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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2015 (30/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Viernes 30 de enero de 2015 545857 modi fi catoria y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1°.- APROBACIÓN DE UNA NUEVA VERSIÓN DEL PDT PLANILLA ELECTRÓNICA – PLAME, FORMULARIO VIRTUAL Nº 0601 Apruébese el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601 – Versión 2.8, a ser utilizada por: a) Los sujetos obligados a que se re fi ere el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2011/SUNAT para cumplir con la presentación de la PLAME y la declaración de los conceptos referidos en los incisos b) al s) del artículo 7° de la mencionada resolución, con excepción del concepto señalado en el inciso q), a partir del periodo enero de 2015. b) Aquellos sujetos que se encontraran omisos a la presentación de la PLAME y a la declaración de los conceptos b) al s) del artículo 7° de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2011/SUNAT por los periodos tributarios de noviembre de 2011 a diciembre de 2014, o deseen recti fi car la información correspondiente a dichos periodos. El PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601 – Versión 2.8 está a disposición de los interesados en SUNAT Virtual a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución y será de uso obligatorio a partir del 1 de febrero de 2015. Artículo 2°.- APROBACIÓN DE UNA NUEVA VERSIÓN DEL FORMULARIO VIRTUAL Nº 616 – PDT TRABAJADORES INDEPENDIENTES Apruébese el Formulario Virtual Nº 616 – PDT Trabajadores Independientes – Versión 1.6, a ser utilizada a partir del periodo enero de 2015 por los sujetos que se encuentran obligados a utilizarlo para presentar la declaración y el pago mensual del impuesto a la renta de cuarta categoría, así como los que se encuentren omisos o deseen recti fi car su declaración. El Formulario Virtual Nº 616 – PDT Trabajadores Independientes – Versión 1.6 estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual a partir del 1 de febrero de 2015 y es de uso obligatorio a partir de dicha fecha. Artículo 3°.- SUSTITUCIÓN DE DOS RUBROS DE LA TABLA 22 DEL ANEXO 2 – TABLAS PARAMÉTRICAS DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA Sustitúyase los rubros “SUBSIDIOS POR MATERNIDAD” y “SUBSIDIOS DE INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD” identi fi cados respectivamente con los códigos 0915 y 0916 en la Tabla 22: ”Ingresos, Tributos y Descuentos” del Anexo 2 de la Planilla Electrónica, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 121-2011-TR y normas modi fi catorias, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIALa presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional TABLA 22: “INGRESOS, TRIBUTOS Y DESCUENTOS” CÓ- DIGODESCRIP- CIÓN DE LOS INGRESOS, TRIBUTOS Y DESCUEN- TOSEMPLEADOR TRABAJADOR PENSIONISTA ESSALUD SEGURO REGULAR TRABA- JADORESSALUD - CBSSP - SEG TRAB PES- QUEROESSALUD SEGURO AGRARIO / ACUI- CULTORESSALUD SCTRIMPUESTO EXTRAORD. DE SOLIDA- RIDAD (8)FONDO DERECHOS SOCIALES DEL ARTISTASENATISISTEMA NACIONAL DE PEN- SIONES 19990SISTEMA PRIVADO DE PEN- SIONESFONDO COMPL DE JUBIL MIN, MET Y SIDER (1)RÉG.ESP. PEN- SIONES TRAB. PES- QUERORENTA 5TA CATE- GORÍA RETEN- CIONESESSALUD SEGURO REGULAR PENSIO- NISTACONTRIB. SOLIDARIA ASISTENCIA PREVIS. (…) 0915SUBSIDIOS POR MATER-NIDADNO NO NO SI NO NO NO NO SI NO SI NO NO NO 0916SUBSIDIOS DE INCAPA-CIDAD POR ENFER-MEDADNO NO NO SI NO NO NO NO SI NO SI NO NO NO 1194327-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tarapoto RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 271 3U0000/2015-000060 Tarapoto, 26 de enero del 2015 Visto, el Memorándum Electrónico SIGED N°0001- 2015-3U0000, sobre cumplimiento de requisitos para la designación de auxiliares coactivos. CONSIDERANDO:Que, a fi n de mantener la operatividad del Departamento de Recaudación y Contabilidad de la Intendencia de Aduana de Tarapoto, es necesario designar un nuevo Auxiliar Coactivo, y dejar sin efecto la designación antes efectuada; Que, el Artículo 4° de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT, ha facultado a los Intendentes de Aduanas desconcentradas a designar mediante Resolución de Intendencia a los trabajadores que se desempeñen como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de su jurisdicción; Que, el Artículo114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N°133-2013-EF y modi fi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el Abogado HITLER ROSILLO VALLEJOS con Reg. 7667 reúne los requisitos para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo, señalados en el Art. 114ª del T.U.O. del Código Tributario antes citado, quien ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario en mención, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N°216-2004/SUNAT, ha facultado entre otros, a los Intendentes de Aduanas Desconcentradas a designar mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 216-2004-SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tarapoto del CPC ORLANDO JOSE HURTADO VALLE.