Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2015 (31/07/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

558389 NORMAS LEGALES Viernes 31 de julio de 2015 El Peruano / Sanciones, aprobado por Ordenanza N°188-MDEA y sus modifi catorias. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Ambiental; Unidad de Gestión Ambiental; y Subgerencia de Fiscalización Administrativa; el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Tercero.- Apruébese los formatos siguientes: - Anexo 1: Formato declaración jurada reporte mensual sobre el programa de formalización de recicladores y recolección selectiva. - Anexo 2: Ficha registral de datos básicos de recicladores. Cuarta.- Encargar a la Secretaria General y a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del texto de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo la publicación en el portal institucional (www.mdea.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1268280-1 Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de El Agustino - PMRS ORDENANZA Nº 585-MDEA El Agustino, 27 de julio de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTOS: El informe Nº 0148-2015-GEMU-MDEA de la Gerencia Municipal, el informe Nº 147-2015-GAJ/MDEA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el informe Nº 175- 2015/GPLAN-MDEA de la Gerencia de Planifi cación, el informe Nº 117-2015-GDAM/MDEA de la Gerencia de Desarrollo Ambiental y el informe Nº 073-2015-UGA- GDAM/MDEA de la Unidad de Gestión Ambiental, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, establece en su Artículo 194 que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los numerales 3.1) y 3.2) del Artículo 80 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala como funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer el servicio de limpieza pública, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales; Que, mediante Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos y su modifi catoria al Decreto Legislativo Nº 1065, el mismo que en su Artículo 10 preceptúa que las municipalidades provinciales y distritales son responsables de la gestión de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos, en todo el ámbito de su jurisdicción, asegurando una adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición fi nal de los mismos; Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante D.S.Nº 057-2004-PCM, precisa en el Artículo 23 que las municipalidades distritales formulan sus planes sobre el manejo de residuos sólidos, con participación de la ciudadanía, en coordinación con el Gobierno Regional, autoridades de salud ambiental y demás autoridades competentes previstas en la Ley. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 371- 2015/MDEA se conformó el equipo técnico para la elaboración y/o actualización del Plan de manejo de residuos sólidos (PMRS) para el distrito de El Agustino, la cual está integrada por la Gerencia de Desarrollo Ambiental y la Gerencia de Planifi cación las cuales en coordinación formulan las estrategias y acciones que se consideraran desde la generación hasta su disposición fi nal, asegurando una efi ciente y efi caz prestación de los servicios y actividades, Que, mediante informe Nº 117-2015-GDAM/MDEA, formula y presenta la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de El Agustino. Que, la Municipalidad de Distrital de El Agustino y su equipo técnico, han elaborado la actualización del Plan de manejo de residuos sólidos del distrito de El Agustino, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición fi nal, asegurando una efi ciente y efi caz prestación de los servicios y actividades. Estando a lo expuesto; y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del Artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO Artículo 1º.- APROBAR el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de El Agustino - PMRS, que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo 3º.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de El Agustino, para el mejor cumplimiento del mismo. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Ambiental la implementación y ejecución del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de El Agustino, en coordinación con las demás unidades orgánicas de la municipalidad. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del texto de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo la publicación de la presente Ordenanza y del Plan de manejo de residuos sólidos del distrito de El Agustino – PMRS, en el portal institucional (www.mdea.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1268281-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 287 que establece facilidades e incentivos tributarios a favor de contribuyentes del distrito, sobre deudas generadas por fiscalización tributaria y/o actualización catastral DECRETO DE ALCALDÍA N° 013-2015 La Molina, 24 de julio de 2015