Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2015 (21/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Miercoles 21 de enero de 2015

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Descuento sobre Condiciones arbitrios A 12% Cancelacion total del Impuesto Predial anual y de los cuatro (4) trimestres de arbitrios. B 10% Cancelacion total del Impuesto Predial anual y de los cuatro (4) trimestres de arbitrios. C 8% Cancelacion total del Impuesto Predial anual y cancelacion de la cuota trimestral de arbitrios hasta la fecha de vencimiento establecida en el articulo 2° de la presente Ordenanza. D 6% Cancelacion total de los cuatro (4) trimestres de arbitrios municipales. E 5% Cancelacion de la cuota trimestral del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta la fecha de vencimiento establecida en el articulo 2° de la presente Ordenanza. Fecha limite de cancelacion Hasta 30 de enero del 2015 Hasta 27 de febrero del 2015 Hasta 27 de febrero del 2015

Que, en merito a las normas legales expuestas la Municipalidad de La MORDAZA emitio la Ordenanza N° 202-2014/MDLV, que establece las tasas por servicios publicos municipales de limpieza publica, serenazgo y parques y jardines para el ejercicio 2015, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo N° 2432-2014MML; Que, la citada Ordenanza N° 202-2014/MDLV que aprobo el regimen tributario de los arbitrios Municipales para el ejercicio 2015, establece en su articulo 6° que la periodicidad y determinacion de los arbitrios es mensual y su recaudacion se realiza con vencimiento al ultimo dia habil de los meses de febrero, MORDAZA, agosto y noviembre. Asimismo, en concordancia con ello, la MORDAZA XII del TUO del Codigo Tributario MORDAZA indicado, establece que "para efectos de los plazos establecidos en la MORDAZA tributaria deben considerarse lo siguiente: (...) b) los plazos expresados en dias se entenderan en dias habiles"; por lo que resulta necesario publicar el calendario de vencimientos; Que, el articulo 15° del TUO de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004EF, establece que el Impuesto Predial podra cancelarse ya sea al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendo pagar en este ultimo caso la primera cuota el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, en virtud a las normas legales precitadas y a la politica de la actual gestion MORDAZA, la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria, encuentra oportuno incentivar el cumplimiento puntual del pago de tributos por parte de los contribuyentes, efectuando descuentos por pagos anuales o trimestrales adelantados de Arbitrios Municipales, debiendo establecerse a su vez las fechas de vencimiento de los mencionados tributos para el ejercicio 2015; Estando a los fundamentos expuestos, contando con los pronunciamientos de la Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria, cuyos informes se detallan en el Dictamen de vistos, que forma parte integrante de la presente y en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 9° numeral 8) y 40° de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, contando con el MORDAZA por UNANIMIDAD de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2015 Articulo 1°.- Objeto y finalidad Establecer las fechas de vencimiento para el pago del impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2015; asi como el regimen de incentivos por el pronto pago de dichos tributos en el presente ejercicio. Articulo 2°.- Fechas de vencimiento Establezcase las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente cronograma: Tributo y modalidad de pago Impuesto Predial anual Impuesto predial y arbitrios trimestral - Primer trimestre - MORDAZA trimestre - Tercer trimestre - MORDAZA trimestre Fecha de vencimiento 27 de febrero del 2015 27 de febrero del 2015 29 de MORDAZA del 2015 31 de agosto del 2015 30 de noviembre del 2015

Hasta 27 de febrero del 2015 Segun cronograma de pago trimestral establecido en el Articulo 2° de la presente Ordenanza.

Articulo 4°.- Precisiones para la aplicacion y acceso a los beneficios por pronto pago. Los incentivos establecidos en la presente Ordenanza son aplicables solo al insoluto de los Arbitrios Municipales, siempre y cuando se cumpla con la cancelacion dentro de las fechas limites establecidos. La aplicacion de los descuentos del insoluto de los arbitrios se aplicara por anexo cancelado. Para todos los casos, cuando se refiere a la cancelacion del Impuesto Predial se entiende incluido dentro de este concepto el pago de los derechos de emision y distribucion respectivos. No podran acceder a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza quienes no hayan cancelado los derechos de emision correspondientes. Es requisito indispensable para acceder a los beneficios a y b, establecidos en el articulo precedente, que el contribuyente no tenga ninguna deuda tributaria respecto a ejercicios anteriores. Sin embargo, en caso de cancelar las obligaciones tributarias vencidas se encontrara apto para acceder a los precitados beneficios. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Administracion Documentaria e Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones; y, a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Segunda.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar las fechas de vencimiento establecidas en el articulo 2°, en caso que la gestion operativa de la recaudacion de los tributos asi lo amerite. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1190504-1

Articulo 3°.- Regimen de Incentivos por pronto pago Los contribuyentes podran acceder voluntariamente a los incentivos por pronto pago que establece la presente ordenanza, aplicandose el descuento al insoluto del monto de los arbitrios municipales segun las siguientes condiciones y fechas limites de cancelacion:

Establecen beneficios tributarios a favor de contribuyentes del distrito por deudas tributarias vencidas
ORDENANZA N° 206-2015/MDLV La MORDAZA, 16 de Enero del 2015

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