Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2015 (09/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Jueves 9 de julio de 2015

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VISTO: La Resolución Administrativa N° 044-2013-CE-PJ; el Informe N° 018-2015-ADM-SSA-NCPP-CSJLI/PJ; el Informe N° 197-2015-SERNOT-UE-LIMA-USJ-CSJLI-PJ; el Oficio N° 734-2015-USJ-CSJLI-PJ; y, el Oficio N° 8552015-USJ-CSJLI-PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 37-2015-C-SSA-NCPPCSJLI/PJ la Coordinadora del Subsistema Anticorrupción solicita la expedición de una Resolución Administrativa que disponga la creación e implementación de las casillas judiciales físicas en la sede judicial Carlos Zavala Loayza y la aprobación del Protocolo de Atención al Público para su funcionamiento; Que, la creación de casillas judiciales tiene como finalidad instaurar mecanismos idóneos de seguridad que garanticen la recepción de las notificaciones por parte de los encargados de administrar las Oficinas de Casillas Judiciales y su oportuna entrega a los abogados, representantes facultados para ello, con el propósito de coadyuvar a la consecución de los principios de celeridad y economía procesal; Que, la sede judicial Carlos Zavala Loayza donde tiene competencia el Servicio de Notificaciones de esta Corte Superior de Justicia, estará a cargo de la Coordinación de dicha Unidad Operativa, siendo la Oficina de Casillas Judiciales el lugar físico destinado para la recepción de las notificaciones de las resoluciones de los procesos seguidos ante el Sub Sistema Anticorrupción del Nuevo Código Procesal Penal (Salas y Juzgados), las Salas Penales Especiales Liquidadoras Anticorrupción que tramitan con el Código de Procedimientos Penales; y otras notificaciones emitidas por los órganos jurisdiccionales que se encuentren dentro del radio urbano del Distrito de Lima Cercado, establecido por la Resolución Administrativa N° 027-CED-CSJLI/PJ Que, la notificación realizada a través de las Casillas Judiciales resulta beneficiosa para los justiciables, en tanto otorga seguridad para la oportuna recepción y conocimiento de las actuaciones judiciales, permitiendo además racionalizar recursos económicos en dicho ámbito jurisdiccional y administrativo de esta Corte Superior; por lo que resulta conveniente su creación; Que, mediante Resolución Administrativa N° 3782010-CE-PJ de fecha 16 de noviembre de 2010 el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba la Directiva N° 0082010-CE-PJ, estableciendo el Procedimiento para la Administración de las Oficinas de Casillas Judiciales y uso de apartados judiciales en las diferentes sedes judiciales del ámbito nacional; debiendo tener presente que la implementación de Casillas Judiciales en dicha sede judicial es sin perjuicio del uso de las Casillas Electrónicas cuando este servicio se encuentre totalmente implementado en esta Corte Superior de Justicia; Por tales fundamentos, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, RESUELVE: Artículo Primero.- Crear e implementar la Oficina de Casillas Judiciales físicas Gratuitas en la sede judicial Carlos Zavala Loayza, cuyo funcionamiento estará a cargo de la Coordinación del Servicio de Notificaciones de Lima ­ SERNOT U.E. Lima, que recepcionará las notificaciones de la resoluciones de los procesos seguidos ante el Sub Sistema Anticorrupción del Nuevo Código Procesal Penal (Salas y Juzgados), las Salas Penales Especiales Liquidadoras Anticorrupción que tramitan los procesos con el Código de Procedimientos Penales; y otras notificaciones emitidas por los órganos jurisdiccionales que se encuentren dentro del radio urbano del Distrito de Lima Cercado, establecido por la Resolución Administrativa N° 027-CED-CSJLI/PJ. Artículo Segundo.- La Oficina de Casillas Judiciales físicas Gratuitas se encuentra ubicada en el Jr. Manuel Cuadros 182-204 ­ Lima, del Edificio Carlos Zavala Loayza, asimismo el rango de las Casillas que se habilitarán para dicha sede abarca desde el 31,001 al 34001; y, su administración está regulada conforme al "Procedimiento para la Administración de la Oficina de Casillas Judiciales y Uso de Apartados Judiciales en las diferentes sedes

VISTA: La propuesta presentada por el señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para establecer que la coordinación que efectuará la Unidad de Gestión de Despacho Judicial se realice con la Presidencia de éste Órgano de Gobierno. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 089-2015-CE-PJ, de fecha 26 de febrero del presente año, se dispuso la creación de la Unidad de Gestión de Despacho Judicial como órgano de línea del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con la finalidad de lograr mayor eficacia en el tratamiento de propuestas relacionadas a las labores de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial. Segundo. Que, a fin de propender a una relación más fluida entre la mencionada unidad orgánica y el Consejo Ejecutivo, resulta necesario que las coordinaciones que se efectúen se realicen a través de su Presidencia; así como precisar que la referida dependencia constituye un órgano de apoyo de este Órgano de Gobierno. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 857-2015 de la trigésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer que la Unidad de Gestión de Despacho Judicial constituye un órgano de apoyo del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; modificándose en este extremo el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 089-2015-CE-PJ, de fecha 26 de febrero de 2015. Artículo Segundo.- Disponer que la coordinación entre la Unidad de Gestión de Despacho Judicial y el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se efectuará a través del Presidente de este Órgano de Gobierno; a quien se le delega facultades para dictar medidas complementarias en cuanto a personal, infraestructura, bienes y otros recursos que se necesiten para el adecuado funcionamiento de la dependencia de reciente creación. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto el artículo segundo de la mencionada Resolución Administrativa N° 089-2015CE-PJ. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la magistratura del Poder Judicial, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fones pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente

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CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Crean e implementan la Oficina de Casillas Judiciales físicas Gratuitas en la sede judicial Carlos Zavala Loayza de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 332 -2015-P-CSJLI/PJ
Lima, 7 de julio de 2015

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