; y, c) Aceptar las renuncias del personal comprendido en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y del personal comprendido en el régimen laboral privado regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR, a excepción de los cargos de confi anza y la libre designación o remoción. Artículo 4.- De la observancia de los requisitos legales. La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente Resolución, comprende igualmente las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 5.- De las Unidades Ejecutoras. Los/las funcionarios/as responsables o a cargo de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, en calidad de máximas autoridades administrativas, ejercen al interior de éstas, para todos los efectos, las competencias y atribuciones previstas en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, modifi cado por la Ley Nº 29873, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi cado por los Decretos Supremos Nº 138-2012-EF, Nº 116-2013-EF, Nº 080-2014-EF y Nº 261-2014-EF, cuando dichas normas legales los refi eran. Artículo 6.- Informe sobre las actuaciones realizadas. Los/las funcionarios/as a los/las cuales se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en los artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución, están obligados a dar cuenta mensualmente a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo 7.- Notifi cación. Notifi car la presente resolución a los/las funcionarios/ as a quienes han sido delegadas facultades y atribuciones mediante la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1184322-1 RELACIONES EXTERIORES Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2015-RE Lima, 5 de enero de 2015 De conformidad con el inciso 12) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y el artículo 64º inciso a) y la Primera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos de América al señor Luis Miguel Castilla Rubio. Artículo 2°.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3°.- La fecha en que deberá asumir funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4°.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1184326-6 Disponen publicar resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2184 (2014) del Consejo Seguridad de las Naciones Unidas, sobre la situación en Somalia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0994/RE-2014 Lima, 29 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo Nº 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; Que, el 12 de noviembre de 2014, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 2184 (2014), sobre la situación en Somalia, siendo esta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo señalado en la Carta de la Organización; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones, un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2184 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, sobre la situación en Somalia, aprobada el 12 de noviembre de 2014. El texto completo de dicha resolución se encuentra publicado en el portal de Internet de la Organización de las Naciones Unidas (www.un.org). Artículo 2.- Sin carácter restrictivo, entiéndase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la Resolución 2184 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes: • Ministerio de Defensa • Ministerio del Interior