Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2015 (30/01/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

545846
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-PCM; en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PCM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesion Nº 02-2015. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar no la lugar la solicitud de nulidad planteada por Kallpa Generacion S.A. contra la Resolucion Nº 242-2014-OS/CD por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Incorporese el Informe Nº 049-2015GART, como parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- La presente resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada junto con al Informe a que se refiere el articulo 2º precedente, en la pagina Web de Osinergmin: www. osinergmin.gob.pe. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

El Peruano Viernes 30 de enero de 2015

1195070-3

Disponen publicar proyecto de resolucion que aprueba el MORDAZA Procedimiento Tecnico COES PR-30 "Valorizacion de las Transferencias de Potencia y Compensaciones al Sistema Principal y Sistema Garantizado de Transmision" y la modificacion del "Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COES - SINAC" en el MORDAZA de internet de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 021-2015-OS/CD
MORDAZA, 27 de enero de 2015 VISTOS La propuesta presentada por el COES SINAC, mediante carta COES/D-586-2014, para aprobar el MORDAZA Procedimiento Tecnico COES PR-30 "Valorizacion de las Transferencias de Potencia y Compensaciones al Sistema Principal y Sistema Garantizado de Transmision" y la modificacion del "Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COESSINAC", y la propuesta considerando la subsanacion de observaciones, presentada mediante carta COES/D-7372014. CONSIDERANDO Que, el literal c) del numeral 3.1 del Articulo 3º de la Ley Nº 27332, "Ley MORDAZA de Organismos Reguladores", senala que la funcion normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad de dictar en el ambito y materia de sus respectivas competencias, entre otros, reglamentos y normas tecnicas. En tal sentido, el Articulo 21º del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, precisa que corresponde a Osinergmin dictar de manera exclusiva y dentro de su ambito de competencia, reglamentos y normas de caracter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones. Estos reglamentos y normas podran definir los derechos y obligaciones de las entidades y de estas con sus usuarios; Que, de conformidad con el Articulo 14º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº

001-2009-JUS, las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitiran que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Articulo 25º del Reglamento General de Osinergmin, no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, en atencion a lo senalado en el considerando precedente, corresponde publicar el proyecto de resolucion que aprueba el MORDAZA Procedimiento Tecnico COES PR-30 "Valorizacion de las Transferencias de Potencia y Compensaciones al Sistema Principal y Sistema Garantizado de Transmision" y la modificacion del "Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COES-SINAC", para la recepcion de comentarios y sugerencias por parte de los interesados, de acuerdo con lo establecido en las normas citadas en los considerandos precedentes; Que, finalmente se ha emitido el Informe Tecnico Nº 035-2015-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe Legal Nº 034-2015GART de la Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832, "Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica"; en el Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema (COES), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2008-EM, en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General"; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesion Nº 02-2015. SE RESUELVE Articulo 1º.- Disponer la publicacion, en el MORDAZA de internet de Osinergmin www2.osinergmin.gob. pe, del proyecto de resolucion que aprueba el MORDAZA Procedimiento Tecnico COES PR-30 "Valorizacion de las Transferencias de Potencia y Compensaciones al Sistema Principal y Sistema Garantizado de Transmision" y la modificacion del "Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COES-SINAC", conjuntamente con su exposicion de motivos, el Informe Tecnico Nº 035-2015-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe Legal Nº 034-2015-GART de la Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Definir un plazo de quince (15) dias calendario contados desde el dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de Osinergmin, ubicada en la Avenida Canada Nº 1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico Nº 2240491, o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: PRCOES@ osinergmin.gob.pe. La recepcion de las opiniones y sugerencias en medio fisico o electronico, estara a cargo de la Sra. MORDAZA MORDAZA Gushiken Teruya. En el ultimo dia del plazo, solo se podran remitir comentarios hasta las 06:00 p.m. Articulo 3º.- La presente resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

1195070-4

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.