Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2015 (26/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

547536
Nombres y Apellidos Dias Monto Diario US$ 370 370 Viaticos US$ 740 740 Total S/. 2,279.94 2,279.94

El Peruano Jueves 26 de febrero de 2015

Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02 MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA Total MORDAZA de cambio, segun BCR US $ 3.081 MORDAZA Sanjines 02

US$ 2,960.00 S/. 9,119.76

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes a su retorno al MORDAZA, los comisionados presentaran al Consejo Regional un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado, asimismo la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo Cuarto.- Alcanzar el presente Acuerdo a Gerencia General Regional para que dispongan las acciones administrativas para su implementacion. Articulo Quinto.- Disponer, la publicacion del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. HERMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional 1204298-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate 2015
ORDENANZA Nº 372-MDA Ate, 9 de febrero de 2015 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, visto el Informe Nº 0042015-ST-CODISEC/MDA de la Secretaria Tecnica del Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate de fecha 30 de enero de 2015, el Proveido Nº 337-2015-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º, modificada por la Ley Nº 28607 de Reforma Constitucional del Cap. XIV del Titulo IV, reconoce a las Municipalidades como organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana Nº 27933 tiene por objeto el proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantias individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y juridicas, sin excepcion, que conforman la Nacion Peruana; para ello establece que el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) y los otros sistemas administrativos y funcionales del Estado coadyuvan a garantizar la seguridad ciudadana participando en los procesos y acciones que de MORDAZA se deriven. Componen el citado sistema, entre otros, los Comites Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC); Que, conforme al articulo 13º del citado dispositivo los Comites Regionales, Provinciales y Distritales son los

encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, asi como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el MORDAZA de la politica nacional disenada por CONASEC; Que, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2014-IN expresa en su articulo 46º, que los planes son los instrumentos de gestion que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ambitos provincial y distrital con un enfoque de resultados. Contienen un diagnostico del problema y establece una vision, objetivos estrategicos y especificos, actividades, indicadores, metas y responsables. Se elaboran en concordancia con los objetivos estrategicos contenidos en las politicas nacionales y regionales de caracter multianual. Estos planes se ajustan trimestralmente, de acuerdo al analisis del MORDAZA de ejecucion y de los resultados obtenidos mediante la aplicacion de los respectivos indicadores de desempeno; Que, el articulo 47º, in fine, del reglamento establece que ademas de su aprobacion por los Comites Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberan ser ratificados por los Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales y por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales, segun corresponda, a efectos de su obligatorio cumplimiento como politicas regionales, provinciales y distritales. De manera concordante, el articulo 30º, literal e; precisa que como Secretaria Tecnica del CODISEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, o el organo que haga sus veces, tiene como funcion, entre otros, el presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificacion mediante Ordenanza Municipal; Que, en tal sentido, con Informe Nº 004-2015-STCODISEC/MDA el Secretario Tecnico del CODISEC de Ate remite el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate 2015, aprobado en sesion extraordinaria del Comite realizada el 30 de enero de 2015, a efectos de que sea ratificado por el Concejo Municipal mediante Ordenanza, conforme establece el reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, expresando que el documento asi aprobado y ratificado, debe ser entregado MORDAZA del 10 de febrero del 2015 tanto a la Secretaria Tecnica del CORESEC de MORDAZA Metropolitana como a la Direccion General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior; Que, mediante Proveido Nº 337-2015-MDA/A el Despacho de Alcaldia remite el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate 2015 alcanzado por el Secretario Tecnico del CODISEC a fin de que sea puesto en conocimiento del pleno y actue este conforme a su competencia; Que, el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate 2015, obedece a la necesidad de contar con un instrumento de gestion interinstitucional para reducir la violencia y la inseguridad desde una optica integral, multisectorial, dentro del MORDAZA de las politicas del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y en concordancia con la Ley 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Tiene por finalidad plantear una estrategia de lucha contra la inseguridad ciudadana en Ate, con la participacion activa y coordinada de la sociedad civil, la Municipalidad, Policia Nacional del Peru y otras Instituciones Publicas y Privadas a traves del Comite Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC); Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por mayoria de los senores regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE ATE 2015 Articulo 1º.- RATIFICAR el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate 2015 aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a la Secretaria de la Secretaria de Imagen Institucional y Comunicaciones, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de

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