Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2015 (11/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Sábado 11 de julio de 2015

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Gráfico 4. Identificación de puestos con nombre distinto, pero funciones similares

Unidad orgánica
Subjefatura de Logística

Nombre del puesto
Analista de procesos compras

Régimen laboral / Modalidad contractual
D.Leg. 1057 - CAS

Funciones
-Gestionar los procesos de contratación -Realizar informes mensuales de ejecución

Subjefatura de Logística

Analista de contrataciones

D.Leg. 1057 - CAS

-Gestionar los procesos de contratación -Realizar informes mensuales de ejecución

ANALISTA DE

No sólo será necesaria la estandarización del nombre del puesto sino que, además, deberá modificarse también el dato sobre la cantidad de puestos.

La importancia de la estandarización del "Nombre del puesto" radica en el hecho de que ese dato continuará siendo empleado en las siguientes herramientas del tránsito. Así, cuando en la entidad se lleve a cabo el Mapeo de Procesos y se identifiquen las actividades y/o tareas vinculadas a los diferentes niveles de procesos, se recurrirá a la Matriz de Mapeo de Puestos para asociar los ejecutores de actividades o tareas a los nombres contenidos en ésta. Por consiguiente, se debe evitar el desorden en la nomenclatura de los puestos, debido a que en las siguientes acciones del tránsito ello se evidenciaría, conllevando a una estandarización a destiempo y provocando la pérdida de trazabilidad de los puestos que existen en la entidad.

Sin embargo, existen casos para los cuales el agrupamiento de puestos con funciones similares en una misma fila de registro no aplicaría: · Los casos en los que uno, o más, de los puestos identificados (para estandarizar nombre) se encuentra bajo un régimen laboral/modalidad contractual diferente al del resto que forma parte del conjunto. Este caso tiene que ser registrado de manera independiente en una fila diferente. · Los casos en los que uno, o más, de los puestos identificados (para estandarizar nombre) no cuenta con ocupantes. Este caso tiene que ser registrado de manera independiente en una fila diferente.

· Los casos en los que uno, o más, de los puestos identificados (para estandarizar nombre) implica una remuneración distinta a la del resto que forma parte del conjunto. Este caso tiene que ser registrado de manera independiente en una fila diferente. En los casos listados no se podrá hacer el registro en una sola fila, no obstante, se deberá mantener el mismo nombre de puestos (nombre estandarizado) en las diferentes filas en las que se haga el registro de datos para los diferentes campos de la matriz. (...)". 1261286-1 organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Interno de PROMPERÚ, se ha contemplado la realización del evento "Door to Door Ecuador", a llevarse a cabo en las ciudades de Cuenca, Loja y Machala, República de Ecuador, del 13 al 17 de julio de 2015, con el objetivo de proporcionar de modo directo información especializada y actualizada de los destinos turísticos que el Perú ofrece, a fin de impulsar la comercialización de nuestro destino y al mismo tiempo obtener información acerca de la competencia en el mercado latinoamericano, lo que permitirá diseñar acciones para la promoción turística del Perú en el mercado ecuatoriano; Que, dicho evento por sus características constituye una herramienta de promoción a nivel personalizado, con potenciales resultados, que a la vez crea la oportunidad para obtener información de los profesionales del turismo sobre sus estrategias y perspectivas de comercialización, fuerza de ventas,

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viajes de representantes de PROMPERÚ a Ecuador y Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 151-2015-PROMPERÚ/SG Lima, 7 de julio de 2015 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un

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