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558397 NORMAS LEGALES Viernes 31 de julio de 2015 El Peruano / DECRETA: Artículo Primero.- Disponer la Convocatoria a Elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Santiago de Surco período 2016-2017, conforme el siguiente Cronograma Electoral: CRONOGRAMA – ETAPAS FECHA PREPARACIÓN Taller de Capacitación a las Organizaciones de la Sociedad Civil de Santiago de Surco Setiembre 2015 DIFUSIÓN Y CONVOCATORIA Procedimiento administrativo de inscripción Presentación del petitorio de trámite Lunes 07 a miércoles 30 de setiembre de 2015 Resolución Gerencial de Inscripción Jueves 01 a viernes 09 de octubre de 2015 Presentación de recurso administrativo en caso de denegatoria de inscripción (reconsi- deración) Lunes 12 y martes 13 de octubre de 2015 Resolución Gerencial que resuelve en primera instancia el recurso administrativo Miércoles 14 y jueves 15 de octubre de 2015 Presentación de recurso de administrativo en caso de desestimarse la reconsideración (apelación) Lunes 19 y martes 20 de octubre de 2015 Resolución Gerencial que resuelve en última instancia Miércoles 21 a martes 27 de octubre de 2015 Publicación del Listado Provisional de Delega- dos (agencias municipales, portal web, ofi ci- nas administrativas) Jueves 29 y viernes 30 de octubre Presentación de Tachas Lunes 02 a miércoles 04 de noviembre de 2015 Resolución de Tachas por el Comité Electoral Jueves 05 a miércoles 11 de noviembre de 2015 Publicación de Padrón Electoral en la sede de Palacio Municipal, Loma Amarilla, Ofi cinas Administrativas, Locales Municipales CAS, y Portal Web. Jueves 12 y viernes 13 de noviembre de 2015 Taller informativo a los delegados inscritos Martes 17 de noviembre de 2015 ELECCIÓN Acto Electoral – Salón de Actos Palacio Municipal A cargo del Comité Electoral y bajo la Super- visión de la ONPE y el JNE Jueves 19 de noviembre de 2015 17:00 hrs. – Primera llamada 17:15 hrs. – Ultima llamada Remisión del Acta Electoral a cargo del Comi- té Electoral copia al JNE y ONPE Emisión de Resolución de Alcaldía conforman- do el CCLD Martes 24 de noviembre de 2015 Juramentación y entrega de credenciales a los miembros electos de la Sociedad Civil Noviembre 2015 Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente a la Subgerencia de Gestión Documental, Gerencia de Participación Vecinal, Gerencia Municipal, Gerencia de Tecnologías de la Información y Comité Electoral, respectivamente. Artículo Tercero.- Disponer que la Ofi cina de Secretaría General efectúe la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro de mayor circulación, asimismo deberá publicarse en el Portal Web de la Municipalidad de Santiago de Surco. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 1268492-2 Prorrogan medida de suspensión establecida en el D.A. N° 02-2013-MSS DECRETO DE ALCALDÍA N° 15-2015-MSS Santiago de Surco, 24 de julio de 2015 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 121-2015-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N°176-2015- SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 896-2015-SGLH-GDU- MSS de la Subgerencia de Licencias y Habilitación, el Informe Nº 694-2015-GAJ–MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone la prórroga de la vigencia del Decreto de Alcaldía N° 15- 2013-MSS, prorrogado por el Decreto de Alcaldía N° 25- 2013-MSS, y por el Decreto de Alcaldía N° 34-2014-MSS; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 79° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es función municipal en materia de organización del espacio físico y usos del suelo; normar y otorgar licencias de construcción, licencias municipales de funcionamiento, así como otras autorizaciones municipales; Que, el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo Municipal”; Que, mediante el Decreto de Alcaldía N° 15- 2013-MSS, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, el 21.09.2013, se incorporó la Primera Disposición Complementaria Transitoria al Decreto de Alcaldía N° 02- 2013-MSS del 03.02.2013, que modifi có el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios correspondientes a la Urbanización Valle Hermoso, estableciéndose la suspensión hasta el 31.12.2013, la vigencia de los Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios emitidos con la normativa del Decreto de Alcaldía N° 020-2011-MSS del 27.08.2011; y con Decreto de Alcaldía N° 25-2013- MSS del 28.12.2013, se prorrogó hasta el 31.12.2014 la vigencia de lo dispuesto; y se prorrogo nuevamente con Decreto de Alcaldía N° 34-2014-MSS del 31.12.2014 hasta el 31.07.2015; Que, con Informe N° 121-2015-GDU-MSS, del 24.07.2015, la Gerencia de Desarrollo Urbano propone se apruebe vía Decreto de Alcaldía la prórroga de los alcances del Decreto de Alcaldía N° 15-2013-MSS, hasta el 31.12.2015, sustentando su propuesta con el Informe N° 176-2015-SGPUC-GDU-MSS, del 24.07.2015, de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, y el Informe N° 896-2015-SGLH-GDU-MSS del 24.07.2015, de la Subgerencia de Licencias y Habilitación, indicando que la misma es viable hasta que se concluyan los estudios para regular y reorientar el proceso de urbanización y densifi cación en el sector de la urbanización Valle Hermoso, así como los Parámetros Específi cos que se incluirán en el Plan Urbano Distrital 2022; asimismo, se indica que el mismo es viable a fi n de orientar los procesos de densifi cación urbana y buscar una mejor ocupación del suelo que permitan redefi nir la vocación del distrito y lograr consolidar la alta calidad residencial de baja densidad existente; Que, con Informe N° 694-2015-GAJ-MSS del 24.07.2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera procedente la propuesta de prórroga de la medida de suspensión establecida en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Alcaldía N° 02-2013-MSS, que modificó el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios correspondientes al Sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana aprobado por Decreto de Alcaldía N°010-2011-MSS;