Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2015 (11/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Sábado 11 de julio de 2015

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Vistos, los Informes Nº 032 y 033-2015-SERVIR/ GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; y, el Informe Legal N° 143-2015SERVIR/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, CONSIDERANDO: Que, con Decreto Legislativo N° 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la atribución normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil establece que la presente Ley y su Reglamento establecen las reglas, procesos y metodologías que deben seguir las entidades seleccionadas para el traspaso al régimen del Servicio Civil; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 160-2013-SERVIR-PE se aprobó, previo acuerdo del Consejo Directivo, los Lineamientos para el Tránsito de una Entidad Pública al Régimen del Servicio Civil ­ Ley N° 30057, estableciendo cuatro pasos en la ruta para pasar al nuevo régimen: 1. Preparación de la entidad, 2. Análisis situacional de la entidad, 3. Aplicación de mejoras internas, y 4. Implementación del nuevo régimen; Que, mediante Informe Nº 032-2015-SERVIR/GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en coordinación con la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil propone la aprobación de la Directiva "Normas para la aplicación del Dimensionamiento de las Entidades Públicas", del Manual para el Dimensionamiento de las Entidades Públicas, así como la modificación de los Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil formalizados con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 160-2013-SERVIR-PE; Que, asimismo, con Informe N° 033-2015-SERVIR/ GDSRH la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos conjuntamente con la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, propone la modificación de la Guía de Mapeo de Puestos aprobada por el Consejo Directivo y formalizada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 106-2014-SERVIR-PE; Que, resulta necesario que las entidades públicas cuenten con reglas claras y actualizadas que les permitan determinar la dotación sobre la base de las mejoras de sus procesos, para brindar bienes y servicios de manera eficaz y eficiente a los ciudadanos, en el marco de la implementación del proceso de tránsito al nuevo régimen del servicio civil; Que, el Consejo Directivo en la Sesión N° 0232015 aprobó la Directiva "Normas para la aplicación del Dimensionamiento de las Entidades Públicas" presentada por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil así como la modificación de los "Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil" y de la "Guía de Mapeo de Puestos", encargando al Presidente Ejecutivo emitir la Resolución correspondiente; Que, asimismo, el Consejo Directivo en la Sesión N° 023-2015, delegó en el Presidente Ejecutivo la aprobación del "Manual para el Dimensionamiento de las Entidades Públicas"; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1023, la Ley N° 30057 ­ Ley del Servicio Civil, la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General y de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias y en uso de la función delegada por el Consejo Directivo en la Sesión N° 023-2015; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Formalizar la aprobación de la Directiva N° 001-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para

de telecomunicaciones las que conocen de manera directa y detallada la forma en la que se encuentran estructuralmente organizadas; el tipo, marca o serie de sus equipos, software, programas o sistemas internos; así como los procedimientos que tienen implementados a fin de garantizar, entre otras cosas, la continuidad de los servicios que prestan. Teniendo en cuenta ello, podemos concluir que a lo largo de la evaluación realizada en el presente PAS, se ha respetado el derecho al debido procedimiento de TELEFÓNICA toda vez que se ha brindado la posibilidad que ofrezca los medios probatorios de manera física y a través del SISREP; se han valorado los medios probatorios presentados por la empresa operadora de manera adecuada e individualizada (caso por caso), y finalmente, TELEFÓNICA ha tenido a lo largo del procedimiento, la oportunidad de presentar las pruebas que consideraba idóneas para sustentar su posición, considerando que en este tipo de procedimientos no existen etapas preclusorias que limiten la actividad probatoria. En tal sentido, esta instancia considera que no se ha vulnerado el Principio de Predictibilidad ni Imparcialidad en la medida que la decisión emitida ha sido consistente y orientada a exigir los elementos de prueba adecuados para acreditar aquellos eventos que constituyen caso fortuito, fuerza mayor u otra circunstancia fuera del control de la empresa operadora, que genere interrupciones a los servicios de telecomunicaciones. POR LO EXPUESTO, de conformidad con la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideración parcial presentado por TELEFÓNICA MÓVILES S.A. (hoy TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.), en consecuencia, CONFIRMAR el artículo 1º de la Resolución de Gerencia General Nº 046-2015-GG/OSIPTEL, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Comunicación Corporativa del OSIPTEL la notificación de la presente Resolución a la empresa TELEFÓNICA MÓVILES S.A. (hoy TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.) Regístrese y comuníquese. JORGE ANTONIO APOLONI QUISPE Gerente General 1260933-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Formalizan aprobación de la Directiva "Normas para la aplicación del Dimensionamiento de las Entidades Públicas", la modificación de numeral y cuadro de los "Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil", y de sección de la "Guía de Mapeo de Puestos", y aprueban el "Manual para el Dimensionamiento de las Entidades Públicas"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 200-2015-SERVIR/PE Lima, 9 de julio de 2015

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