Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2015 (31/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Viernes 31 de julio de 2015 /

El Peruano

las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos; Que, el artículo 53º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumento de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación; Que, mediante Ordenanza Nº 259-MDPP, publicada en el Diario Oficial el Peruano en fecha 23 de Junio de 2015 se aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Puente Piedra para el Año Fiscal 2016; en la citada norma se establece las fases para el desarrollo del proceso del presupuesto participativo, precisándose en cada una de ellas las actividades a realizar; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 008-2015DA/MDPP publicado en el Diario Oficial el Peruano en fecha 10 de Julio de 2015 se aprobó la Metodología y el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo 2016; Que, el segundo párrafo del artículo 28 de la referida Ordenanza, el Equipo Técnico presentará a los agentes participativos una matriz de priorización ajustada a las necesidades y realidad del distrito para que sea validada y aplicada en la calificación de los proyectos y las propuestas; Que, mediante el Informe Nº 099-2015-GPP/MDPP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa que el equipo técnico del presupuesto participativo y conforme se ha establecido en las normas se ha realizado los talleres para la concertación de los criterios y lineamientos para la priorización y evaluación de los proyectos para el proceso de presupuesto participativo 2016 los mismos que se realizaron en las 08 zonas, por lo que solicita la aprobación de los Lineamientos y Criterios de Priorización y Evaluación de los Proyectos para el Presupuesto Participativo 2016; Que, mediante Informe Legal Nº 235-2015-GAJ/ MDPP, la Gerencia de Asesoría Jurídica, es de opinión que mediante Decreto de Alcaldía se aprueben los Lineamientos y Criterios de Priorización y Evaluación de los Proyectos para el Presupuesto Participativo 2016, en los términos contenidos en el anexo I del informe Nº 0992015-GPP/MDPP; Que, el segundo artículo de la Ordenanza Nº 259MDPP, se aprobó facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias a la presente Ordenanza. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Señor Alcalde en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y la Ordenanza Nº 259-MDPP; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar los Lineamientos y Criterios de Priorización y Evaluación de los Proyectos para el Presupuesto Participativo 2016, elaborado por los miembros del Equipo Técnico del Proceso de Presupuesto Participativo 2016 del distrito de Puente Piedra. LINEAMIENTOS Y CRITERIOS PARA LA PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2016 I. FINALIDAD: El presente documento tiene por finalidad establecer los lineamientos y criterios a tener en cuenta para la priorización de los Proyectos del Presupuesto Participativo del año fiscal 2016. II. ALCANCE: El presente documento es de aplicación obligatoria en el Proceso de Priorización de Proyectos del Presupuesto Participativo del año fiscal 2016, los mismos que deben ser considerados por el equipo técnico de la Municipalidad

Distrital de Puente Piedra y los agentes participantes del proceso participativo. III. BASE LEGAL: 3.1 Ordenanza Nº 259-MDPP "Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Puente Piedra para el Año 2016". 3.2 Decreto de Alcaldía Nº 008-2015-DA/MDPP "Que aprueban Metodología y Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo". IV. OBJETIVO: Establecer los lineamientos y criterios para la priorización de los proyectos presentados en el Presupuesto Participativo del año fiscal 2016. V. LINEAS DE PRIORIZACIÓN: Los lineamientos establecidos para la priorización de proyectos son las líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Concertado Distrital, siendo la siguiente: VISIÓN DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA (PDC) Puente Piedra, es un distrito productivo, ecoturístico y comercial, con una comunidad organizada y educada y que ha logrado consolidar su identidad en base a una cultura participativa y de valores, consciente de sus deberes y derechos, logrando así una gestión concertada del desarrollo sustentable y sostenible, con igualdad de oportunidades para todos y todas. Asimismo, ha logrado construir un distrito integrado, generando un crecimiento urbano racional y equilibrado y con una infraestructura tecnificada en los servicios de educación y salud. EJES ESTRATÉGICOS DE DESARROLLO DE PUENTE PIEDRA 1.- Desarrollo Económico: Distrito Productivo, Comercial y Ecoturistico. 2.- Eje de Desarrollo Local: Comunidad Segura, con Identidad Local y Valores Objetivos. 3.- Desarrollo en el Fortalecimiento Institucional: Gestión Concertada del Desarrollo Local con Igualdad de Oportunidades para Todos. 4.- Eje de Desarrollo Territorial: Distrito con Territorio Ordenado e Integrado, que conserva su Medio Ambiente. 5.- Educación y Salud: Distrito con adecuados Servicios de Salud, Educación y Recreación. VI. CRITERIOS DE PRIORIZACIÒN: Los Proyectos deberán ser presentados y sustentados por agentes participantes y adjuntar como mínimo un acta de respaldo para la presentación del proyecto, el mismo que debe ser el acta de asamblea realizada en la organización proponente del proyecto, el acta debe estar debidamente suscrita conforme al estatuto de cada organización de ser el caso, caso contrario serán derivados al Banco de Proyectos. Los criterios de priorización son los siguientes: 6.1 CRITERIO DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO: Destinado a verificar si el proyecto guarda consistencia con los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado y los lineamientos y criterios de priorización establecidos en el numeral anterior: VARIABLE Guarda Consistencia con cinco lineamientos Guarda Consistencia con cuatro lineamientos Guarda Consistencia con tres lineamientos Guarda Consistencia con dos lineamientos Guarda Consistencia con un lineamiento PUNTAJE 10 08 06 04 02

* Los Proyectos que no se enmarcan en los lineamientos van al Banco de Proyectos.

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