Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2015 (22/07/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Miércoles 22 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

557855

ESTADO, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Regístrese y publíquese. CARLOS REATEGUI SANCHEZ Subdirección de Desarrollo Inmobiliario 1265389-19

y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0682-2015/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 23 de junio de 2015 (fojas 21 - 23); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 99 083,88 m², ubicado en el Jirón Mártir Olaya sin número, al Sur de la Comunidad Campesina de Cucuya, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima; según plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1265389-1 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 525-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 30 de junio del 2015 Visto el Expediente Nº456-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 68 411,31m², ubicado en el Jirón Mártir Olaya sin número, al Sur de la Comunidad Campesina de Cucuya, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el predio de 68 411,31 m², ubicado en el Jirón Mártir Olaya sin número, al Sur de la Comunidad Campesina de Cucuya, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, con Oficio Nº 2035-2015-SUNARP-Z.R.NºIX/GPI de fecha 16 de junio de 2015, la Zona Registral Nº IX - Sede Lima remitió el Informe Técnico Nº12364-2015-SUNARPZ.R.NºIX-OC de fecha 10 de junio de 2015 (fojas 08-10), mediante el cual señaló que el polígono en consulta se ubica en zona donde no se cuenta con información gráfica de planos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 26 de mayo de 2015, se verificó (fojas 20)que se trata de un terreno de naturaleza eriaza, forma irregular y topografía ligeramente inclinada, conformado por zonas onduladas de textura arenosa; asimismo, se constató que se encuentra cercado por el lado que colinda con el Jirón Mártir Olaya; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de predios ubicados en el departamento de Lima
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 480-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 24 de junio del 2015 Visto el Expediente Nº455-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 99 083,88 m², ubicado en el Jirón Mártir Olaya sin número, al Sur de la Comunidad Campesina de Cucuya, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el predio de 99 083,88 m², ubicado en el Jirón Mártir Olaya sin número, al Sur de la Comunidad Campesina de Cucuya, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, con Oficio Nº 2036-2015-SUNARP-Z.R.NºIX/GPI de fecha 16 de junio de 2015, la Zona Registral NºIX-Sede Lima remitió el Informe Técnico Nº12363-2015-SUNARPZ.R.NºIX-OC de fecha 10 de junio de 2015 (fojas 08-10), mediante el cual señaló que el polígono en consulta se ubica en zona donde no se cuenta con información gráfica de planos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 26 de mayo de 2015, se verificó (fojas 20) que se trata de un terreno de naturaleza eriaza, forma irregular y topografía ligeramente inclinada, conformado por zonas onduladas de textura arenosa; asimismo, se constató que por el extremo sureste que colinda con el jirón Mártir Olaya se encuentra cercado por un muro de ladrillo de 2.5 metros de altura, el cual continúa por el extremo Este que colinda con la Comunidad Campesina de Cucuya; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del predio de 99 083,88 m², de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.