Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2015 (09/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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El Peruano Jueves 9 de julio de 2015

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean la unidad orgánica denominada "Unidad de Gestión de Despacho Judicial", como órgano de línea del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 089-2015-CE-PJ
Lima, 26 de febrero de 2015 VISTOS: El Oficio N° 002-2015-GTP-CE/PJ e Informe N° 002-2015-GTP-CE/PJ-(PN) presentados por el doctor Giammpol Taboada Pilco, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; así como la propuesta presentada por el doctor Víctor Ticona Postigo, Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, relacionados a establecer un área para la gestión del despacho judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que la gestión judicial comprende toda la actividad organizacional administrativa, que valiéndose de otras disciplinas tiene como principal objetivo la modernización total del Poder Judicial en las distintas áreas que la conforman, con tal propósito comprende un conjunto de políticas estratégicas y planes operativos que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías y criterios de gestión, impulsan el rediseño de la organización de este Poder del Estado. Segundo. Que la gestión de despacho judicial, en específico, comprende el conjunto de medidas de carácter instrumental que sirven directamente de soporte y apoyo a la función jurisdiccional; encontrándose orientadas a la efectivización de los principios de celeridad procesal, economía del proceso, eficiencia y simplificación administrativa. Tercero. Que para lograr mejoras en la gestión judicial, principalmente del despacho judicial, es preciso identificar las actividades a desarrollar según las necesidades que se advierten en el trámite judicial, tomando en cuenta el sistema bajo el cual se viene ejecutando, la forma de funcionamiento, los roles que cumple el personal, los procedimientos que se siguen para la elaboración de los documentos; así como para cada tarea administrativa. Cuarto. Que, muchas de las propuestas que incentivan mejoras en la gestión del despacho judicial han sido asumidas por los órganos de línea de la Gerencia General del Poder Judicial (entre ellas, las Gerencias de Informática, Servicios Judiciales y Recaudación, entre otras); sin embargo, no todos los proyectos han sido canalizados oportunamente para su discusión ante el Consejo Ejecutivo, quedando postergadas varias iniciativas. Ello es comprensible debido a la gran y variada afluencia de temas a cargo de la Gerencia General; de tal manera que las necesidades urgentes posponen el tratamiento de los proyectos antes enunciados. Quinto. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, como órgano responsable de autorizar las políticas y medidas de gestión judicial, necesita estar premunido en forma permanente de un sistema de información directo sobre las propuestas técnicas que sobre este punto vienen trabajando los órganos de línea de la Gerencia General (Gerencias y Sub Gerencias), permitiéndole un conocimiento oportuno para su supervisión y control. Sexto. Que conforme lo establece el artículo 82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponde al Consejo Ejecutivo adoptar acuerdos y demás medidas para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; por ello resulta pertinente crear dentro de la estructura orgánica del Consejo Ejecutivo el área denominada "Unidad de Gestión de Despacho Judicial, la cual estará orientada a brindar única y exclusivamente un servicio de orden administrativo que facilite la supervisión y control por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de las iniciativas, incluidas las propias, orientadas a obtener la

óptima funcionalidad de los órganos jurisdiccionales en sus distintas especialidades y la consiguiente resolución eficaz y eficiente de su carga procesal. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 3142015 de la décima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, Lecaros Cornejo, Escalante Cárdenas y Taboada Pilco; sin la intervención de los señores De Valdivia Cano y Meneses Gonzáles por encontrarse de licencia, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear la unidad orgánica denominada "Unidad de Gestión de Despacho Judicial", como órgano de línea del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. De la Implementación de la Unidad.· Integrantes.- La Unidad de Gestión de Despacho Judicial estará integrada por un Jefe de Unidad, 1 Coordinador, 2 Analistas y 2 Administrativos. · Plazas.- Serán reasignadas de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. El Gerente General deberá elevar un informe al Consejo Ejecutivo identificando las plazas que se reubicarán a la nueva Unidad, con indicación si tiene titular o encargado. De la finalidad.La nueva Unidad responderá al Plan de Modernización de la Justicia en el Poder Judicial. Estará en estricta coordinación con los órganos de línea de la Gerencia General del Poder Judicial, a fin de lograr la reingeniería de los procesos de mejoras, eliminación de cuellos de botella y un flujo adecuado de los expedientes, entre otros. De los objetivos.· Conseguir que los órganos jurisdiccionales dispongan de forma ágil toda la información necesaria para desarrollar su labor con eficacia. · Garantizar el derecho a los ciudadanos a relacionarse con la administración de justicia (medios electrónicos). · Conseguir la mejora en la organización del trabajo en los órganos judiciales y administrativos. · Facilitar la adopción de decisiones de política judicial. · Eliminación de cuellos de botella. · Flujo adecuado de expedientes. · Optimizar la mejora continua de los despachos judiciales. Artículo Segundo.- Designar al doctor Giammpol Taboada Pilco como Consejero Coordinador de la Unidad de Gestión de Despacho Judicial, quien será el enlace entre el Consejo Ejecutivo y la nueva unidad. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina de Productividad Judicial, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente

1260580-1

Establecen que la Unidad de Gestión de Despacho Judicial constituye un órgano de apoyo del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 216-2015-CE-PJ
Lima, 30 de junio de 2015

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